Hola buenas tardes tengo duda en cuanto a la forma o en que tipo de sistema llevaran su contabilidad los del RIF, de acuerdo al 28 F. III del CFF, la contabilidad se llevara en medios electrónicos, la regla I.2.8.2 dice lo siguiente:
Sistema de registro fiscal
I.2.8.2. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 28, fracción III del CFF, los contribuyentes del régimen de incorporación fiscal, así como el resto de las personas físicas, podrán ingresar a la aplicación electrónica “Sistema de Registro Fiscal”, disponible a través de la página de Internet del SAT, para lo cual deberán utilizar su RFC y Contraseña.
Una vez que se haya ingresado a la aplicación, los contribuyentes capturarán los datos correspondientes a sus ingresos y gastos, teniendo la opción de emitir los comprobantes fiscales respectivos en la misma aplicación.
En dicha aplicación podrán consultarse tanto la relación de ingresos y gastos capturados, como los comprobantes fiscales emitidos por este y otros medios.
Los contribuyentes que presenten sus registros o asientos contables bajo este esquema, podrán utilizar dicha información a efecto de realizar la integración y presentación de su declaración.
Con excepción de los contribuyentes sujetos al RIF, las personas físicas que cuenten con un sistema contable electrónico, podrán optar por llevar su contabilidad a través del mismo, siempre que cumplan con lo señalado en la regla II.2.8.2.
CFF 28, RMF 2014 II.2.8.2.
En primer lugar, el primer párrafo de esta regla dice que los contribuyentes del RIF, así como las demás P.F, "PODRAN", entiendo que esto no es obligatorio, si no que es una opción.
Sin embargo en el ultimo párrafo de la regla, menciona que la contabilidad podrá llevarse en un sistema electrónico con el que ya cuenta el contribuyente, siempre que se ubiquen en el supuesto de la regla II.2.8.2, esta opción de llevar la contabilidad en un sistema electrónico, excluye a las del RIF, es decir, esta dirigida a las demás P.F.
Esto es lo que me confunde, ya que el primer párrafo habla de una opción, pero el ultimo párrafo las obliga a llevar su contabilidad en el citado SISTEMA DE REGISTRO FISCAL.
Podrían apoyarme con sus comentarios sobre esta regla y en que sistema llevaran su contabilidad las P.F del RIF.
Saludos.