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    CAUSACION DE IVA

    26 Nov 2014 23:17 #99398 por libus
    CAUSACION DE IVA Publicado por libus
    Buenas noches caballeros, ya en una ocasión atendieron amablemente una de mis preguntas, en aquella ocasión solicite apoyo en relación a la causación de IVA en transportación de mercancías al extranjero.


    Ahora nuevamente solicito sus comentarios en relación a lo siguiente


    Somos empresa con domicilio fiscal en México D.F., realizamos transportación terrestre de mercancías de nuestros diferentes clientes, subcontratamos permisionarios y en ocasiones trabajamos también con tractos propios.

    Preguntas:

    1.- ¿ es correcto el cobro del IVA a nuestros clientes en Centroamérica por la transportación de sus mercancías vía terrestre con nuestros tractos, iniciando en mismo Centroamérica y con destino al interior de la republica mexicana ?


    2.- si la respuesta es si ¿me podrían regalar el fundamento legal?


    3.- si dicha operación la realizamos con un tercero (permisionario subcontratado con domicilio fiscal en México D.F. ¿El permisionario tiene la obligación de cobrarnos a nosotros el IVA, por transportar las mercancías de nuestro cliente, de Centroamérica al interior de la republica Mexicana?


    Por sus comentarios y atención a la presente Gracias.. :)

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    05 Dic 2014 13:11 #99571 por enrique9727
    Respuesta de enrique9727 sobre el tema CAUSACION DE IVA
    Estos servicios quien los contrata, me refiero a que si son nacionales o extranjeros con RFC en México o son extranjeros que surte a mexicanos.

    Finalmente quien se beneficia con el traslado de esos bienes, son mexicanos o extranjeros. Si son extranjeros a donde llega la mercancía aquí en México, tiene RFC negocios en México o para que se traen estas mercancías con qué fin.

    Gracias

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    05 Dic 2014 17:43 #99582 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema CAUSACION DE IVA
    ¿ Servicio en territorio nacional?
    ¿ Donde inicia y termina ?
    ¿ Quien maquila a quien ?......

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    06 Dic 2014 08:36 #99585 por libus
    Respuesta de libus sobre el tema CAUSACION DE IVA
    Mi estimado Enrique la operación es la siguiente:

    El cliente es Kellogs Centroamérica. con RFC y domicilio fiscal en El Salvador

    Nosotros somos empresa constituida en México, con domicilio fiscal en el D.F. realizamos la transportación de la mercancía de Kellogs Centroamérica como permisionario. O valga transportista, y esta operación la realizamos vía terrestre con nuestros tractos, dichos tractos se encuentran en territorio nacional, se trasladan hasta el Salvador, se levanta la mercancía y se trae a territorio nacional, al estado de Querétaro.

    Ojo nosotros no realizamos la importación de la mercancía, solo la transportamos de Centroamérica a territorio nacional, por ende el beneficiario con la transportación de dicha mercancía es kellogs Centroamérica. nosotros solo realizamos el servicio de transporte, de territorio extranjero a territorio nacional.

    espero que estos datos te hayan sido mas explicitos mi buen Enrique.

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    06 Dic 2014 09:36 #99586 por libus
    Respuesta de libus sobre el tema CAUSACION DE IVA
    Mi estimado Contador Hugo las respuestas son las siguientes

    ¿servicios en territorio nacional? la iniciamos con tractos vacíos de México D.F. a El Salvador, se carga la mercancía y se transporta a territorio nacional al estado de Querétaro, para mi si es una operación en territorio nacional


    ¿Dónde inicia y donde termina? Inicia en México D.F sin carga. Intermedio en El salvador para carga de mercancía y se retornan los tractos ya con mercancía a territorio nacional.


    ¿Quién maquila a quien? Nosotros le maquilamos a kellogs Centroamérica el servicio de transporte de mercancía de Centroamérica a territorio nacional



    Mi estimado Contador Hugo, en mi apreciación esta operación esta afecta a la tasa general, ya que la ley del iva me fundamenta dos condicionantes para estar a la tasa general

    LEY DEL I.V.A.

    Capitulo III
    DE LA PRESTACION DE SERVICIOS

    Articulo 14. Para los efectos de esta ley se considera prestación se servicios independientes:

    I. La prestación............

    II. El transporte de personas o bienes. (primera condicionante afecta a la tasa general)



    LEY DEL IVA

    PRESTACION DE SERVICIOS EN TERRITORIO NACIONAL

    Articulo 16. Para los efectos de esta ley se entiende que se presta el servicio en territorio nacional cuando en el mismo se lleve a cabo, total o parcialmente, por un residente en el país.

    En el caso de transporte internacional, se considera que el servicio se presta en territorio nacional independientemente de la residencia del porteador, cuando en el mismo se inicie el viaje, incluso si este es de ida y vuelta.

    ( Segunda condicionante, aun con el tracto vacío, el servicio se inicia en territorio nacional, y se cumple con el segundo párrafo del 16 ya que nuestro servicio es de ida y vuelta, iniciando en México D.F. Intermedio en El Salvador y destino territorio nacional.)



    Mi estimado Contador Hugo, aquí nuestro gran problema es que el cliente no nos quiere aceptar el traslado de IVA. argumentando que a nadie de sus proveedores de procedencia Mexicana se les paga el IVA en este tipo de servicios.

    Espero que lo expuesto sea lo correcto y si no es así, con atención escucho sus tan atinados comentarios

    Gracias

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    06 Dic 2014 22:14 #99595 por enrique9727
    Respuesta de enrique9727 sobre el tema CAUSACION DE IVA
    Pero entonces a quien le deben solicitar el fundamento para que no les cobren Ustedes el IVA, sería a su cliente.
    Solicítenselo. Pues ellos están súper seguros de que no les cobren el IVA. Realizan un servicio, debe haber un cobro de IVA, pero nosotros no somos los indicados en apoyarle. Porque la historia de la película está de lado de su cliente y no la conocemos por este lado que nos pregunta.

    Posiblemente Ustedes traslada y ellos les retienen es IVA. Por favor pregunten a ellos. Si no le responden. El cobro de IVA considero que debe ser íntegro, salvo las retenciones del IVA por fletes de mercancías Art 1º.A fracción II c). Pero si es raro porqué no les pagarían el resto del IVA. De verdad es medio desconcertante su situación.

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