Realizar una anticipada y adecuada programación de eventos y descansos nos ayuda a programar o dosificar nuestra carga de trabajo, siempre será bueno saber cuándo pisar el acelerador y cuando sacar el pie del mismo, por lo que conocer desde ya los días de descanso obligatorio y los llamados “fin de semana de largos” resulta conveniente. Resulta interesante no perder de vista que los días de descanso obligatorio son los que dispone la Ley Federal del Trabajo en su artículo 74, por lo que partiendo de dicha referencia legal tenemos para 2020 lo siguiente;
Enero
Miércoles 1 de enero, descanso oficial por la festividad de Año Nuevo.
Febrero
Lunes 3 de febrero en celebración de la Constitución Mexicana, aunque su promulagación fue un 5 de febrero de 1917, se “mueve” el día y se tiene un “fin de semana largo”.
Marzo
Lunes 16 de marzo, se descansará por la conmemoración del natalicio de Benito Juárez, originalmente es el 21 de marzo coincidentemente con el inicio de la primavera. Segundo “fin de semana largo”.
Mayo
Viernes 1 de mayo, Día del Trabajo.
Septiembre
Miércoles 16 de septiembre, Día de la Independencia de México.
Noviembre
Lunes 16 de noviembre (tercer lunes de noviembre) en conmemoración del Día de la Revolución que es el viernes 20.
Diciembre
Viernes 25 de diciembre, por la festividad de la Navidad.
¿Cuándo es la Semana Santa 2020?
El período se dará del domingo 5 al sábado 11 de abril.
Listo, organiza agenda, programa trabajo, disfruta descansos.