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    carta de invitacion del sat

    19 Oct 2012 10:09 #84847 por fiscalista 1
    Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: carta de invitacion del sat

    fiscalista 1 escribió: Hola pepeman:

    1.- Qué actividad tiene el contribuyente.
    2.- Si la H. Autoridad está presumiento ingresos , en este caso no todo es acumulable por favor checa uno artículos del C.F.F. que ya cité anteriormente.

    .

    Por otro lado si no se han presentado las declaraciones obvio procede la acción de la autoridad , lo que se debe hacer es que se pague lo procedente.

    Pero tratar de defender para que no pague pues no PROCEDE.



    Saludos

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    19 Oct 2012 10:43 - 19 Oct 2012 11:03 #84848 por kmorales
    Respuesta de kmorales sobre el tema Re: carta de invitacion del sat

    ARTICULO 109. NO SE PAGARA EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR LA OBTENCION DE LOS SIGUIENTES INGRESOS:
    ...................

    XV. LOS DERIVADOS DE LA ENAJENACION DE:
    ARTICULO 105. LAS SOCIEDADES DE INVERSION EN INSTRUMENTOS DE DEUDA ........

    Inciso B )- BIENES MUEBLES, DISTINTOS DE LAS ACCIONES, DE LAS PARTES SOCIALES, DE LOS TITULOS VALOR Y DE LAS INVERSIONES DEL CONTRIBUYENTE, CUANDO EN UN AÑO DE CALENDARIO LA DIFERENCIA ENTRE EL TOTAL DE LAS ENAJENACIONES Y EL COSTO COMPROBADO DE LA ADQUISICION DE LOS BIENES ENAJENADOS, NO EXCEDA DE TRES VECES EL SALARIO MINIMO GENERAL DEL AREA GEOGRAFICA DEL CONTRIBUYENTE ELEVADO AL AÑO. POR LA UTILIDAD QUE EXCEDA SE PAGARA EL IMPUESTO EN LOS TERMINOS DE ESTE TITULO.


    si mi lectura es correcta y espero que con mi deduccion no ofenda ni moleste a algunos de aqui en el foro, creo que NO pagara ni ISR porque esta en el supuesto de la fraccion XV, inciso B) de este articulo, ya que la diferencia no excede de lo marcado en este punto.... y ahi no se si cuando conteste la carta invitacion, les anexe comprobante de la factura original para que vean lo que costo y pues desde luego tendran que creer que solo se vendio en 115,000 porque pues no hay registro de la venta en papel....

    por supuesto tambien que de acuerdo al articulo que me muestran del IETU por actos accidentales, tampoco pagara IETU....

    saludos y gracias por sus comentarios, y desde luego si tuvieran alguno mas como sugerencia para contestar el oficio de invitacion de si debo anexar comprobante o no debo anexarlo y solo mencionar que de acuerdo a esos articulos no estoy en el supuesto de declarar o pagar esos ingresos . ????

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    23 Oct 2012 22:32 #84963 por toki-toki
    Respuesta de toki-toki sobre el tema Re: carta de invitacion del sat
    Mas que una respuesta sigo con el mismo topico, resulta que el SAT, no solo esta invitando por los depositos bancarios sino que tambien esta efectuando cartas invitacion para que te regularizes tu ejercicio del año 2010.
    Comienza, se a efectuado una revision de su declaracion del 2010, donde hemos detectado que sus ingresos comparados con sus egresos exite una discrepancia, solicitamos nos haga llegar copia de sus pagos provisionales, definitivos, normales, complementarios etc, etc, que al no efectuarlo esta dependencia en base a sus facultades de comprobacion fiscal actuara.

    mas o menos pero es la realidad.

    gracias foristas mis respetos. ;)

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    23 Oct 2012 23:29 #84964 por lic gomez
    Respuesta de lic gomez sobre el tema Re: carta de invitacion del sat
    Buenas noches, con las famosas cartas invitacion y cualquier acto de autoridad, todo es defendible, desde la notificacion misma, la determinacion del credito fiscal, la fundamentacion, la motivacion, etc, por todas las vias posibles, desde el recurso de revocacion, el juicio contencioso, el juicio de amparo y sus recursos. Hay muchas instancias para obtener una resolucion favorable sea contra el SAT, contra el IMSS, el INFONAVIT, aduanas, impuestos estatales, impuestos municipales, etc.

    Somos contadores y abogados, nos encontramos en Guadalajara, saludos a todos

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    24 Oct 2012 08:36 #84968 por LOBOZAC
    Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re: carta de invitacion del sat
    Buenas noches, con las famosas cartas invitacion y cualquier acto de autoridad, todo es defendible, desde la notificacion misma, la determinacion del credito fiscal, la fundamentacion, la motivacion, etc, por todas las vias posibles, desde el recurso de revocacion, el juicio contencioso, el juicio de amparo y sus recursos. Hay muchas instancias para obtener una resolucion favorable sea contra el SAT, contra el IMSS, el INFONAVIT, aduanas, impuestos estatales, impuestos municipales, etc.

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    Buen dia, oye Licenciado, pero yo como contribuyente, necesito que me defiendas.....PERO TAMBIEN QUE GANES

    Normalmente eso es lo que se desea, y aqui percibo que solo me dices que es "defendible, .............PERO NO GANABLE", ...........ENTONCES ?............COMO QUEDO LA COSA ?

    Saludos

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    24 Oct 2012 09:43 #84969 por lic gomez
    Respuesta de lic gomez sobre el tema Re: carta de invitacion del sat
    No, para nada, al decir defendible en el medio juridico, significa que se hara lo imposible por ganar, la mentalidad siempre es positiva en ganar, nadie quiere perder. Pero estamos ciertos que la autoridad cada vez se prepara mas, hace algunos años perdia todos los asuntos, hoy gana muchos, por ello tenemos que ir siempre adelante un paso mas, recordemos IETU, al inicio de la ley, miles de amparos del contribuyente, y palo a todos.
    Entonces si una ley fiscal nos perjudica, amparemonos contra sus efectos y aplicacion desde su inicio.

    Saludos.

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