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    Uso "Mis cuentas" PF

    04 Sep 2014 17:56 #98122 por Gabriela18
    Respuesta de Gabriela18 sobre el tema Uso "Mis cuentas" PF
    Al tener respaldado tanto tus ingresos como egresos con un CFDI, se considera por lo tanto que usas "Mis Cuentas" cuando presentas tus declaraciones bimestrales a través de dicho sistema...
    El siguiente usuario dijo gracias: calpixqui

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    04 Sep 2014 18:01 #98124 por calpixqui
    Respuesta de calpixqui sobre el tema Uso "Mis cuentas" PF

    G-Ornelas escribió: Buenas tardes compañero calpixqui... es muy sencillo calpixqui, confundes pagos con la contabilidad..


    Saludos


    No mi buen, no estoy confundiendo nada :dry: , LOBOZAC entendio bien lo que plantee :cheer: ....bueno haber, segun usted mi ponderado colega G-Ornelas de lo que escribí al principio....¿en donde estoy confundido? :blink:

    Saludos B)

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    04 Sep 2014 18:15 - 04 Sep 2014 18:30 #98125 por calpixqui
    Respuesta de calpixqui sobre el tema Uso "Mis cuentas" PF

    Gabriela18 escribió: Al tener respaldado tanto tus ingresos como egresos con un CFDI, se considera por lo tanto que usas "Mis Cuentas" cuando presentas tus declaraciones bimestrales a través de dicho sistema...


    Si, asi es cuando se esta en el RIF, y yo el caso que puse en el foro es de una PF del Reg. de Act. Emp. y Prof. y en dicho caso planteo dos situaciones: cuando dicha persona NO rebasa de 2 millones y cuando SI rebasa dicha cantidad.

    De hecho acabo de de estar en el Foro de discución del SAT, con los temas siguientes: REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL, MIS CUENTAS, ASOCIACIONES RELIGIOSAS.

    Y yo les hice el siguiente cuestionamiento a los asesores:

    CALPIXQUI: Buena tarde, soy una Persona Fisica del Reg. de Act. Emp. y Prof, yo todo lo que enajeno expido CFDI y de mis Erogaciones siempre solicito CFDI, no tengo gastos NO deducibles...mi pregunta es ¿QUE VOY A UTILIZAR EN MIS CUENTAS? cos respecto a la Contabilidad Electronica. Gracias por su respuesta

    El asesor asesor26 Respondio: Buenas tardes, por el momento no hay una facilidad al respecto por lo que se le invita a realizar una aclaración en su portal exponiendo esta situación.


    Y asi hubo muchas preguntas:

    SI TODAS MIS VENTAS Y GASTOS TENGO CFDI NO TENGO POR QUE REGISTRARLAS EN MIS CUENTAS POR QUE SE DUPLICARIA PERO COMO SABE LA AUTORIDAD QUE SI MANEJO MIS CUENTAS PARA EXIMIR EL ENVIO DE MI CONTABILIDAD ELECTRONICA

    asesor22:La autoridad al tener la información de todos sus comprobantes electrónicos y verificar que no se registro alguna otra operación dentro de mis cuentas, se considera que estará cumpliendo con esta obligación y estará eximido de presentar mi contabilidad.

    Si mis gastos e ingresos estan realizados mediande CFDI, dicen que ya no debo de capturarlos en mis cuentas, entonces ya no tendre que hacer nada y dara por cumplida la obligacion de subir la contabilidad al portal del SAT?

    El asesor asesor54 Respondio: Agradezco su participación en el foro y bien conforme a su pregunta es correcto una vez que tenga un comprobante fiscal no tendra que registrarlo en contabilidad de la aplicación Mis Cuentas ya que se duplicaria la información y de esta menera se cumple de manera exitosa la obligación.

    Soy actividad profesional, como puedo llevar mi contabilidad? me dicen que tengo que ingresar mis ingresos y egresos en mis cuentas de llos cuales no tenga factura... pero en mi caso todo lo facturo. Como debo de llevar mi contabilidad?

    El asesor asesor11 Respondio: Buenas tardes, le comento que si sus ingresos son menores a 2 millones en el ejercicio, efectivamente deberá utilizar el sistema de Mis cuentas para el registro de la Contabilidad; le comento que usted sí deberá capturar todos sus ingresos y gastos en la herramienta aún y cuando se tenga factura electrónica por las operaciones, derivado a que la información que comenta aplica sólo para los contribuyentes del régimen de incorporación fiscal

    fredl:soy P.F. actividad empresarial y profesional y emito CFDI por ingresos y recupero CFDI por gastos... Como debo informar que Opto por presentar mi Contabilidad por MIS CUENTAS, existe algún acuse de parte de la Autoridad?

    asesor22:En este caso tendrá que realizar una solicitud por medio de la página del SAT ingresando a la aplicación de mi portal, para indicarle a la autoridad que esta optando por utilizar la aplicación de mis cuentas, mi contabilidad.

    si soy persona fisica con actividad empresaria, y opto por llevar ¿mis cuentas¿ pero de todo emito factura y de todo pido cfdi de mis gastos... mi pregunta es: como sabe el sat que yo quiero utilizar ¿mis cuentas¿si de todo tengo cfdis y no registro nada de ingresos o gastos? o solo con el hecho de llenar mi perfil en mis cuentas ya cumplo con eso? Gracias por la respuesta.

    El asesor asesor15 Respondio: Bien, le comento que se está en espera de que se publique una regla que al respecto haga hincapié sobre ésta situación en lo particular; sin embargo, le comento que de momento, es prudente que realice un caso de aclaración por medio de Mi portal en la carpeta de Aclaraciones, para que señale dicha situación.


    Y asi por el estilo son muchas las preguntas similares y DISTINTAS las respuestas.

    Saludos :P

    Nota: pongo un archivo de word en donde copie y pegue una parte de dicho foro de discusión...para que hagan corajes un rato.. :woohoo: ..jejeje :evil:

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    El siguiente usuario dijo gracias: mnuelho

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    04 Sep 2014 21:11 - 04 Sep 2014 21:12 #98128 por MISTICO
    Respuesta de MISTICO sobre el tema Uso "Mis cuentas" PF
    LA CUERDA………………………….calpixqui (Pedrito Infante) me llama la atención tu siguiente comentario, serias tan amable de regalarme tu punto de vista por el cual QUIERES OPTAR ?, cuatro, tres dos, uno fuera y cambio.
    Saludos.

    ESCRIBISTES


    PF del Reg. de Act. Emp. y Prof. cuyos ingresos SI rebasan los 2 millones de pesos.................. si YO PF quiero OPTAR por utilizar la aplicacion electrónica de “Mis cuentas” de conformidad con la Regla I.2.8.2…

    REGLA

    Sistema de registro fiscal "Mis cuentas"
    I.2.8.2. Para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF, los contribuyentes del RIF, deberán ingresar a la aplicación electrónica "Sistema de Registro Fiscal" "Mis cuentas", disponible a través de la página de Internet del SAT, para lo cual deberán utilizar su RFC y Contraseña. El resto de las personas físicas podrán optar por utilizar el sistema de referencia.

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    05 Sep 2014 14:40 - 05 Sep 2014 14:43 #98142 por calpixqui
    Respuesta de calpixqui sobre el tema Uso "Mis cuentas" PF
    Buena tarde

    Claro que si mi buen MISTICOU, mire quiero optar por esto que menciona la regla I.2.8.6. de la 3a. RMRMF 2014:

    "Para los efectos del artículo 28 fracciones III (Los registros o asientos que integran la contabilidad se llevarán en medios electrónicos ) y IV (Ingresarán de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria) del CFF y 33 apartado B fracciones I (Ser analíticos y efectuarse durante los 5 días siguientes [- se podrá efectuar dentro del mes siguiente a la fecha en que se realicen las actividades respectivas, Regla I.2.8.9. -] ), III (Permitir la identificación de cada operación, acto o actividad ), IV (Permitir la identificación de las inversiones realizadas ) y V (Relacionar cada operación, acto o actividad con los saldos que den como resultado las cifras finales de las cuentas) y 34 (el contribuyente deberá conservar y almacenar como parte integrante de su contabilidad toda la documentación) de su Reglamento, los contribuyentes, obligados a llevar contabilidad , responsables solidarios o terceros con ellos relacionados, excepto aquellos que registren sus operaciones en la herramienta electrónica “Mis cuentas”, deberán llevarla en sistemas electrónicos con la capacidad de generar archivos en formato XML que contengan lo siguiente:.........."

    Y como la regla I.2.8.2. de la 1a. RMRMF 2014 dice:

    "Para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF, los contribuyentes del RIF, deberán ingresar a la aplicación electrónica “Sistema de Registro Fiscal” “Mis cuentas”, disponible a través de la página de Internet del SAT, para lo cual deberán utilizar su RFC y Contraseña. El resto de las personas físicas podrán optar por utilizar el sistema de referencia."*

    *Esta regla no establece una limitante de ingresos para poder optar por utillizar "Mis cuentas".

    Pues en resumen, escrito todo lo anterior, yo PF quiero OPTAR por estar en "Mis cuentas" para NO enviar los mentados archivos *.xml cada de mes con respecto a la contabilidad electrónica.

    Y por ese motivo quiero optar mi buen gladiador contable-fiscal.

    Lo único que no se es ¿como le hago para optar?...SI por todos mis ingresos doy CFDI y por todos mis gastos pido CFDI.

    Saludos

    Nota: ya hace hambre :pinch:

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    05 Sep 2014 17:48 - 05 Sep 2014 18:31 #98144 por MISTICO
    Respuesta de MISTICO sobre el tema Uso "Mis cuentas" PF
    LA CAMPANADA DEL RING COMPAÑERO calpixqui……………….en primer lugar no permita que se le suba la adrenalina empecemos por equilibrar las cosas y aclaremos que estamos HABLANDO DE LA CONTABILIDAD DE LA PERSONAS FISICAS SIN IMPORTAR EL REGIMEN EN QUE TRIBUTEN.

    Empecemos por lo que dice la LEY.

    OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS FISICAS ART.110 LISR

    Artículo 110. Los contribuyentes personas físicas sujetos al régimen establecido en esta Sección, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley y en las demás disposiciones fiscales, tendrán las siguientes:

    I…………………………………………

    II. Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, tratándose de personas físicas cuyos ingresos del ejercicio de que se trate no excedan de dos millones de pesos, llevarán su contabilidad y expedirán sus comprobantes en los términos de las fracciones III y IV del artículo 112 de esta Ley.

    MI TEXTO:
    III.-CONTABILIDAD EN MEDIOS ELETRONICOS
    IV.-Entregar a sus clientes comprobantes fiscales


    De lo anterior debemos entender que para efectos contables CUALQUIER PERSONA FISICA que no rebase los 2 Melones puede utilizar mis cuentas para efectos de su CONTABILIDAD aun cuando tributen en otro régimen cualquiera que no sea ACTIVIDAD EMPRESARIAL por ejemplo ARRENDAMIENTO.

    Con la publicación de la regla la autoridad nos está diciendo mire mi buey como ya la quite la contabilidad simplificada para 2014, ahora INVENTE UN SISTEMA MAS FREGON que se llama POR………….MIS CUENTAS y en la Regla te aclaro en donde localizar la aplicación además te recuerdo y CONFIRMO que este sistema lo pueden utilizar EL RESTO DE LAS PERSONAS FISICAS DEL TITULO IV DE LA LEY DE ISR QUE ES LO QUE DICE EL 110 DEL CITADO ORDENAMIENTO.


    Observemos que POR Ley se debe respetar el límite de ingresos para poder utilizar EL REGISTRO FISCAL “MIS CUENTAS” ¿ESTE SISTEMA ES PARA LOS QUE TRIBUTAN SOLO EN EL RIF? No buey que no vez que en Ley y la R.M. dice EL RESTO DE LAS PERSONAS PODRAN OPTAR POR UTILIZAR EL SISTEMA DE REFERENCIA repito una vez solo sino llegas a los dos melones, Mis cuentas de alguna manera sustituye a la contabilidad simplificada pero ahora de forma electrónica.


    NUEVAMENTE LA REGLA

    Sistema de registro fiscal "Mis cuentas"

    I.2.8.2. Para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF, los contribuyentes del RIF, deberán ingresar a la aplicación electrónica "Sistema de Registro Fiscal" "Mis cuentas", disponible a través de la página de Internet del SAT, para lo cual deberán utilizar su RFC y Contraseña. El resto de las personas físicas podrán optar por utilizar el sistema de referencia.

    Espero haberte ayudado con la solución a este problema el otro que planteas también tienes en las mano la solución si le agarras la hebra al queso de la tierra de mi viejo.

    Saludos todos.
    El siguiente usuario dijo gracias: calpixqui

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