Buenas tardes, en el sistema de Mis Cuentas el la seccion de contabilidad según la información que a estado difundiendo el SAT se debe de utilizar de la siguiente forma:
- En la Seccion de Mi contabilidad, se registraran únicamente los ingreso que se generaron en el bimestre y que no se emitio CFDI (si se emitió el CFDI no ahí que registrarlo ya que se duplicaría), si no se generaron ingreso no se tiene que informar o registrar algo.
lo mismo sucede con los gastos, únicamente se registraran los gastos que no estén amparados con un CFDI , es decir que te emitieron un CBB o un CFD, o algún gasto que no te emitieron comprobante y conoces el RFC del proveedor , si registras gastos por los cuales si te emitieron CFDI se duplicara dicho gasto.
El registro es en linea es decir se tendría que hacer diario ya que no te permite cambiar la fecha de cuando efectuaste el el gasto o generaste el ingreso, por lo que te registra con fecha del día de la captura.
Al dia de hoy no se sabe en que plataforma se efectara la declaración bimestral de pago definitivo de los RIF, es por este motivo que se esta prorrogando la presentación hasta mayo. del primer bimestre conjuntamente con el segundo.
En la seccion de factura facil, submenu, consultar y recuperar, puedes ver todos los CFDI que emitiste a tus clientes y que te enviaron tus proveedores.
Yo creo que lo mejor, para evitar problemas en el registro es que se genere el CFDI de ingresos y solicitar los CFDI de los gastos, y tratar de no tener gastos que no tengan como medio de comprobante CFDI y asi evitar registrar lo menos en la seccion de Mi Contabilidad, con esto ya en teoria la autoridad lo tendra registrado en sus bases de datos para generar su famosa declaracion simplificada con propuesta de pago, que como comento a la fecha no existe tal plataforma o si alguien sabe algo mas, que nos comparta la información.
Ahora tambien la Seccion de Mi contabilidad no es una contabilidad en forma , se parece mas a una libreta donde apuntas tus ingresos y gastos sin comprobantes.
Gracias por tocar éste tema, me surgen varias dudas si son tan amables de orientarme con sus valiosos comentarios se los agradeceré:
Estoy entendiendo que la aplicación mis cuentas no es obligatoria si tributo en el régimen de incorporación
pienso elaborar la contabilidad como acostumbro (software contable) y de ahi extraer los datos que me soliciten y lógicamente los datos para presentar la declaración correspondiente.
Es prácticamente imposible elaborar la factura global dentro del mes correspondiente. (Mi contabilidad se encarga de registrar cada cosa en el período que corresponda.)
Según entiendo en "mis cuentas" los comprobantes emitidos en el período se toman en cuenta para la declaracion respectiva
´Qué pasa con los que aún no cobro?? Para eso llevo mi contabilidad y mis conciliaciones bancarias como me enseñaron, por eso somos contadores para elaborar las cuentas e informar.
En el chat me dicen que rif únicamente usará "mis cuentas" si es así cambiaré de régimen a mis clientes para seguir llevandoles la contabilidad como tal.
Por que como dice Don Lobo no voy a PONER LA IGLESIA EN MANOS DE LUTERO !!!
Sigue igual, nefasta, inestable, "LAS CUENTAS" A HUIVIS QUIEREN QUE SE ANOTEN DATOS, DE DONDE CHIN...FLAOS LOS TOMO SI NO TUVE OPERACIONES !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!... NI UN PESITO, NADA, NADA, DE DONDE QUIEREN QUE LES PONGA ALGOOOOOOOOOOOOOOO, CHES HACENDARIOS TAN PEN...EJOS DE PLANO