Dando continuidad al tema del Coeficiente de utilidad que se emplea para pagos provisionales tenemos lo siguiente:
¿Cuántas fracciones y porque?, el coeficiente de utilidad se utiliza con hasta cuatro cifras después del punto decimal, el fundamento lo tenemos en el RLISR, a saber:
Artículo 10. Se calculará hasta el diezmilésimo el coeficiente de utilidad a que se refiere el artículo 14, fracción I de la Ley.
Historia: Antes de la Ley del ISR publicada el 01 de enero del 2002; las personas morales debían efectuar un ajuste semestral a los pagos provisionales, como remedio a las diferencias causadas por el uso del coeficiente de utilidad, haciendo una “simulación” de impuesto del ejercicio.
El coeficiente en el ejercicio de liquidación.
Para calcular los pagos provisionales, se considerará como coeficiente de utilidad el que corresponda a la última declaración que al término de cada año de calendario el liquidador hubiera presentado o debió haber presentado o el que corresponda al último ejercicio de doce meses por el que se tenga dicho coeficiente (de hasta 5 ejercicios).
El coeficiente de utilidad después de fusión.
Los contribuyentes que resulten de una fusión de sociedades, efectuarán pagos provisionales a partir del mes en el que ocurra la fusión. El coeficiente de utilidad, se calculará considerando de manera conjunta las utilidades o las pérdidas fiscales y los ingresos de las sociedades que se fusionan.
El coeficiente después de Escisión.
Los contribuyentes que surjan de una escisión de sociedades efectuarán pagos provisionales a partir del mes en el que ocurra la escisión, aplicando el coeficiente de la sociedad escindente.
Calculo del coeficiente si se optó por aplicar Deducción Inmediata.
En el artículo tercero fracción II de las Disposiciones de vigencia temporal se permitió durante los ejercicios 2017 y 2018, aplicar la deducción inmediata de algunos conceptos de inversiones en bienes de activo fijo nuevos que. Y al respecto, el último párrafo de ese artículo señala:
Para los efectos del artículo 14, fracción I de la Ley del Impuesto sobre la Renta, los contribuyentes que en el ejercicio 2017 apliquen la deducción inmediata de la inversión de bienes nuevos de activo fijo, deberán calcular el coeficiente de utilidad de los pagos provisionales que se efectúen durante el ejercicio 2018, adicionando la utilidad fiscal o reduciendo la pérdida fiscal del ejercicio 2017, según sea el caso, con el importe de la deducción a que se refiere la fracción II.
En un obviar de datos cabe comentar que los ejercicios numéricos de este supuesto fueron incluidos en la Parte I de este material.
Coeficiente en el mes de enero del ejercicio siguiente:
En la declaración del ejercicio se determinan la utilidad y se declaran los ingresos obtenidos, al mismo tiempo que se determina y se manifiesta el Nuevo coeficiente de utilidad aplicable al ejercicio siguiente del que se declara.
Ahora bien; el plazo de presentación de la mencionada declaración vence hasta el 31 de marzo del ejercicio siguiente; de tal forma que si presentamos la declaración durante el mes de marzo, el pago provisional de ese mes ya deberá calcularse con el nuevo coeficiente de utilidad. No obstante, si tenemos alguna estrategia y decidimos presentar la declaración del ejercicio en el mes de enero, entonces el pago provisional del mes de enero deberá calcularse con el coeficiente de utilidad declarado.
Una rareza para cerrar. Coeficiente de utilidad, mayor a la unidad.
Ingresos Acumulables del Ejercicio | 710,000.00 | |
(-) | Ajuste Anual por Inflación Acumulable | 506,000.00 |
(=) | Ingresos Nominales del Ejercicio | 204,000.00 |
Utilidad fiscal del Ejercicio | 580,000.00 | |
(/) | Ingresos Nominales del Ejercicio | 204,000.00 |
(=) | Coeficiente de Utilidad | 2.8431 |
Lo planteado califica como toda una rareza, pero es factible en escenarios de sociedades con bajos ingresos nominales, alto nivel de apalancamiento o incluso en sociedades de reciente creación y deudas altas. La curiosidad es mayor cuando vemos que en la plataforma de la autoridad el dato del coeficiente de utilidad admite se capture un dato mayor a 1.000.
CP Efrain Ortiz Pérez
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