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    carta de invitacion del sat

    18 Oct 2012 11:23 - 18 Oct 2012 12:12 #84795 por fiscalista 1
    Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: carta de invitacion del sat
    MMMM omisión de ingresos , Arts. 55 utilidad fiscal presunta(no todo el ingreso es acumulable, supuestos),56,59 C.F.F.


    Para las invitaciones no proceden defensas, pero al no contestar viene o puede derivarse las facultades de la autoridad.

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    18 Oct 2012 21:10 #84827 por pepemad
    Respuesta de pepemad sobre el tema Re: carta de invitacion del sat
    Buenas noches compañeros acaba de mandarme un nuevo cliente una liquidacion realizada por el SAT ya que empezo por la retencion del IDE y como no habia presentado todavia la declaracion 2009 ya le entregaron la liquidacion de ISR y es un mundo lo que le estan pidiendo a pgar aparte los depositos no todos se realizaron en efectivo, tambien podemos defendernos contra esta liquidacion o solo contra las cartas invitacion? gracias

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    19 Oct 2012 09:15 #84835 por kmorales
    Respuesta de kmorales sobre el tema Re: carta de invitacion del sat
    Bueno, que pasa cuando un repeco ha declarado correctamente sus ingresos provenientes de la actividad registrada, pero en ese mismo ejercicio, vendio un vehiculo por $ 115,000. pesos ( claro era usado ) y este contribuyente fue y deposito ToDo ( tonto ) el dinero en efectivo que le pagaron . desde luego el SAT le manda ahora carta invitacion a que le diga de donde vinieron ese deposito, ya que para el no lo tiene en su sistema y le pide que presente su declaracion anual complementaria.. (porque para esto en ese ejercicio 2010 el tenia la actividad de arrendamiento por 7 meses pero nunca cobro nada por lo que presento su declaracion en ceros )
    mi pregunta es, claro si voy a responder la carta invitacion, les voy a decir que son ingresos por una venta de vehiculo... pero mi duda es, tendra el contribuyente que pagar ISR IETU ,por esa venta....?

    saludos y gracias por su ayuda en esto

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    19 Oct 2012 09:49 #84841 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: carta de invitacion del sat
    Kmorales, se sugiere revisar el 109 de LISR para definir exención por la venta descrita, en IETU el ingreso no es afecto, ya que el bien en cuestión no se dedujo para dicha materia.

    Pepemad, defenderse como defenderse se puede defender contra cualquier acto de autoridad, ganar o no el juicio o recurso va a depender de diversas variables, lo recomendable en tu caso es acudir con un especialista en defensa fiscal, con todo el expediente del caso, desde la notificación del oficio de revisión hasta la liquidación misma. Los abogados por lo regular contemplan en sus defensas agravios de forma y fondo, ellos insisten en que incluso hay agravios de forma que se convierten en fondo, pero yo como simple contador no tengo la capacidad para explicar, por ello la sugerencia de buscar un especialista, si se indica el lugar de residencia se puede recomendar uno.

    Saludos.



    sos al sos .
    El siguiente usuario dijo gracias: kmorales

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    19 Oct 2012 10:02 #84844 por fiscalista 1
    Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: carta de invitacion del sat
    LIETU:
    Artículo 4. No se pagará el impuesto empresarial a tasa única por los siguientes ingresos:

    I..........
    VII. Los percibidos por personas físicas cuando en forma accidental realicen alguna de las actividades a que se refiere el artículo 1 de esta Ley. Para estos efectos, se considera que las actividades se realizan en forma accidental cuando la persona física no perciba ingresos gravados en los términos de los Capítulos II o III del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Tratándose de la enajenación de bienes que realicen los contribuyentes que perciban ingresos gravados en los términos de los citados capítulos, se considera que la actividad se realiza en forma accidental cuando se trate de bienes que no hubieran sido deducidos para los efectos del impuesto empresarial a tasa única.
    El siguiente usuario dijo gracias: kmorales

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    19 Oct 2012 10:06 #84845 por fiscalista 1
    Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: carta de invitacion del sat
    Hola pepeman:

    1.- Qué actividad tiene el contribuyente.
    2.- Si la H. Autoridad está presumiento ingresos , en este caso no todo es acumulable por favor checa uno artículos del C.F.F. que ya cité anteriormente.
    El siguiente usuario dijo gracias: kmorales

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