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    CONTABILIDAD FISCAL QUE ENTRA EN VIGOR EL1 JUL 14

    03 Jun 2014 17:46 #96000 por ISMI
    HOLA

    QUISIERA SABER SI ALGUIEN TIENE CONOCIMIENTO SOBRE LA CONTABILIDAD POR MEDIOS ELECTRONICOS QUE ENTRA EN VIGOR EL 1 DE JULIO 2014.

    SEGUN ENCONTRE LA RESOL MISC I.2.8.2 PUBLICADA EL 30 DE DIC 13, LAS PF DEL REGIMEN DE INCORPORACION PUEDEN USAR EL SISTEMA DEL SAT- MIS CUENTAS; ASI COMO OTROS REGIMENES DE PF .

    EL ART 28 CFF FRAC III, DICE QUE LA CONTABILIDAD SE HARA EN MEDIOS ELECTRONICOS, SEGUN REGLAMENTO Y CON REGLAS DE CARACTER GRAL QUE SE PUBLICARAN Y LA FRAC IV DICE QUE SE HARA MENSUAL ATRAVES DELA PAG. DEL SAT, SEGUN REGLAS DE CARACTER GRAL.
    Y FINALMENTE EL TRANSITORIO 2014, ART 2, FRAC III, ESPERA LA PUBLICACION DEL SAT, Y SE PREVEE LA ENTRADA ESCALONADA DE LAS DISTINTAS CLASES DE CONTRIBUYENTES.

    CON TODO ESTO NO ENCUENTRO NADA QUE ME DIGA LAS REGLAS QUE DEBE CUMPLIR LA CONTABILIDAD EN MEDIOS ELECTRONICOS, NO SE SI YA COMPRAR LA ACTUALIZACION DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD QUE TENEMOS,Y SI ESTE CUMPLA CON LOS REQUISITOS. , O CAMBIARLO.

    TAMPOCO ENCUENTRO ALGO QUE ME DIGA QUE CONTRIBUYENTES ENTRAN PRIMERO, O SI HABRA PRORROGA.
    ESTAMOS A 1 MES DE LA FECHA Y HOY BUSQUE EN LA PAGINA DEL SAT Y NO ENCUENTRO INFORMACION DISPONIBLE.

    ¿ALGUIEN TIENE ALGUNA INFORMACION , U OPINION AL RESPECTO?, HABRA ALGUN DECRETO QUE POSTERGUE ESTO, O ME PUEDEN DECIR DONDE BUSCAR .

    LES AGRADEZCO SU ATENCION

    SALUDO :)

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    03 Jun 2014 18:15 - 03 Jun 2014 19:38 #96001 por MISTICO
    VOLANDO SOLO…..patadas voladoras De acuerdo con el anuncio de la disposición transitoria que citas el pasado 2 de Abril la autoridad nos dio a conocer el nuevo reglamento del C.F.F. Entre los cambios sustanciales importante resulta la lectura del 28-I y II (C.F.F.) además del 33 (R.C.F.F.) por lo que a la contabilidad se refiere espero tus comentarios para saltar la tercera cuerda y luchas de parejas.

    Únicamente me refiero a tu pregunta pero debemos leer todo aunque muchos artículos quedan como estaban anteriormente hay otros cambios que los podemos comentar si lo requieres.


    SIN CARA

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    03 Jun 2014 19:27 #96002 por abel_2000
    Específicamente no hay nada aun de que es lo que deberás subir a la página, lo que si se rumora es que tu programa contable deberá convertir la información a archivos .XML, como bien dices estamos a un mes, pero lo que si debes ir contemplando es cumplir con las reglas de llevar contabilidad del Art. 33 del Reglamento del CFF, donde te establece entre MUCHOOOS requisitos, hacer tus registros dentro de los siguientes 5 días de la operación e identificar el folio fiscal con la transferencia, cheque o medio de pago.

    Saludos

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    03 Jun 2014 19:52 #96003 por ISMI
    MUCHAS GRACIAS MISTICO;

    - INTENTO UN CANDADO- HE LEIDO EL ART 28 Y 33.
    EL ART 33 A. MENCIONA LOS DOCUMENTOS E INFORMACION BASICA QUE INTEGRA LA CONTABILIDAD.

    RESPECTO AL ART 33. B. I. QUE DICE : Los registros o asientos contables deberán:
    I. Ser analíticos y efectuarse en el mes en que se realicen las operaciones, actos o actividades a que se refieran, a más tardar dentro de los cinco días siguientes a la realización de la operación, acto o actividad;

    NOS PONE FECHA LIMITE PARA PARA REALIZAR EL REGISTRO . ES UN CAMBIO QUE NOS PONDRA A CORRETEAR LOS COMPROBANTES. Y SUPONGO QUE LAS ACTUALIZACIONES DE SISTEMAS QUE HAY EN EL MERCADO DEBEN AYUDAR.

    VI. Formular los estados de posición financiera, de resultados, de variaciones en el capital contable, de origen y aplicación de recursos, así como las balanzas de comprobación, incluyendo las cuentas de orden y las notas a dichos estados;

    EL ANTERIOR ARTICULO 29 FRAC IV, SOLO CONTEMPLABA FORMULAR EL ESTADO DE POSICION FINANCIERA,AUNQUE LOS 4 ESTADOS SON BASICOS NO ERAN REQUISITO MINIMO DE LA CONTABILIDAD. AHORA LO SERAN

    EL RESTO DE LAS FRACCIONES COMO :
    XII. Establecer por centro de costos, ETC , EN GENERAL ES PARTE DE LOS CONTROLES QUE NORMALMENTE TENEMOS SOLO PIDE MAS DETALLE Y NO LE VEO GRAN DIFERENCIA CON RESPECTO AL CFF ANTERIOR. -

    ENTIENDO QUE SI BIEN HAY CAMBIOS , ADICIONES A LA CONTABILIDAD; LA MAYORIA LOS TENEMOS, LO UNICO QUE ME PREOCUPA SON LOS 5 DIAS PARA REGISTRO DE OPERACIONES. TENDREMOS QUE IDEAR ALGO PARA SOLUCIONAR EL REGISTRO EN TIEMPO.

    SIN EMBARGO EL ART. 34 AL FINAL DEL 1ER PARRAFO DICE :... y, en su caso, deberá cumplir con las normas oficiales mexicanas correspondientes vinculadas con la generación y conservación de documentos electrónicos.


    SIGO LEYENDO MIENTRAS ME APLICAS UNA QUEBRADORA.

    ;)

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    03 Jun 2014 20:09 #96004 por ISMI
    MUCHAS GRACIAS ABEL_2000; POR COMPARTIR EL RUMOR, SE ME OCURRE QUE IGUAL Y NOS PIDEN CFDI DE LOS ESTADOS FINANCIEROS, HABRA QUE CERRAR LOS PAGOS PROVISIONALES CON LUPA.

    ESTAS TOMANDO ALGUNA MEDIDA PARA CUMPLIR CON LA FECHA DE 5 DIAS PARA REGISTRO ??

    SEGUIRE LEYENDO EL ART 33 PARA ENTENDERLE MEJOR. :)
    SALUDOS

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    04 Jun 2014 11:18 #96011 por CPHugoocejo
    ISMI

    La idea del SAT es " estandarizar "catálogos de cuenta, pronto habrá novedades para " subir " la información ....

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