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    Pago en 2015 y factura de 2016 es deducible?

    20 Ene 2016 11:00 #104558 por sartre
    Buenos dias.
    Persona fisica regimen actividad empresarial

    Realiza pago de gasto en diciembre 2015 y le entregan el comprobante con fecha de enero 2016, es deducible el pago y el iva acreditable en 2015? el pago se hizo con cheque y quedo cobrado en dic 2015

    Gracias por los comentarios

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    20 Ene 2016 18:17 #104567 por jamendoz
    hola

    buena pregunta y nos volvio locos aqui en la oficina, no hay mas fundamento para hacerla deducible mas que la fecha de pago en que se realizo la erogacion, y con el riesgo que conlleva el que la autoridad te la pueda hacer no deducible, lo que se le tendria que notificar al cliente de esto y podria ser sujeto a defender la deducibilidad

    creo que se tendira que valorar el monto a deducir para tomar la decision



    ,

    saludos


    cp jose antonio mendoza p
    El siguiente usuario dijo gracias: sosgtorreon

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    20 Ene 2016 18:33 #104569 por sartre
    Buenas tardes.

    Pues de acuerdo al art. 105 fraccion VIII no es deducible.

    VIII. Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el último día del ejercicio, se reúnan los requisitos que para cada deducción en particular establece esta Ley. Tratándose únicamente de los comprobantes fiscales a que se refiere el primer párrafo de la fracción III del artículo 27 de esta Ley, estos se obtengan a más tardar el día en que el contribuyente deba presentar su declaración del ejercicio y la fecha de expedición de dicho comprobante fiscal deberá corresponder al ejercicio en el que se efectúa la deducción.
    El siguiente usuario dijo gracias: jamendoz

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    20 Ene 2016 18:39 #104570 por jamendoz
    asi es

    saludos


    cp jose antonio mendoza p

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    20 Ene 2016 20:53 #104572 por MISTICO
    ESPALDAS PLANAS………………..Correcta su apreciación cuando se refiere usted al numeral 105-VIII que sentencia claramente que la fecha de expedición de los comprobantes fiscales DE UN GASTO DEDUCIBLE debe corresponder al ejercicio por el que se efectué la deducción es decir en 2015 solo debemos deducir comprobantes que consignen ese año, comprobantes con fecha 2016 no serán conforme a este precepto deducible.

    Ahora bien preguntémonos ¿es esta una norma general o una norma específica?

    Y ahora es cuando chile verde a partir de aquí has de darle sabor al caldo , por lo que le suplico nos diga la naturaleza de la persona a quien se le realizo el pago, me quedo claro desde su primer mensaje que el tipo de erogación del que estamos hablando ES GASTO ,GASTO,GASTO.

    Si nos regala este engrane podremos entre todos descubrir la combinación de esta cerradura.

    Buenas noches para todos.

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    21 Ene 2016 10:16 #104573 por sartre
    Buenos días.

    A quien se realiza el pago es una persona moral

    Gracias por los comentarios

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