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    SERVICIOS DE COMEDOR????

    13 Nov 2006 22:36 #338 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: SERVICIOS DE COMEDOR????
    A reserva de lo que opine "él que de noche viene" yo no sería de la idea de adecuar, modificar, complementar o enmendar el plan de previsión social, si no de crear uno nuevo y exprofeso para el hecho que se plantea...

    Por lo que toca a darles el trato de viáticos, si bien es factible creo que en el particular caso y con los datos que aporta nuestra amiga Toñita nos encontramos con la arista de que la alimentación debe estar pagada con tarjeta de crédito del empleado... y si son obreros igual no cuentan con ella... digo, esta presunción se desprende del comentario que se hace en el sentido de que por el arrendamiento no hay comprobante fiscal, asumiendo que el arrendamiento lo equiparemos a hospedaje...

    Saludos.



    sos al sos .

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    14 Nov 2006 02:49 #349 por pepesoto
    Respuesta de pepesoto sobre el tema Re: SERVICIOS DE COMEDOR????

    A reserva de lo que opine "él que de noche viene" yo no sería de la idea de adecuar, modificar, complementar o enmendar el plan de previsión social, si no de crear uno nuevo y exprofeso para el hecho que se plantea...

    :) Buenas noches. ¿Me pongo el saco mi estimado y fino amigo SOS? Apoyo completa e indiscutiblemente su opinión. Y me declaro [una vez más], completamente inutil para las cuestiones contables. Para eso, Ustedes se pintan solos e intento [inútilmente, insisto] aprenderles. Sorry.

    El Lic.

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    14 Nov 2006 04:24 #353 por Toñita

    Si se que me podras decir, es que lo que tienes es facturas de los alimentos que compras, dividelo entre los trabajadores yo creo que no rebasa el limite que marca la ley. Por consiguiente el hospedaje y transporte no creo que tengas problemas o si?

    Como viatico no creo que puedan entrar, ya que en cuestión de trasporte si se hicieron los depositos al banco para cubrir los boletos del barco en el que viajaron los trabajadores, pero estos no tuvieron la precausión de conservarlos(asi que con lo unico que cuento son con las fichas de deposito) y en cuanto a hospedaje, como ya lo mencione anteriormente, el comprobante no esta requisitado, es por ello que descarte la opción de viaticos

    Ahora bien, si la persona que prepara los alimentos se le tiene que pagar, que creo eso no lo comentas, pero me imagino que si, o te da una factura o contratalo por asimilados, es un trabajo eventual, bien queda esta figura.

    La persona que prepara los alimentos se contrato para ello, por tanto un empleado al servicio de la empresa y no podria proporcionar un comprobante fiscal

    Pienso que puede ser menos engorroso que cambiar tu plan y luego que venga el IMSS y te quiera integrar hasta las charolas donde hacen la comida ya ves como se las gastan estos del inseguro.

    El plan de previsión social apenas si lo acabo de elaborar(claro que con fecha retroactiva :oops: ), ya que cuando entre a prestar mis servicios para la empresa no contaban con ninguno, pero si estaban en nomina algunos conceptos de previsión social, por lo que tuve que adecuarlo




    Por lo anterior pense en dos posibilidades, a).- no tomar en cuenta los gastos,
    b).- conciderarlo como un concepto de previsión social, por supuesto que esta opción se me hace un poco complicada, pero seria una mejor alternativa para la empresa.

    Agradezco mucho sus comentarios

    Que la pasen excelente.

    Saludos

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    04 Dic 2014 22:38 - 04 Dic 2014 22:59 #99559 por enrique9727
    Respuesta de enrique9727 sobre el tema SERVICIOS DE COMEDOR????
    Creo que se complican lo sencillitooo...

    ES UN SERVICIO DE COMEDOR y solo para ciertas personas que laboran fuera del area del patron.

    Porqué solventar estos gastos desde el punto de vista de una prestación o previsión social. Simplemente es un gasto que se tendrá de manera temporal. ¿Es una prestación de previsión social, POR TIEMPO INDEFINIDO?

    Se ha manifestad que se trata de un gasto indispensable por 3 o los meses que se requiera. Siendo así, ya no debe aplicar el principio de la generalidad, porque no se trata de otorgamiento por previsión social.

    No concuerdo con sosgtorreon... con respecto a la generalidad y la universalidad.

    La generalidad debe aplicarse a todos. Tampoco es que a todos, se les dé lo mismo. Puede otorgarse por niveles en distintas calidades, pero a todos. El término general, me parece que no requiere de mucha explicación.

    Pero si hubiera duda, con el diccionario sería suficiente para dilucidar la duda.

    Tampoco le daría tratamiento de gastos de viatico, no están viajando los trabajadores. Están en otra área laborando de manera continua temporalmente.

    Desde mi apreciación simplemente es un gasto indispensable a raíz del contrato, por sus circunstancias de atender a ese cliente. No son partidas de previsión social, no son gastos de viaje porque no están viajándose. Se tratan de gastos inherentes a los servicios que prestan y son gastos corrientes. No requieren realizar complicaciones para justificarlos y comprobarlos.


    Como se compruebe, debe haber pagos electrónicos. El cheque, transferencia, los monederos, tarjetas, etc...

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