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    ACEPTACIÓN ...

    19 Sep 2016 15:11 - 19 Sep 2016 15:20 #106302 por LOBOZAC
    Respuesta de LOBOZAC sobre el tema ACEPTACIÓN ...
    Nuevamente gracias por sus comentarios

    Gealram, en lo que amablemente comentas, "... En el caso de enajenación de bienes que se exporten se deberá acumular el ingreso cuando efectivamente se perciba. En el caso de que no se perciba el ingreso dentro de los doce meses siguientes a aquél en el que se realice la exportación, se deberá acumular el ingreso una vez transcurrido dicho plazo. ..."

    Si se observa, el imperativo se refiere solamente a ENAJENACIÓN DE BIENES, QUE SE EXPORTEN :)

    El punto es que con la reforma 17, quieren que ahora todas las "enajenaciones", se acumulen !!!!

    Quiere el sat -literal-, que cfdi generado, cfdi ACUMULADO para efecto de pago de impuestos !!!!!!!!

    Y si, coincido totalmente con BR1, en efecto, existen medios legales de hacer la recuperacion del adeudo, ... pero



    Saludos

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    19 Sep 2016 19:18 #106303 por MISTICO
    Respuesta de MISTICO sobre el tema ACEPTACIÓN ...
    LA DOBLE NELSON.......Que no se nos olvide que no existía en forma clara y precisa regulación sobre la cancelación de facturas, hoy la autoridad supone que con la publicación de la regla de la tercera 2.7.1.35 ya lo aclaro TODO PERO NO ES ASI.

    De manera simplista podemos decir HASTA HOY que para cancelar una factura se podrán dar dos supuestos.

    a) Cuando se cancela la operación pactada antes de que se efectué la conformidad de las partes uummmmm lo más común ventas de mostrador y C.O.D.

    b) Cuando exista error en su elaboración.

    QUE NO SE ME OLVIDE

    Que al día de hoy una vez que se registra UNA CUENTA POR COBRAR (Venta a crédito o cuando se acepta la acumulación conforme al 17 de Ley) esta NO SE CANCELA, SE DEDUCE de conformidad con las disposiciones de ley para los CREDITOS INCOBRABLES (Art.27-XV) además de cumplir con los requisitos señalado en la ficha de tramite 54/ISR.

    La propuesta de iniciativa pienso que va más bien por ahí, VEAMOS EL 27-XV último párrafo.

    Esperemos a ver cómo queda la reforma y después lo platicamos para no caer en especulaciones.


    IDC publica:

    De aprobarse esta propuesta tributaria, entraría en vigor el 1 de mayo de 2017, a efectos de que los proveedores de servicios de generación de CFDI´s tengan el tiempo suficiente para llevar a cabo las modificaciones tecnológicas necesarias a sus programas o sistemas.

    MISTICO OPINA .

    En lo personal no comparto esa opinión porque al día de hoy los programas o sistemas de los proveedores no tienen problema alguno para CANCELAR CFDI por la razón que usted guste el concepto de error es enunciativo no limitativo.

    Personalmente yo creo que la medida puede ser tan sencilla como que te aviso electrónicamente por ejemplo con 20 días de anticipación a que finalice el mes y si no me contestas dentro del mismo mes se da por hecho la aceptación del CLIENTE, ahora preguntémonos la media PROPUESTA es buena o mala???

    Saludos para todos.

    P.D .Me alegra que este usted de regreso mi estimado MAESTRO DON LOBO

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    20 Sep 2016 09:50 - 20 Sep 2016 09:51 #106305 por BR1
    Respuesta de BR1 sobre el tema ACEPTACIÓN ...
    Lo único que si me preocupa, es lo que mencioné "que de manera unilateral existan contribuyentes que cancelen CFDI", lo cual genera por decirlo así "vulnerabilidad" para el que deduce, ya que pueden pasar varios ejercicios y no percatarse. Un claro ejemplo es que el emisor no lleve un cuadre de ingresos con facturación, y si por error la persona de facturación cancela un CFDI y no lo comunica, o no lo repone, se presenta un posible problema para quien lo recibió y le dió todos sus efectos fiscales. Pero, como mencionaron a veces (no se si siempre) llega la notificación mediante el Buzón tributario, lo cual me parece una buena medida.

    En fin, ya tengo tiempo que veo alguna novedad de este tipo, y no le tomo importancia sino hasta que sale meses después algo definitivo (reglas y sus mil parches llamados modificaciones), no se si por colmillo, flojera o tiempo (le voy mas a una mezcla de los dos últimos)

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    20 Sep 2016 12:37 #106308 por LOBOZAC
    Respuesta de LOBOZAC sobre el tema ACEPTACIÓN ...
    Gracias Caballeros, por sus comentarios

    Si, vuelvo a coincidir con ustedes en las dos apreciaciones, comentario de mistico, basado en Ley, comentario de BR1 basado en supuestos de operacion diaria, ... mi comentario, basado en experiencias reales y en "cobranza extrajudicial amable", Oye receptor del cfdi, apoyame con mi lana ... respuesta del receptor, dame chanza mañana te deposito, ... y pasa mañana y mas mañana y nada, uno, dos, tres meses y nada, ...ultimatum, oye receptor, ya me canse de que me veas la cara de ..., me vas a pagar o no, ... respuesta del receptor, NO, NO TE VOY A PAGAR ... Y HAZLE COMO QUIERAS, ... toooomala barbon, ... YA ? ... ASI SE QUEDA ?, ACUMULO ?, ESPERO EL TIEMPO DE LEY PARA MANEJAR "LAS CUENTAS INCOBRABLES" ?

    Saludos y nuevamente gracias por sus comentarios br1, mistico, gealram, sos

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    20 Sep 2016 13:45 - 20 Sep 2016 13:48 #106309 por MISTICO
    Respuesta de MISTICO sobre el tema ACEPTACIÓN ...
    PATADAS VOLADORAS…. Compañero BRI estamos claros que para tu EJEMPLO el procedimiento de tu supuesto NO ES CORRECTO o de aplicación estricta conforme a la LEY.

    Ahora bien tu servidor escribió en mi mensaje anterior :

    La propuesta de iniciativa pienso que va más bien por ahí, VEAMOS EL 27-XV último párrafo.

    CON LA LEY

    De lo anterior observemos que para los créditos incobrables si estamos a UN AVISO por parte del acreedor al deudor (ADEMAS DE LA AUTORIDAD POR LOS DOS MEDIOS DISPONIBLES) para que este acumule el ingreso de la deuda no cubierta, amen que la autoridad le confirmaría mediante comunicado que deberá acumular el DEUDOR.

    EN LA PRÁCTICA

    Muchos contribuyente poca su madrecita hacen lo que señalas en tu ejemplo, Y ES POR ESA RAZON QUE LA INICIATIVA PROPUESTA COMTEMPLA EL AVISO DE ACEPTACION.

    EL SATANICO debió señalar en su exposición de motivos la razón de su propuesta al no hacerlo precisamente se presta a las especulaciones del motivo y la razón.

    SALGAMONOS QUE VA A TEMBLAR

    El origen de la multicitada propuesta es precisamente para darle en su mandarina a los que han olvidado por así convenir a sus intereses que existe un tratamiento especial para los créditos incobrables, y como a mí no se me olvida te atoro por otro lado o te espero a la salida del CFDI CANCELADO.

    Más claro ,ni la reforma energética.

    Saludos para todos

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    21 Sep 2016 10:41 #106313 por BR1
    Respuesta de BR1 sobre el tema ACEPTACIÓN ...
    MISTIC si eso es lo que quiero dar a entender (lo que comentas)..... quizá mi capacidad para expresar mis ideas no sea muy buena.

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