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Ahora bien, como en realidad no va a darse venta o traspaso alguno de la negociacion (activos-nombre comercial) si no que solo se va a cambiar de nombre -contribuyente-, puede uno suponer que de estar a nombre del papa va a pasar a estar a nombre del hijo, el primo o el cuñado... puede considerarse la posibilidad de no incluir los activos en la contabilidad, y celebrar contratos de comodato entre el actual propietario y el nuevo patrono...
Expones hay una buena cantidad de activos de los que se carece de comprobante, ello deja la duda no de como se podran registrar en la nueva contabilidad, si no de ¿como estan actualmente registrados?, la legal propiedad puede ampararse con un acto notarial...
Lo ideal seria que el actual dueño le enajene los activos al nuevo contribuyente, facture todo y asi el nuevo empresario podra iniciar su contabilidad reconociendo el total del activo, si por esta enajenacion derivan o no cargas tributarias va a depender del historial fiscal del actual contribuyente... De no desear realizar enajenacion alguna de activos por que les pueda hacer incurrir en costos fiscales no deseados, la alternativa del comodato sigue siendo vigente, maxime que como parece intuirse todo apunta a que la cosa queda en familia...
es una sustitucion patronal para efectos del imss, para el caso de los activos fijos que le den un valor comercial y asi los registras, activo fijo (cargo) patrimonio (abono).
En la cuestion de los biene puedes tener o no la factura, ya sea que hagas un contrato de compra-venta ante notario donde se puede detallar que es exactamente lo que se esta tratando.
Tambien pudiera ser a traves de corredor publico, esto si no existiera una factura de por medio y ya quedaria a juicio de el que requisitos le presentarias para corroborar tu legitima propiedad de los bienes en que se trate.
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De la mayoria de los activos no hay facturas y no estan registrados en contabilidad, de algunos si hay, pero como repito, la mayoria no..Si fueras tan amable de indicarnos si actualmente estan o no reconocidos en contabilidad... y lo de la legal propiedad con acto notarial es otra opcion. Desde luego que el registro seria reconciendo el tipo de activo en particular contra patrimonio.
Eso suena bien, pero como, solo les doy un valor que yo estime o como? o tiene que ser un corredor publico.para el caso de los activos fijos que le den un valor comercial y asi los registras, activo fijo (cargo) patrimonio (abono).
Esto seria que el corredor los valuara y los reconociera como legitimos para poder registrarlos o como?Tambien pudiera ser a traves de corredor publico, esto si no existiera una factura de por medio y ya quedaria a juicio de el que requisitos le presentarias para corroborar tu legitima propiedad de los bienes en que se trate.
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