buenas tardes, soy nuevo en el foro y justo estoy por decidir compensar un saldo a favor de isr de mi declaracion anual de 2015, presentada via DeclaraSat en abril, contra el saldo de isr a cargo en mi declaracion provisional de abril 2016.. segun me confirmaron en el chat, si puedo apegarme a la regla 2.3.13, pues ellos consideran todas las declaraciones presentadas a partir del 1 de enero de 2016 como parte del Servicio de Declaraciones y no tendria que enviar ningun aviso de compensación, anexos, documentos digitalizados, etc, basta con manifestarlo en mi declaracion provisional y autodeterminar mi remanente y actualización. sin embargo, la autoridad se sigue reservando el derecho, de que en caso de inconsistencias, me envie notificación via el buzon tributario y me requiera los documentos que considere pertinentes, lo que no indican es si se presentaria en tal caso, una complementaria o de que modo se podrian subsanar los errores o dudas que tengan. En la oficina del Sat, el jefe de compensaciones me sugirió que mejor presentara el excel, anexos y pdf´s como se hacia anteriormente... que opinan?