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    FACTURA NO REALIZADA EN TIEMPO

    04 May 2014 18:36 - 04 May 2014 18:40 #95410 por ernye
    Respuesta de ernye sobre el tema FACTURA NO REALIZADA EN TIEMPO
    ok. no es que este 100% de acuerdo pero los hare asi ya que no afectaria en nada y me evitaria futuras discuciones con la autoridad.

    solo esto ultimo: podrán anotar la expresión “operación con el público en general” en sustitución de la clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce. (lo cual se puede poner en una Nota de Venta.)

    por sus aportaciones Gracias.

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    05 May 2014 09:43 #95416 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema FACTURA NO REALIZADA EN TIEMPO

    ernye escribió: ok. no es que este 100% de acuerdo pero los hare asi ya que no afectaria en nada y me evitaria futuras discuciones con la autoridad.

    solo esto ultimo: podrán anotar la expresión “operación con el público en general” en sustitución de la clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce. (lo cual se puede poner en una Nota de Venta.)

    por sus aportaciones Gracias.



    ¿Podría indicar en que parte de la regla se estipula la nota de venta en forma tacita?

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    05 May 2014 17:54 #95428 por LUISCERVERA
    Respuesta de LUISCERVERA sobre el tema FACTURA NO REALIZADA EN TIEMPO
    Los contribuyentes mencionados en este artículo podrán optar por aplicar el estímulo fiscal a que se refiere esta fracción, siempre que no trasladen al adquirente de los bienes, al receptor de los serv independientes o a quien se otorgue el uso o goce temporal de bienes muebles, cantidad alguna por concepto del impuesto al valor agregado iciosy que no realicen acreditamiento alguno del impuesto al valor agregado que les haya sido trasladado y del propio impuesto que hubiesen pagado con motivo de la importación de bienes o servicios.

    EN UN CFDI GLOBAL SE TRASLADARIA AL ADQUIRENTE????

    ME PARECE QUE NO YA QUE EL ADQUIRENTE UNICAMENTE CUENTA CON UN COMPROBANTE SIMPLIFICADO
    SIN TRASLADO DE IMPUESTOS

    SALUDOS!!

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    05 May 2014 18:28 #95429 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema FACTURA NO REALIZADA EN TIEMPO
    Favor de dar lectura a lo bien comentado por albertoarma..........

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    05 May 2014 22:37 #95431 por albertoarma
    Respuesta de albertoarma sobre el tema FACTURA NO REALIZADA EN TIEMPO
    Buenas noches Luis Cervera en mi opinión si existe el traslado del impuesto en un CFDI global, independientemente de que el adquiriente no puede acreditar dicho traslado, y al separarlo expresamente le estas indicando a la autoridad que cobraste dicho impuesto y el mismo tendrías que pagarlo después de restar el IVA acreditable de tus compra y gastos, la diferencia la tendrías que enterar al fisco.

    Adicionalmente el decreto contempla dos condiciones para que puedas aplicarlo que son:

    1.- que no lo traslades al adquiriente cantidad alguna del impuesto al valor agregado
    2.- que los contribuyentes (del RIF) no realice ningún acreditamiento del impuesto que les haya sido trasladado

    si lo haces así, como dice el decreto no habrá IVA a pagar, ni por acreditar.

    o estoy equivocado?.

    Por ejemplo una persona moral o física que tiene ventas al publico en general (los cuales no le solicitan factura) y que al final del dia realiza su factura CFDI por esas ventas, ¿traslada o no traslada el IVA?, claro que si y tanto es así que tiene que enterar ese impuesto al fisco. independientemente de que hayan tenido que utilizar un RFC generico y que dichas personas que no solicitaron factura no puedan acreditarse dicho impuesto.

    Quedo pendiente de sus comentarios.

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    06 May 2014 10:06 #95432 por cristhina_09
    Respuesta de cristhina_09 sobre el tema FACTURA NO REALIZADA EN TIEMPO
    Hola, buenos dias

    Coincido con el compañero Albertoarma y CPHugoocejo, el decreto del beneficio te establece claramente que para poder hacer uso de ellos no deberás realizar acreditamiento alguno ni tampoco trasladarlo en el comprobante global. En caso de separar el IVA al momento de registrar el CFDI global, la autoridad entenderá que lo cobraste, puesto que lo trasladaste expresamente, y tendrás que pagar dicha diferencia. En mi opinion, yo hize CFDI global SIN TRASLADAR IVA, bajo el concepto de "Operaciones con publico en general del bimestre Marzo- Abril" , de esa manera no trasladare ni me acreditare IVA alguno.

    Saludos!

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