Si eres contribuyente persona física con ingresos por arrendamiento, es decir, Título IV, Capítulo III de LISR, mas vale que te vayas preparando, no importa si aplicas deducción ciega/opcional o llevas contabilidad, el SAT está avisando y lo mejor es irse preparando, ¿Estás preparado?
El siguiente aviso aparece desde hace algunos días en el portal del SAT, de momento sin saber detalles del porqué, aunque conocerlos no creemos haga diferencia, todo indica que la decisión ya está tomada. ¿En qué va a impactar?, de entrada en materia de pago de impuestos se asume que en nada, quizá todo el cambio que vayamos a experimentar sea al momento de seleccionar la ruta de acceso para cumplir con la obligación de presentar los pagos provisionales de ISR o mensuales de IVA, quizá, solo quizá. Por lo que valga y aplique conviene estar atentos al sitio oficial de la autoridad.