CP Guillermo Faustino Anacleto, egresado de la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca.
Como sabemos el uso de “Mis Cuentas”, es una opción viable para contribuyentes con ingresos de hasta 4 millones. No podemos perder de vista los siguientes matices.
Recordemos que la regla 2.8.1.5 de la RMF 2018 nos indica que el uso de “MIS CUENTAS” es automático para los contribuyentes conocidos como RIF (Régimen de Incorporación Fiscal), al igual que para los contribuyentes Personas Físicas con Actividad Empresarial y Profesional, (PFAEyP) con ingresos inferiores a 2 millones, lo que se traduce en que para dichos contribuyentes NO hay necesidad de petición para su uso.
Sin embargo para las PFAEyP con ingresos en el ejercicio anterior de hasta 4 millones, el uso de “MIS CUENTAS” (y por consiguiente el no envío de la Contabilidad Electrónica) se realiza a petición desde “MI PORTAL”, presentando un caso de aclaración con el trámite "OPCION MIS CUENTAS CONTAB ELEC". La condición es que desde el 2013 no se haya excedido el monto de ingresos acumulables de 4 millones, todo ello acorde a la regla 2.8.1.19., destacando que para la presentación del CASO DE ACLARACIÓN se tiene como plazo hasta el último día de este mes de febrero de 2018.