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    INFORMATIVA MENSUAL DE IVA PARA REPECOS

    02 Feb 2007 18:21 #4354 por nadia
    Saludos Rufino, que gusto leerte por aca, si bien es cierto lo que comentas no distingue, pero recordemos como ya lo puntualizo Hugo que el tratamiento en iva e isr es totalmente diferente. Los repecos estan a cuota fija no acreditan ni desglosan IVA, por tal motivo la informativa no aplica.

    Es preferible transitar en la vida con una pequeña luz de positivismo, que vivir siempre en la obscuridad.

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    02 Feb 2007 18:31 #4361 por CPHugoocejo
    rufino, un gusto leerte por estos lares, te comento esto...


    si los repecos desglosaran iva y llevarias sus comprobantes estariamos ante otra figura, no propiamente repecos, entonces como sacarias la base?



    saludos

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    02 Feb 2007 18:37 #4363 por sosgtorreon

    Saludos Rufino, que gusto leerte por aca, si bien es cierto lo que comentas no distingue, pero recordemos como ya lo puntualizo Hugo que el tratamiento en iva e isr es totalmente diferente. Los repecos estan a cuota fija no acreditan ni desglosan IVA, por tal motivo la informativa no aplica.


    La duda nace en mucho de que esa cuota fija tambienlleva IVA, y eso nos coloca en el supuesto de que "esta pagando IVA", y por tanto cae en lo contemplado por la oracion inicial del 32 de LIVA, que dice; Los obligados al pago de este impuesto ...

    En fin, en mi opinion la actual redaccion es confusa, difusa y esdrujula, por lo que se prevee el SAT lo precise.

    Saludos.



    sos al sos .

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    03 Feb 2007 16:36 #4416 por RESPLANDOR
    SALUDOS DIANITA, HUGO Y SOS..


    EN MI OPINION SIGO EN LO MISMO EXISTEN LAGUNAS SOBRE ESE ARTICULO DE LA LIVA.

    Artículo 32.- Los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de esta Ley. . .

    EN LA REDACION DE ESTE ARTICULO CITADO BIEN DICE "LOS OBLIGADOS", Y ACASO EL REPECO NO ESTA OBLIGADO A PAGAR IVA??, EL QUE SEA POR CUOTA FIJA ES COSA DIFERENTE PERO DE Q ESTAN OBLIGADOS LO ESTAN EN MI APRECICION...

    SALUDOS Y ESPEREMOS QUE MAS FORISTAS DEN SU OPINION AL RESPECTO.

    EN LA VIDA SOLO TIENES DOS DECISIONES... TU DECIDES !!!

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    03 Feb 2007 17:13 #4419 por a_cano
    Buen día mi estimado Rufino:

    Efectivamente la autoridad deberá publicar en los proximos dias decreto, donde exima a estos contribuyentes del cumplimiento de dicha obligación entre otras, en los términos del decreto publicado el 8 de diciembre de 2005, donde quedaron los contribuyentes (REPECOS) que realicen el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado mediante la cuota fija integrada, relevados durante 2005 y 2006 de las obligaciones de:

    Hacer cálculos.
    Comprar y llenar formas fiscales.
    Acudir cada bimestre a las oficinas del SAT para saber lo que debe pagar.
    Registrar sus ventas diarias.
    Registrar las ventas con IVA y las que no causan IVA.
    Presentar la declaración informativa de los ingresos obtenidos en el año anterior.
    Entregar a sus clientes notas por ventas o servicios de 100 pesos o menos.

    Saludos

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    05 Feb 2007 20:10 #4451 por eduardocruzmarquez
    Amigo Rufino ..en mi apreciacion, considero que esa opbligacion no les aplica a los REPECOS en terminos de lo siguiente::


    De entrada tienes razon en el aspecto de el art 1 de que estan obligados por ser personas fisicas y realizar actos o actividades de enajenacion de bienes de prestacion de servicios etc.
    SIN EMBARGO de la interpretaciòn que YO realizo al Art. 2C LIVA donde dice-...........las personas fisicas....pagaran el impuesto al valor agregado en los terminos generales(ESTO ES EL TRATAMIENTO NORMAL DE ACREDITAMIENTO DE IVA ACREDITABLE Y DEMAS COMO CONTABILIDAD ETC....)AHORA DICE MAS ADELANTE..salvo que opten por hacerlo mediante estimativa del impuesto al valor agregado mensual que practiquen las autoridades fiscales.

    Esto por que la estimativa se hace tanto de los ingresos que generan el valor de actos o actividades. Asi como la estimativa del impuesto acreditable

    Al decir salvo.....exceptua de entrada el determinar el iva con el procedimiento normal (acreditamiento de IVA) y como consecuencia no tener la obligacion de llevar contabilidad ...Art 2-C sexto parrafo.

    como conclusion NO TIENEN LA OBLIGACION DE PROPORCIONAR MENSUALMENTE A LAS AUTORIDADES FISCALES, LA INFORMACION CORRESPONDIENTE AL PAGO,RETENCION,ACREDITAMIENTO Y TRASLADO DEL IVA EN LAS OPERACIONES CON SUS PROVEEDORES,.......

    Porque?? porque en primera los exceptuan en el art 2C ,NO realizan acreditamiento del art 4 y 5 de LIVA. y obviamente NO TIENEN ESA OBLIGACION,

    la palabra salvo.quiere decir Excepto o fuera de.


    La ley volvió a ser reformada para 2006, y ahora, los Repecos pueden optar por el régimen general o el diseñado para ellos, la tasa es de 15 por ciento para todos de entrada , salvo que opten por hacerlo mediante estimativa .La razon de esto era que la SCJN declaro la Inconstitucionalidad en tesis asiladas num.IX/2005 y X/2005 en las que determino el alcance del principio de proporcionalidad tributaria en relacion con los impuestos undirectos considerando que el art 2-C vigente en 2004 y 2005 trasgredia el principio de proporcionalidad


    En el art quinto transitorio para 2006 dice para los efectos del articulo 2-C se entendera que los contribuyentes ejercen la opcion a que se refiere dicho articulo cuando continuen pagando el impuesto mediante estimativa que practiquen las autoridades fiscales.

    espero tus comentarios y concluimos...saludos colega,asi como a todos ...........

    Saludos Afectuosos
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