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    Trabajador castigado ya no regresa....

    23 Sep 2012 10:02 #84204 por pepesoto
    :dry: Hola Kike. El trabajador va a demandar. Casi lo aseguro en un 95%. Hay que esperar la demanda y ustedes preparar la defensa, que de entrada será, ofrecerle el trabajo. Ya su abogado los deberá asesorar.





    .

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    25 Sep 2012 09:54 #84238 por kikeleal
    hola buenos dias:

    muchas gracias nuevamente, Luis, JR , ppsoto, una disculpa el n haber contestado antes........

    .................................................
    todo sigue igual, no hemos hecho contacto con el trabajador, efectivamente se esta esperando llegue alguna demanda para actual al respecto.

    por lo pronto, sigo incluyendolo en la nomina, ya sin percepciones claro, pero la prenomina lo sigue incluyendo, sigue en el imss y la postura de la empresa es, que jamas se le ha corrido, incluso aun no esta cubierto su lugar en la empresa. Tambien ya esta al pendiente un abogado para tomar el caso.

    muchas gracias amigos....ya les contare el final de la historia......

    saludos!

    La vida es el mejor regalo en vida que DIOS nos da!
    Saludos!

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    25 Sep 2012 12:02 #84241 por Increiblemaz
    RECIBOS DE PAGO DEL SALARIO. CONSTITUYEN DOCUMENTOS IDÓNEOS PARA ACREDITAR QUE EL TRABAJADOR LABORÓ EL DÍA SEÑALADO COMO DEL DESPIDO.
    La relación de trabajo tiene como elemento fundamental el pago del salario como remuneración por los servicios prestados. En tal virtud, la nómina de personal, la lista de raya o el recibo de pago de salarios, sea semanal, quincenal, catorcenal o en cualquier modalidad que no rebase los plazos señalados por la Ley Federal del Trabajo, hacen presumir que el trabajador laboró en el periodo de pago correspondiente, debido a que éste representa la remuneración por los servicios prestados en los días pagados, pues su firma constituye el reconocimiento de que recibió el salario por los días trabajados, a menos que demuestre que el pago del salario por el periodo de que se trate se hizo anticipadamente. Por tanto, si en el juicio laboral el patrón exhibe cualquiera de aquellos comprobantes firmados por el trabajador, cuyo contenido no sea desvirtuado, con ellos acredita no sólo el pago del salario, sea semanal, catorcenal o quincenal, sino también que el trabajador prestó sus servicios en esos días y, por ende, son idóneos para desvirtuar el despido en alguno de los días del pago respectivo.

    Contradicción de tesis 135/2012.- Entre las sustentadas por el Noveno Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con residencia en Cuernavaca, Morelos y el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito.- 11 de julio de 2012.- Unanimidad de cuatro votos.- Ausente: Margarita Beatriz Luna Ramos.- Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano.- Secretaria: Amalia Tecona Silva.

    espero y sirva. ademas
    yo creo que si no lo han dado de baja al trabajador pueden alegar que todavía persiste la relación laboral, saludos...

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    26 Oct 2012 09:03 - 26 Oct 2012 09:06 #85043 por kikeleal
    hola buenos dias todos.

    nuevamente agradeciendo su valiosa ayuda aportada, les contare en que va todo:

    el dia de hoy tenemos cita en la junta de conciliacion:

    el trabajador demanda despido injustificado, salarios caidos e indemnizacion argumentando ademas tener un sueldo mayor al real (que en cierta parte de le otorgaba un "bono" semanal en efectivo por destajo que no se declaraba , es cierto, pero que ni conesa retibucion se llegaba al sueldo que presume tenia), y ademas alega haber trabajado jornada de 10 horas diarias sin pago de horas extras, ya que su horario era de 8 a 18 horas...........pero con 15 min para desayunar y 1 hora para comer...y y 3 sabados de descanso en un periodo de 8 semanas ...
    ...........claro eso no lo dice........

    .....y aun siguimos pagando las cuotas de seg Social...........

    y pues haber que pasa hoy......ya les contare.

    .....................................................................................

    saludos!

    La vida es el mejor regalo en vida que DIOS nos da!
    Saludos!

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    01 Nov 2012 19:23 #85207 por kikeleal
    buenas tardes amigos.....
    y para terminar este asunto....

    a la audicencia se llevaron los siguientes documentos:

    -contrato ind de trabajo

    -expediente que contenia:

    a- reporte de vacaciones
    b- todas (todas si) las nominas del trabajador, algunas no tenian su firma por lo que se anexo copia de la transferencia bancaria de su pago
    c- tarjetas de checado
    d- reporte del checador digital
    d- ultimo pago de Sua, donde aparece que aun se encuentra en la nomna despues de la fecha en que dice haber sido despedido.

    tambien acudieron los testigos de aquel dia, para manifestar que no se le habia "corrido" de su empleo....

    resultado:

    Se elaboro su finiquito al ultimo dia de labores, de acuedo a ley, sin indemnizacion, puesto que no existia tal obligacion...................................................


    muchas gracias.....

    saludos!

    pd. procedo a dar la baja ante el Imss y en nomina......

    La vida es el mejor regalo en vida que DIOS nos da!
    Saludos!
    El siguiente usuario dijo gracias: sosgtorreon

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    03 Nov 2012 09:59 #85223 por sosgtorreon
    Gracias por el seguimiento Kike.

    Saludos.



    sos al sos .

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