Flotaba en el ambiente la duda valida y genuina de que si derivado de darse de alta en el REPSE, mas como consecuencia de una presión por parte de algún o algunos clientes bajo amenaza de no darle más trabajo que como una obligación real por las actividades desempeñadas/contratadas, se estaba o no obligado a darse de alta en el portal “Anti lavado”, ¿Con qué actividad registrarse?, y si ya inscrito en ese portal se presentaban o no reportes, consideramos que lo siguiente despeja esa duda.