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contadorg escribió: Efectivamente, Sosgtorreón:
Estoy de acuerdo contigo respecto de la inclusión de la deducción inmediata en el cálculo de la base para PTU fundamentado en que el Artículo 25 de Renta señala como deducción autorizada a las inversiones. Sin embargo -aún sabiendo que la justicia no va de la mano con las disposiciones legales- siento que la deducción inmediata atenta contra el trabajador puesto que disminuye, como ya lo señalé antes, la base gravable y, por consiguiente, el monto a repartir.
En consecuencia, independientemente de la resistencia que existe por parte de algunos patrones para realizar el pago correspondiente, esta figura atenta contra el ingreso de la parte laboral.
En fin, desde mi punto de vista y atendiendo a justicia, siento que la deducción inmediata debió regularse como antes se hacía, con la mención de la aplicación de los porcientos aplicables en la Ley de Renta para salvaguardar el interés del trabajador, tratándose de la PTU.
Gracias mil
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