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ernye escribió: Buenos dias.
Ya yego el oficio en cual cita que se hara acredor a la multa minima establecida en el articulo 84 fracc IV inciso B $1,210.00 con un 20% de descuento pagando dentro de 45 dias habiles.
La razon: No contar con infraestructura como son sistemas, ni equipos de computo con su impresora para emitir los CFDI y XML al momento, Siendo que el Art 29 fraccion V especificamente indica que en su ultimaparte que se debe entrgarla representacion impresa del CFDI cuando asi lo pida el cliente, que solo se presumira la existencia del mismo, Y que bien es cierto el articulo 39 del reglamento del CFF invoca 24 horas, el mismo se refiere a la CERTIFICACION que debe contener el CFDI, no a la entrega de la factura correpondiente por la venta realizada.
por su conducta se hubica en la hipotesis prevista en los articulos 83 Fraccion VII del cff.
Conclusion, 1.- se pagara la multa con el descuento (mas varato que pagar a un abogado para cancelarla)
2.- se tomara la experiencia para la siguiente (por que habra mas, adan a la caza )
3.- Muchas gracias por sus Aportaciones.
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