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    Vales de gasolina, lavado de dinero.

    16 Ene 2014 21:18 #92559 por LOBOZAC
    Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Vales de gasolina, lavado de dinero.
    Pues leo y releo y vuelvo a leer, tooooda la normatividad y articulado mencionado, Y estimado a_cano, NO COINCIDO CON TU APRECIACION, bajo la óptica del análisis que plasmo, SI ENCUADRA EN LA OBLIGACIÓN, QUIEN DEBA PRESENTAR EL AVISO

    COMO NO TRATO DE CONVENCERTE, NI DE HACERTE CAMBIAR DE OPINIÓN, MUCHO MENOS DE "PELEARNOS", LE DEJO MI ANÁLISIS AL AUTOR DEL TÓPICO, CERRANDO COMO SIEMPRE, ... LA MEJOR DECISIÓN ES DE EL, Y SI COINCIDE CON LA MÍA, EXCELENTE SINO, NO HAY MAYOR PROBLEMA

    SALUDOS Y BUENA NOCHE

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    16 Ene 2014 23:20 #92560 por CPHugoocejo
    No coincido con lo que comentas mi estimado Cano...

    1-. Numeral 17 F-11 de ley antilavado...si bien no supera el monto en forma mensual, NO LO EXENTA, de acuerdo al penúltimo párrafo final del numeral citado.

    " No obstante, si una persona realiza actos u operaciones por una suma acumulada en un periodo de seis meses que supere los montos establecidos en cada supuesto para la formulación de Avisos, podrá ser considerada como operación sujeta a la obligación de presentar los mismos para los efectos de esta Ley"....

    2-. Artículo 7 Reglamento antilavado.- Los actos u operaciones que celebren quienes realicen las Actividades Vulnerables establecidas en el artículo 17 de la Ley con sus Clientes o Usuarios cuya suma acumulada, por tipo de acto u operación, en un periodo de seis meses alcance los montos para la presentación de Avisos a que se refiere el mencionado artículo estarán sujetas a la obligación de presentar Avisos, debiendo considerarse, para tales efectos, únicamente los actos u operaciones que se ubiquen en los supuestos de identificación establecidos en el artículo 17 de la Ley.

    Esto es:

    a) Realiza actos vulnerables.
    b) se establece en el 17 ley antilavado
    c) suma acumulada en un periodo de 6 meses
    d) actos que se ubiquen EN LOS SUPUESTOS DE IDENTIFICACIÓN, esto es sobre el MONTO DE IDENTIFICACIÓN HARÁS EL SEGUIMIENTO DE ACUMULACIÓN....


    3-. El numeral 19 del acuerdo del 23-08-13 penúltimo párrafo hace perfectamente la armonía para llevar el acumulado únicamente sobre ACTOS DE IDENTIFICACIÓN, esto es...aquí se basara ( SOBRE EL IMPORTE ) el acumulado a 6 meses.....



    CONCLUSIÓN:

    SE DEBE DE AVISAR.


    saludos

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    16 Ene 2014 23:39 #92561 por acuña
    Respuesta de acuña sobre el tema Vales de gasolina, lavado de dinero.
    Coincidimos LOBO Y HUGO por el monto acumulado se debe avisar, cerrando asi este tema y gracias a todos los que participaron con sus aportaciones que hacen que este foro sea de excelencia.


    Gracias

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    17 Ene 2014 09:48 - 17 Ene 2014 09:56 #92571 por a_cano
    Respuesta de a_cano sobre el tema Vales de gasolina, lavado de dinero.
    Buen día:

    Me permito transcribir texto extraído de los recursos (Actividades Vulnerables) disponibles en el Portal de Prevención de Lavado de Dinero, para que las empresas y las personas físicas cumplan con las obligaciones de prevención establecidas en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita:

    Actividad Vulnerable:
    Tarjetas prepagadas, vales o cupones



    3.- A partir del 31 de octubre de 2013, presentar Avisos a más tardar el día 17 del mes siguiente en el que se realizó el acto u operación a la Unidad de Inteligencia Financiera, por conducto del SAT, cuando se comercialicen por una cantidad igual o superior al equivalente a seiscientas cuarenta y cinco veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, ($41,770 m.n.), en caso de no llevar ningún acto u operación que sea objeto de Aviso durante el mes que corresponda, deberá de remitir un informe señalando que en el periodo correspondiente no se realizaron actos u operaciones objeto de Aviso.

    Portal de Prevención de Lavado de Dinero
    sppld.sat.gob.mx/pld/index.html

    Saludos

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    17 Ene 2014 10:39 #92574 por CPHugoocejo
    Efectivamente acuña, es correcto.

    saludos

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    17 Ene 2014 10:50 #92575 por LOBOZAC
    Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Vales de gasolina, lavado de dinero.
    Coincidimos LOBO Y HUGO por el monto acumulado se debe avisar , cerrando asi este tema y gracias a todos los que participaron con sus aportaciones que hacen que este foro sea de excelencia.

    ASI ES, MONTO ACUMULADO EN SEIS MESES, ... ZAS , AVISO ... Y SOLO NO PIERDS DE VISTA ESTE MANDATO DE LEY, ... " No obstante, si una persona realiza actos u operaciones por una suma acumulada en un periodo de seis meses que supere los montos establecidos en cada supuesto para la formulación de Avisos, podrá ser considerada como operación sujeta a la obligación de presentar los mismos para los efectos de esta Ley"....

    PARA TERMINAR, NO OBSTANTE QUE MES A MES NO SUPERES, PERO, SI EN SEIS MESES (ACUMULAS) Y SUPERAS EL MONTO EN CADA SUPUESTO DE CADA FRACCION DEL 17 DE LA LEY ... AVISO, NO HAY DE OTRA

    GRACIAS PÓR COINCIDIR

    SALUDOS

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