- Mensajes: 3500
- Karma: 29
- Gracias recibidas: 146
gaboaranda escribió:
FISCALISTA1 escribió:
Hola compañeros aqui me surge una duda, se que al cotizar durante 5 años seguidos si te sales de trabajar, voluntariamente puedes seguir cotizando al IMSS segun el art.222 de la LSS y veo que es en todas las ramas( enfermeda, maternidad, invalidez y vida y retiro y vejez), eso quiere decir que aparte de tener derecho al seguro, podria seguir aumentando para su afore?
Gracias por sus atenciones!
Eso que que comentas mi estimado es el regimen voluntario y solo te sirve para continuar con tus semanas cotizadas para efectos de pension, ahora bien que si quieres la atencion esta tambien la opcion del seguro para la familia esto eso son dos opciones difentes pero niguna aporta la COP en su respectiva afore
saludos
Bueno en mi opinión ese articulo se refiere a la incorporación voluntaria y solo se aplica a los sujetos contemplados en el articulo 13 de la LSS, mas bien te refieres al articulo 218 y no son cinco años, son 52 semanas y mas bien se pierde el derecho si no se ejercita dentro de un plazo de 5 años a partir de la baja. Ademas si tiene un crédito infonavit puede tambien aplicar continuacion voluntaria.
Saludos!
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
slog escribió:
... Ademas si tiene un crédito infonavit puede tambien aplicar continuacion voluntaria.
Saludos!
..., ahora bien no entiendo bien el ultimo enunciado de tu comentario "Ademas si tiene un crédito infonavit puede tambien aplicar continuacion voluntaria" podrias ser mas especifico.
Gracias por tus atenciones!
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Hay 293 invitados y ningún miembro en línea