Vamos a suponer, Luis Miguel es el representante legal, estaba dado de alta como empleado de la sociedad, ya no queria pagar IMSS y dice, denme de baja para ya no estar pagando IMSS, !total, ni lo utilizo!
Se da la instruccion de la baja, se procede, el envio es digamos a las 10:00 del 07/10/2008, pero no contaba con la fatalidad de que a las 12:00, cuando fue a visitar a un cliente o proveedor se accidenta, y dice, !lo bueno es que tengo seguro!, se le olvido que pidio fuera dado de baja -convenientemente para el-, ante esto el trabajador -Luis Miguel, representante legal de la empresa- y para efectos practicos estaba dado de baja, el reingreso lo envias a la 1:00 PM, todo del 07/10/2008, entonces queda evidenciado que al momento del accidente el trabajador NO ESTABA ASEGURADO por lo que todo indica que el IMSS puede y va a pretender fincar en un futuro cercano los Capitales Constitutivos, todo porque a Luis Miguel se le olvido que habia dado la instruccion de ser dado de baja, acudio al IMSS a recibir atencion medica, dio los datos de su patron, dijo que estaba desarrollando una comision y se va a considerar Accidente de Trabajo...
¿asi es la historia?
Si es asi, lo que comentaba, probable un escrito libre para indicar que la baja de Luis Miguel se debio a un lamentable y humano error, que en realidad al que se iba a dar de baja era a Juan Gabriel, adjuntar al escrito la baja de Juan Gabriel, misma que debio ser enviada posterior a la de Luis Miguel... al menos es lo que se me ocurre para salvar la amnesia del jefe...