Buenas tardes, es muy sencillo colega como dice el CPHugoocejo armoniza tu interpretacion, con el decreto del 26 de diciembre de 2013, en su articulo Septimo Transitorio:
Por el ejercicio fiscal de 2014, los contribuyentes personas físicas que únicamente realicen actos o actividades con el público en general, que opten por
tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal, previsto en la Sección II del Capítulo II del Título IV, de la Ley del Impuesto sobre la Renta y cumplan con las obligaciones que se establecen en dicho régimen,
podrán optar por aplicar los
siguientes estímulos fiscales:
I.
Una cantidad equivalente al 100% del impuesto al valor agregado que deban pagar por la enajenación de bienes, la prestación de servicios independientes o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes muebles, el cual será acreditable contra el impuesto al valor agregado que deban pagar por las citadas actividades.
Los contribuyentes mencionados en este artículo
podrán optar por aplicar el estímulo fiscal a que se refiere esta fracción, siempre que no trasladen al adquirente de los bienes, al receptor de los serv independientes o a quien se otorgue el uso o goce temporal de bienes muebles, cantidad alguna por concepto del impuesto al valor agregado iciosy que no realicen acreditamiento alguno del impuesto al valor agregado que les haya sido trasladado y del propio impuesto que hubiesen pagado con motivo de la importación de bienes o servicios.
Entonces en base a lo anterior y como es una opcion aqui hay dos caminos;
- si trasladas expresamente el IVA tendras que pagar el impuesto
(regla I.2.7.1.22.)
- si no trasladas el IVA no pagaras dicho impuesto durante este ejercicio (2014) aplicando el estimulo del decreto, aclaro solo por las operaciones en las que no lo traslades ya que en esta opcion tambien se puede trasladar y pagar el IVA solo por las operaciones donde se haga la separacion expresa del impuesto
(regla I.10.4.7.)[/color]
Ya tu decides cual opcion te gusta mas. (Yo en lo personal me voy por la segunda)
Espero que esta aportacion te ayude a aclarar tu duda o si estoy equivocado y algun colega puede aportar algo mas, quedo pendiente de sus aportaciones.