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- Publicaciones en el DOF del viernes 23 de octubre ...
- En: Fiscal / Publicaciones
- 2 días 58 minutos antes
En el portal del SAT (como de costumbre) podemos encontrar hoy una versión anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2018, ¿Qué contiene?, lo que podíamos suponer, la facilidad o prórroga para la presentación de la declaración anual de personas físicas del ejercicio 2017. Pero no solo contempla esa facilidad (revisar Quinto Transitorio), se sugiere prestar especial atención a lo que dispone regla 2.7.5.7, para su mayor conocimiento se cita a continuación lo referido en forma textual.
Como se veía venir el SAT ha ampliado el plazo (de momento en forma extra oficial, pero en breve con todas las formalidades que el caso demanda) para la presentación de la declaración anual 2017 de personas físicas, debido en gran medida a las múltiples fallas (lo reconozcan o no) en su plataforma.
Aqui el comunicado:
Leer más: Ampliacion de plazo declaracion Anual 2017 personas fisicas
Las campañas publicitarias de la autoridad en referencia a la presentación de la declaración anual de personas físicas por lo regular realizan especial énfasis en la facilidad de su presentación, la agilidad en el proceso de devoluciones y a la cantidad de medios y alternativas para su presentación, pero eso digamos (dejando de lado si es cierto o no) resulta de utilidad para los cautivos, es decir, para aquellos que ya han presentado declaración en ocasiones anteriores, pero porque no destinar parte de esa campaña para hacer consciencia de que presenten su declaración aquellos que no saben que la deben presentar. Sabemos que la ignorancia de ley no disculpa el delito, pero los que no saben, ¿Tienen alguien que se los haga saber?
Este año la plataforma que se emplea para presentar la declaración anual de personas físicas presenta una novedad, quizá para muchos pase inadvertido o le consideremos irrelevante, pero quizá otros consideren derivada de esa novedad oportuno enviar una carta a sus clientes para hacerles ver la necesidad de una transparente comunicación entre contribuyente y contador.
¿De qué novedad hablamos?
Leer más: No tengo ingresos, ¿Debo presentar declaración anual?
Las posibilidades o motivos por los que hoy en día puede ser rechazada una devolución automática son tantos y tan variados, que ya no sabe uno que pensar. Se tiene conocimiento de rechazos a solicitudes en las que se aceptó la propuesta de la autoridad en base a la información precargada en su portal, ¿Es posible?, tan lo es, que los rechazos rondan en imágenes en Internet, a continuación una imagen de una circular, la que nos revela o avisa que quizás sea preferible esperar un poco para la presentación de la declaración anual, lee y decide lo que mejor te convenga.
Leer más: Personas Físicas, saldos a favor de ISR 2017, el caos sigue.
Abril no es un mes que importe solo a las personas físicas, ya que si bien es el mes en que las personas físicas deben cumplir con la presentación de su declaración anual y si bien es cierto que el periodo de presentación oportuna para las personas morales lo es de enero a marzo, en abril es importante que los que elaboran pagos provisionales de persona moral pongan especial atención en revisar el coeficiente de utilidad que se ha de utilizar de este mes en adelante, al igual que algunos otras de especial relevancia e impacto para el pago provisional, por ejemplo, monto de pérdidas fiscales pendientes de amortizar y la PTU del ejercicio.
¿De dónde obtenemos la información?

Hoy día el Servicio de Administración Tributaria tiene una fuerte campaña en los distintos medios masivos de comunicación promoviendo que TODOS los mexicanos presentemos la DECLARACION ANUAL. Si bien es cierto que sería deseable que todos los mexicanos contribuyéramos al gasto público conforme lo marcan las leyes y presentáramos declaraciones periódicas, también es cierto que la DECLARACION ANUAL es una obligación establecida en Ley solo para las personas que perciban ciertos ingresos y obligatoria solo si reúnen ciertas condiciones. Veamos cuales condiciones necesarias para que un asalariado presente declaración anual.
Mucha gente pensamos que tener un perfil, grupo o fanpage o página de Facebook es lo mismo que tener una página de internet. Sin embargo con el reciente escándalo de Cambridge Analytica, en el que quedó de manifiesto el robo y explotación ilegal de la información privada de 50 millones de personas de Facebook, es momento de hacer algunas reflexiones y, sobre todo, de tomar la mejor decisión para nosotros y nuestra empresa o negocio.

En un mundo globalizado en el que en cualquier lugar se tiene de todo, es obligado que en la contabilidad igualmente sea cada vez más común tener de todo, quedaron ya atrás los tiempos en que realizar operaciones en moneda extranjera, dólares en su mayoría por nuestra ubicación geográfica, eran situaciones exclusivas de grandes empresa. Hoy día, con los canales de comercialización más contribuyentes tienen dicha necesidad o realidad, la pregunta es, ¿Tienes claro como registrar las operaciones en dólares en la contabilidad?, a continuación ponemos a tu disposición el siguiente material elaborado por el CP Enrique Corona Mendoza.

En días pasados el portal del SAT al intentar acceder al apartado de la declaración anual para personas físicas, aparecía un mensaje que algunos consideraban rallaba en lo “sobre natural” o de “ultra tumba”, esto al hacer el mensaje alusión a si se deseaba presentar en forma anticipada una declaración por fallecimiento. Pues bien, dicho mensaje ya no aparece, toda vez que ya se encuentra habilitada y disponible la herramienta para la presentación de la declaración anual por el ejercicio 2017.
Por lo que ahora sí, parafraseando a la autoridad diremos; Revisa, acepta y envía. Pero por no dejar te recomendamos revisar la RMF en lo relativo a los saldos a favor de ISR de personas físicas.
Leer más: Anual de Personas Físicas, inicia (para unos) el viacrucis de saldos a favor.

¿Eres trabajador?, entérate que hay una obligación que tienes y a lo mejor ni sabes. Para otros segmentos de contribuyentes, personas morales o personas físicas con actividad empresarial (por citar solo dos) no es nuevo el comentario en el sentido de que el fisco de una forma u otra ha venido de un tiempo a la fecha si no endosando si compartiendo la fiscalización de clientes y/o proveedores.
La buena noticia para los trabajadores es que el SAT les comparte la responsabilidad de vigilar o fiscalizar a sus patrones, por medio de estar atentos a la correcta emisión de sus recibos de nomina. Claro, algunos trabajadores inconformes expresan que "hubieran avisado a tiempo", no un año despues.

SAT, previniendo “prácticas indebidas” en la emisión de CFDI, confunde.
En fechas recientes, el SAT dio a conocer un "decálogo” referido a diversas prácticas que la Autoridad Fiscal considera indebidas. En este documento se señala que estas prácticas deben ser tomadas en cuenta por emisores y personas que solicitan facturas, con la finalidad de proteger el derecho que tienen los contribuyentes de deducir y acreditar impuestos. Lo anterior a fin de que tanto emisores como receptores las conozcan y puedan, de manera efectiva, ejercer sus derechos de forma fácil, rápida y sin comprometer datos personales. Pues bien, en el punto 5 de estas prácticas indebidas se establece lo siguiente:
Leer más: SAT, previniendo “prácticas indebidas” en la emisión de CFDI, confunde.

Los que tienen varios calendarios acumulados en su experiencia profesional saben que decir, “es que cambian todo cada año” es en realidad lo que se da en llamar un “lugar común” o “queja recurrente”, ya que en realidad los cambios no son tantos de año en año, el cambio radical en personas morales que se recuerda con mayor impacto quizá lo representan la deducción del costo de ventas en lugar de las adquisiciones netas, el cambio del IMPAC por el IETU o la eliminación de este, sin que ello quiera decir que no haya otros de interés y relevancia.
Esto nos deja en el escenario de concluir que archivos o temas de años anteriores tienen impresionante vigencia año con año, lo de menos sería darles una revisada, adecuada y presentarlos como “nuevos”, preferimos dejar los vínculos a material que se encuentra en nuestro archivo histórico para que lo revisen y ya saben, en caso de dudas, exponerlas en el foro correspondiente para recibir el apoyo de la comunidad toda.
A continuación vínculos a temas relacionados con la declaración anual de personas morales.
En los días por venir no será extraño que clientes personas físicas (asalariados en su gran mayoría) nos llamen extrañados para decirnos o preguntarnos si es cierto que este año ya no les van a emitir constancia, si recursos humanos lo sabe, nosotros no podemos quedarnos a la zaga.
Recuerda que contador prevenido vale por dos, quizá te resulte de utilidad el siguiente texto para anticipar esas llamadas y mandar una circular adaptando el siguiente modelo a tus necesidades particulares.
Leer más: Por 2017, NO constancias de ingresos y retenciones.
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