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10:01 Orientación Fiscal, le atiende José Mendoza, ¿en qué puedo ayudarle?
10:02 sabe, de acuerdo a las instrucciones que me dieron via chat en dias pasados, presente mi declaracion anual normal y luego una complementaria señalando modificacion de obligaciones y ahi agregue el IETU esto para poder compensar el ISR que me salio a favor en la anual normal contra el ietu.
10:03 la pregunta es, el año pasado tenia que llevar al banco el documento donde presentaba la compensacion para obtener un numero de operacion y de ahi partir para mandar mi papeleria por internet por la compensacion que estaba haciendo
10:03 debo llevar el acuse de recibo de mi declaracion anual complementaria donde se refleja la compensacion de ISR VS IETU ?
10:04 debo llevar el acuse de recibo de mi declaracion anual complementaria y presentarla al BANCO donde se refleja la compensacion de ISR VS IETU ?
10:04 No, solo tiene que presentar el aviso de compensación por internet en el portal del SAT.
10:05 No, solo tiene que presentar el aviso de compensación por internet en el portal del SAT.
10:05 entonces este año NO se necesita ir al banco para obtener ese numero de operacion para reflejar la compensacion efectuada? esto lo digo porque el año pasado rechazaban la solicitud de compensacion por internet sin este acuse???
10:06 No, ya que la infromación se reflejo en la declaración anula.
10:07 Ya no se proporciobna acuse de aceptación.
10:07 Solo el que le proporciona la anual.
10:07 ya que poniamos el numero de operacion obtenido por internet al presentar la declaracion anual y nos rechazaban la solicitud por numero incorrecto de la operacion ? entonces sabiamos que teniamos que ir al banco presentar ese acuse y el banco nos generaba un nuevo numero de operacion y por supuesto otra fecha de presentacion
10:09 Ya no se proporciobna acuse de aceptación. Solo el que le proporciona la anual.
10:10 muy bien, entonces ahora la pregunta.. se que son cinco dias habiles para presentar el aviso de compensacion por internet, pero si mi RFC el sexto digito termina en cero, puedo aplicar la extension de dias para presentar el aviso por internet?
10:10 Así que solo envie el aviso de compensación.
10:11 Es correcto. Tiene cinco días hábiles despues de enviar la declaración.
10:11 ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
10:12 si, la pregunta es , todavia esta vigente la extension de dias para presentar el aviso de compensacion de acuerdo a mi sexto digito de mi RFC ? mi rfc es XXXX601220 ???
10:13 Es correcto, tiene la facilidad de el sexto dígito.
10:14 muy bien... muchas gracias
10:14 ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
10:14 no, muchas gracias
10:14 El SAT le agradece utilizar nuestros servicios, le atendió José Mendoza, que tenga un buen día.
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