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    Pensionados en RIF? se podrá?

    10 Feb 2014 16:54 #93631 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Pensionados en RIF? se podrá?
    No olvidar el 33 CFF en su F-III penúltimo párrafo......


    'Asimismo, las autoridades fiscales darán a conocer a los contribuyentes, a través de los medios de difusión
    que se señalen en reglas de carácter general, los criterios de carácter interno que emitan para el debido cumplimiento de las disposiciones fiscales, salvo aquéllos que, a juicio de la propia autoridad, tengan el carácter de confidenciales, sin que por ello nazcan obligaciones para los particulares y únicamente derivarán derechos de los mismos cuando se publiquen en el Diario Oficial de la Federación'

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    10 Feb 2014 18:59 #93635 por G-Ornelas
    Respuesta de G-Ornelas sobre el tema Pensionados en RIF? se podrá?
    Buenas tardes...

    Concuerdo contigo estimado hugo, y como lo platique con un queridisimo amigo y colega , esto es presión de cierto sector y ademas un capricho...

    Saludos

    El guerrero más poderoso es aquel que logra vencerse a sí mismo...

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    10 Feb 2014 19:01 #93636 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Pensionados en RIF? se podrá?
    Totalmente de acuerdo mi estimado Gerardo.

    saludos

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    13 Mar 2014 11:33 #94305 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Pensionados en RIF? se podrá?
    Pues ya esta oficialmente publicado... ¿Ahora si?

    Saludos.



    sos al sos .

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    13 Mar 2014 12:07 #94307 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Pensionados en RIF? se podrá?
    La autoridad ya aclaro lo que anteriormente no se podía.... :laugh: correlacionado con CFF, como dice mi compadre , ya se vislumbra las cloacas.



    Opción para pagar el ISR en términos del Régimen de Incorporación Fiscal

    I.2.5.21. Para los efectos del artículo 111 de la Ley del ISR, los contribuyentes personas físicas que realicen actividades empresariales, que enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional y que además obtengan ingresos por sueldos o salarios, asimilados a salarios o ingresos por intereses, podrán optar por pagar el ISR en los términos del Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del ISR, por las actividades propias de su actividad empresarial sujeto a las excepciones previstas en el artículo 111, cuarto párrafo de la Ley del ISR, siempre que el total de los ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior por los conceptos mencionados, en su conjunto no hubieran excedido de la cantidad de dos millones de pesos. La facilidad prevista en la presente regla no exime a los contribuyentes del cumplimiento de las obligaciones fiscales inherentes a los regímenes fiscales antes citados.
    LISR 111


    Saludos

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    13 Mar 2014 13:28 - 13 Mar 2014 13:30 #94317 por Edheras
    Respuesta de Edheras sobre el tema Pensionados en RIF? se podrá?
    ...No, pos así sí, como dice el del tomatito. :P :P
    Dejó de ser, anteproyecto o proyecto y...ya es DOF icial,

    Saludos

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