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    CONGELAMIENTO DE CUENTAS POR EL INFONAVIT

    24 Ene 2013 15:26 - 24 Ene 2013 15:37 #86746 por fiscalista 1
    Asi es Hugo algunos contadores marchan como soldaditos como tú coprenderas , pero hasta se menciona de otras formas de extinción de obligaciones, pregunto que tendría que ver en este asunto en dónde se dá?, jejejeje.





    Saludos c.p. Hugo Flores.



    *Tan bien que iba con los abogados.

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    24 Ene 2013 16:13 #86747 por CPHugoocejo
    Que onda Saulin

    - a que mi buen, mejor póngase a estudiar.
    - Por lo pronto sigo dando lectura a las excelentes aportaciones del Sr. JRVALLES con un cafecito.


    un saludazo

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    24 Ene 2013 16:16 #86748 por Milescoro
    Bueno, bueno bueno.

    Dejemos por la paz la situacion, yo plasmo mi criterio y no creo que sea malo, simplemente mi forma de aplicar la norma, no es en base a lo puedo ganar en un juicio, habra quien opine diferente, pero me gustaria verlo en una revision, finalmente el auditor te puede dar una acumulacion de ingresos para el presidente del consejo de admon, quien recibio los pagos de la empresa, y a los clientes que pagaron con todo y copia del contrato, hacerselos no deducibles, es posible......

    Ojo, digo es posible, como tambien es posible que el auditor (y el comite de auditoria del SAT), aprueben el contrato y lo validen.

    Cuestion de enfoques.

    Si quieren veanlo como mi punto de vista conservador.

    Saludos.

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    25 Ene 2013 09:15 - 25 Ene 2013 09:32 #86758 por fiscalista 1
    A que Huguín, sólo me hace reir con sus ocurrencias, pero bueno .

    Por cierto mi buen amigo, ojala puedas venderme un cursito de $ 500.00 y asi aprender me imagino traen buenos criterios jurídicos ejejej(broma).

    Saludos !!!!

    P.D., Ya Hugo opina no repitas lo que dicen los demás, de lo contrario chafeamos este importante FORO.

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    25 Ene 2013 09:31 #86759 por fiscalista 1
    Hola MARCOANTONIOIG.

    Para dar por terminada mi intervención ´me colocaré en los supuestos que el contribuyente se encontaría al hacer los depositos en la cuenta del tercero.

    1.- Con el contrato comentados se pueden hacer los depositos a la cuenta del PRESIDENTE DEL CONSEJO de todas las entradas de efectivo de la actividad del contribuyente.( CORRECTO).

    2.- Durante ese tiempo el contribuyente tendrá que realizar pagos, a provededore, acreedores, Impuestos, etc., y lo hará en tercero(PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION).

    Mis comentarios se centraron en los pagos de DEDUCCIONES FISCALES que en mi opinión no serían deducibles por la razón de que lo hará el tercero pero no se cumplen con lo dispuesto por el Art.31 f-III ni con la opción del Artículo 35 R.L.I.S.R.(R.M.F.2013), tampoco ahí se va dar el nacimiento de deudas,etc., para poder aplicar otra forma de extinción de las obligaciones.

    Pero bueno los colegas abogados pueden tener mejores argumentos lógicos jurídicos.



    Saludos !!!!

    *La aplicación e interpretación de la Leyes Fiscales.
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    25 Ene 2013 09:40 #86761 por JRVALLES
    Buen dia

    Saludos y respetos a todos, ademas del sincero agradecimiento te retroalimentar el tema.

    Respeto las ideas de todos y como bien lo manejan, cada habla de su experiencia y sus razonamientos

    Gracias

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