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Una propuesta para volver a MÉXICO más atractivo.
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Una propuesta para volver a MÉXICO más atractivo.
CP Armando Jiménez Pineda
Mientras que el presidente de nuestros vecinos del norte ha propuesto bajar la tasa del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para mejorar las condiciones de las empresas y las personas que actualmente radican en su territorio, para con estas medidas atraer inversiones para crear empleos. Algunos analistas señalan que esto es disparatado y que aunque a corto plazo pueda resultar atractivo, a mediano plazo su economía tendrá un déficit muy grande.
De este lado del río el gobierno mexicano señala no tener margen de maniobra para hacer algo similar. Algunos políticos y analistas señalan que solamente pudieran bajar las tasas de ISR si incrementan la tasa del IVA y además implementar el IVA en forma generalizado, es decir gravar alimentos y medicinas. Ya que si dejan de recaudar, de alguna manera van a necesitar contraer deuda para cubrir el ingreso faltante además de pagar los intereses correspondientes a la deuda que se contrae.
Sin embargo, sugerimos analizar la situación como verdaderos ESTADISTAS y no bajo la óptica de un Gobierno Recaudador, esto es, pensando en lo que es mejor para los mexicanos y no pensando sólo en obtener ingresos para cumplir con un presupuesto autorizado para “brindar bienes y servicios públicos a la sociedad”. Cierto, los mexicanos necesitamos esos bienes y servicios, pero de poco sirven si no tenemos buenos empleos.
Revisando el escenario a nivel mundial se puede decir que podemos ser pioneros en obtener “PRÉSTAMOS SIN COSTO”, manejados como inversión de nuevas empresas a TASA 0% de ISR y por si fuera poco también tasa 0% en IVA e IEPS, todo con el objetivo de generar miles de empleos remunerados competitivamente a nivel mundial que vengan a reactivar nuestra economía y lograr que México crezca a tasas de dos dígitos, en vez del 1.5 o 2% esperado para este 2017.
Para ello se presenta la siguiente propuesta, cuya aplicación es muy sencilla:
“Invitar a grandes empresas extranjeras exportadoras a establecerse en territorio mexicano con la promesa de no pagar ISR durante los próximos 10 años, renovable cada 10 años si se mantienen las condiciones iniciales de empleos fijos y otros requisitos que se consideren importantes, además de otros beneficios en IVA e IEPS”.
Ahora bien, lo importante de cualquier propuesta siempre es el “COMO” llevarla a cabo y para ello requerimos mínimo 3 cosas:
El contador, el determinador de impuestos, el futuro y el estilo de vida.
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- Escrito por: www.aportacionesfiscales.com
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El contador, el determinador de impuestos, el futuro y el estilo de vida.
Según proyecciones de diversos estudiosos, una de las carreras que en el futuro puede llegar a desaparecer es la de contador público. Luego de revisar y analizar sus conclusiones uno puede coincidir con ellos, claro si es que coincide primero uno en restringir el campo de acción de un contador público a solo determinar pagos de impuestos. Si en realidad hace uno honor a la profesión de contador público no tendría motivo de preocupación, pero si uno solo determina pagos de impuestos, entonces si habrá que ir poniendo las barbas a remojar.
No es un secreto que la tendencia en materia de impuestos es que la autoridad pueda determinar (en forma preliminar, basada en la información que de ellos tenga) los pagos de impuestos al contribuyente, al menos hacia eso apuntan sus disposiciones, eso sin duda va a provocar una contracción del campo de trabajo. En los despachos de contadores se puede anticipar habrá necesidad de reducir las plantillas de trabajo. Si como contador no has sabido hacerte notar y ser necesario para otras labores y áreas, estas en problema no en el futuro, si no desde ayer.
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LA DEDUCCION DE GASTOS DE VIAJE Y SUS REQUISITOS 2017
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- Escrito por: C.P. Enrique Corona Mendoza
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Desde la reforma fiscal del 2014 las autoridades fiscales cuentan con más elementos para poner en duda las deducciones fiscales de los contribuyentes. Se exige al contribuyente contar con un CFDI, con la materialidad de la operación, con contratos, expresar la razón de negocios y una extensa lista de requisitos adicionales que en muchas ocasiones superan lo establecido en las LEYES. En este análisis nos avocaremos a revisar los principales requisitos para poder deducir los gastos de viaje, también llamados Viáticos.
Se entiende como gastos viaje como las erogaciones que realiza el empresario, personal de la empresa o un tercero autorizado por la misma, para realizar una encomienda que generara un beneficio para el ente económico. Los gastos de viaje se pueden erogar para adquirir una mercancía, para prestar un servicio a nombre de la sociedad, para enajenar y entregar un producto, para cobrar un adeudo a favor de la empresa, para recibir capacitación pagada por la empresa u otro asunto similar. Contablemente lleva su registro en el concepto Gastos de viaje, desglosando en dicho concepto los gastos erogados por hospedaje, alimentación, transporte, renta de automóvil, propinas, etc.
La autoridad ha establecido que no cualquier personaje puede erogar una cantidad y nosotros la podremos deducir bajo el concepto de gastos de viaje. Según su criterio para poder deducir dichas cantidades es indispensable que la persona que eroga dichos gastos sea alguien con quien tengamos una relación laboral o nos preste servicios profesionales. Esto lo menciona en el Criterio No vinculativo 6/ISR/NV denominado: Gastos a favor de tercero. No son deducibles aquellos que se realicen a favor de personas con las cuales no se tenga una relación laboral ni presten servicios profesionales publicado en el Anexo 3 de la RMF 2017.
Los principales requisitos que establecen las disposiciones fiscales para poder deducir dichas erogaciones por conceptos de gastos de viaje son las siguientes:
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Imágenes de colección.
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- Escrito por: www.aportacionesfiscales.com
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Existen personas con un fino y desarrollado sentido no solo del análisis, si no de la elaboración de un resumen, son capaces de condensar una buena cantidad de palabras en unas cuantas, para www.aportacionesfiscales.com resulta genial contar con el apoyo y colaboración del CP Enrique Corona quien sin duda alguna goza de esas capacidades. Para muestra nos permitimos poner a su disposición algunas imágenes de colección, dicho sin tanto choro y es que no es lo mismo leer lo siguiente;
Requisitos en la expedición de CFDI
2.7.1.32. Para los efectos del artículo 29-A, fracciones I, III y VII, inciso c) del CFF, los contribuyentes podrán incorporar en los CFDI que expidan, los requisitos correspondientes, conforme a lo siguiente:
I. El lugar de expedición, se cumplirá señalando el código postal del domicilio fiscal o domicilio del local o establecimiento conforme al catálogo de códigos postales que señala el Anexo 20.
II. Forma en que se realizó el pago, se señalará conforme al catálogo de formas de pago que señala el Anexo 20, con la opción de indicar la clave 99 “Por definir” en el caso de no haberse recibido el pago de la contraprestación, siempre que una vez que se reciba el pago o pagos se emita por cada uno de ellos un CFDI al que se le incorpore el “Complemento para recepción de pagos” a que se refiere la regla 2.7.1.35.
La facilidad prevista en esta fracción no será aplicable en los casos siguientes:
a) En las operaciones a que se refiere la regla 3.3.1.37.
b) Cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición en el momento en el que se expida el CFDI o haya sido pagada antes de la expedición del mismo.
Tratándose de los supuestos previstos en los incisos antes señalados, los contribuyentes deberán consignar en el CFDI la clave correspondiente a la forma de pago, de conformidad con el catálogo “Forma Pago” que señala el Anexo 20.
CFF 29-A, RMF 2017 2.7.1.35., 3.3.1.37.
A verlo condensado en la siguiente imagen;

Otro ejemplo lo podemos ver en lo siguiente;
Guía para una reunión con un prospecto de cliente.
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A cualquiera emociona el concertar una cita con un prospecto de cliente, ya que representa la posibilidad de tener mayor o nuevo trabajo y con ello una nueva fuente de ingresos, pero resulta vital saber cómo conducirse en esa entrevista y sobre todo recabar la mayor cantidad de información posible y de utilidad para estar en condiciones de saber el servicio que se espera recibir y desde luego fijar los honorarios en forma justa. Un profesionista, igual que cualquier negocio debe tener sus políticas de aceptación de clientes y para saber si un candidato es viable, es que una entrevista con el prospecto resulta fundamental.
- ¿Dónde realizar la primera entrevista?
El lugar aunque pudiera pensarse es lo de menos en realidad no deja de tener su importancia, lo primero que debemos tener claro es que debemos mostrarnos abiertos y dispuestos a adaptarnos a las necesidades del prospecto a cliente.
Domicilio del cliente. Si ya es un negocio en marcha quizá resulte deseable y recomendable que seamos nosotros quienes acudamos a su domicilio, eso nos dará incluso un mejor y más amplio panorama de las dimensiones e importancia del cliente.
Domicilio del profesionista. No debe extrañarte que tratándose de negocios en marcha el prospecto solicite la entrevista se realice en tus oficinas, precisamente buscando por parte de ellos darse una idea de la capacidad instalada que tenemos como despacho, es decir, tengamos en claro que el prospecto a cliente igualmente puede estar realizando un sondeo para darse una idea de con quien está tratando.
Terreno neutral. Las citas en restaurantes o café no son del todo recomendables para un primer contacto, se sugieren más para reuniones en las que se debe rendir o entregar cierta información, pero si el prospecto lo llega a solicitar, baste recordar que “el cliente siempre tiene la razón”.
Puestos de acuerdo en lugar, fecha y hora en la que tendremos ese primer contacto, pasemos a definir qué es lo que como mínimo debemos preguntar, que debemos definir y que podemos dejar en el aire.
- ¿Qué preguntas consideran obligadas realizar a un prospecto de cliente?
Leer más: Guía para una reunión con un prospecto de cliente.
Requisitos y Herramientas para Emprendedores
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- Escrito por: Gilberto Solorio Sanchez
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Requisitos y herramientas Emprendedores.
Al sostener una conversación o entrevista con un joven que aspira a convertirse en empresario es conveniente hacerle ver en la forma más amplia posible el panorama de todo lo que abarca el convertirse en empresario, no solo las implicaciones fiscales y legales de estar registrado en el RFC, si bien es probable que él mismo haya investigado y hasta resuelto ya algo por su cuenta, no está demás mencionarle en dicha entrevista al menos los siguientes puntos;
- Posibles fuentes de capital y financiamiento.
- Determinar monto a invertir y estimar el tiempo de recuperación de la inversión inicial.
- Prestadores de servicio, ¿Cuánto cobrar?
- Régimen Fiscal.
- Registro de nombre y marca.
- Listado de secretarias, dependencias e instituciones que otorgan financiamiento a emprendedores.
Como ganarse la confianza de los hijos de los clientes.
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- Escrito por: Gilberto Solorio Sanchez
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Como ganarse la confianza de los hijos de los clientes.
Como asesor externo, ¿Te has preguntado si los hijos de tus clientes un día serán tus clientes?, la realidad es que uno quisiera no solo que los hijos de nuestros clientes lleguen a contratar nuestros servicios, sino incluso los sobrinos, ya que eso sería un reconocimiento a tu trabajo, sin duda es la mejor recomendación.
En el mundo de los negocios, igual que en la vida, nada está escrito, las sorpresas y virajes son cosa de todos los días. Tener un cliente cuya actividad es una ferretería no implica que los hijos vayan a continuar en dicho giro, se tienen dos posibles escenarios.
Primero.- El hijo sigue los pasos del papa. Las cosas se simplifican un poco para el asesor, ya que el hijo se va a incorporar (lo más probable) a la empresa en marcha del papa y sucede que uno ya está en el barco y en ocasiones el conocimiento de la historia misma de la empresa es mayor de parte uno que de él mismo, son factores que simplifican ser aceptado como parte de su equipo de asesores. En este escenario se presenta un inconveniente si el hijo estudia la carrera de contador o alguna de cierta afinidad. Y no tanto porque al incorporarse al negocio decida ejercer la profesión estudiada, sino por el riesgo de que desee incorporar como su asesor a alguien de su círculo de amigos de universidad.
Uno parte de que mientras el padre (cliente original) esté al frente es poco probable se realicen cambios en el equipo de asesores, sobre todo si el servicio prestado ha sido de calidad. Pero no se puede uno relajar ya que el hijo en su desarrollo personal o profesional puede contar con amigos a los que por aprecio, admiración o gratitud les desee dar el trabajo o en el peor de los casos por un honorario más bajo.
Leer más: Como ganarse la confianza de los hijos de los clientes.
NIF B-4 ESTADO DE CAMBIOS EN EL CAPITAL CONTABLE
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- Escrito por: C.P. Enrique Corona Mendoza
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NIF B-4 ESTADO DE CAMBIOS EN EL CAPITAL CONTABLE

La NIF B-4 ESTADO DE CAMBIOS EN EL CAPITAL CONTABLE entro en vigor a partir del 1º. de enero de 2013 y el mismo regula la presentación del estado financiero donde se muestran las variaciones de la cuenta capital contable, la cual es parte integral del Estado de Situación Financiera. Su importe reviste una vital importancia para efectos fiscales puesto que muestra los movimientos que tuvo el ente económico por aportaciones del propietario o socios, la utilidad del periodo ya descontado los dividendos decretados, entre otros movimientos.
Para entender mejor este este estado financiero partamos de la base de entender que rubros del Estado de Situación Financiera (NIF B-6) conforman el concepto denominado Capital Contable.
QUE ES EL CAPITAL CONTABLE
El capital contable está definido como: “El valor residual de los activos de la entidad, una vez deducidos todos los pasivos”, esto lo define la NIF C-11 CAPITAL CONTABLE. Dicha norma nos establece que el Capital Contable se divide en Capital Contribuido y Capital Ganado
PARTIDAS QUE CONFORMAN EL CAPITAL CONTRIBUIDO
El capital contribuido las aportaciones de los propietarios (Empresario o socios) percibidas por la entidad económica, así como otros instrumentos financieros emitidos por la entidad que pueden también ser considerados capital. En el capital contribuido se consideran las siguientes partidas:
LAS CAMIONETAS Y SU DEDUCCION FISCAL
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- Escrito por: C.P. Enrique Corona Mendoza
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Un problema recurrente para muchos contadores es aplicar la correcta deducción de inversiones, y en especial la deducción de la partida de Equipo de transporte. Esta problemática se da porque para fines fiscales la deducción de dichos bien está limitada, puesto que muchos contribuyentes abusaban de esta deducción y consideraban en la misma sus vehículos particulares. Veamos a detalle esta información.
El artículo 34 de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece los porcientos máximos autorizados a aplicar sobre el Monto Original de la Inversión de los bienes denominados Activos Fijos. En el caso de los vehículos, sean para transporte de carga o personas, le es aplicable la fracción VI de dicho artículo que menciona:
Artículo 34. Los por cientos máximos autorizados, tratándose de activos fijos por tipo de bien son los siguientes:
VI. 25% para automóviles, autobuses, camiones de carga, tracto camiones, montacargas y remolques.
Jurisprudencia, ¿Qué, cuándo, para que?
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- Escrito por: L.D. Juan José Farías
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Ser contador, no limita el campo de acción, por la dinámica del trabajo y la interacción de profesiones conviene saber de leyes, un tema que resulta obligado es saber ¿Qué es y cómo nace una jurisprudencia?, agradecemos al compañero L.D. Juan José Farías su colaboración sobre este tema, que nos debe interesar y apasionar por igual.

De conformidad con la Ley de Amparo, la jurisprudencia se establece por:
- Reiteración de criterios: Se establece por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, funcionando en pleno (se da cuando se sustente un mismo criterio en cinco sentencias no interrumpidas por otra en contrario, resueltas en diferentes sesiones, por una mayoría de cuando menos ocho votos) o en salas (cuando se sustente un mismo criterio en cinco sentencias no interrumpidas por otra en contrario, resueltas en diferentes sesiones, por una mayoría de cuando menos cuatro votos), o por los tribunales colegiados de circuito, consiste (cuando se sustente un mismo criterio en cinco sentencias no interrumpidas por otra en contrario, resueltas en diferentes sesiones, por unanimidad).
- Por contradicción de tesis: Se establece por el pleno o las salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por los Plenos de Circuito se da al dilucidar los criterios discrepantes sostenidos entre las salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, entre los Plenos de Circuito o entre los tribunales colegiados de circuito.
- Por sustitución: Son aquellas que sustituyen a las jurisprudencias por reiteración o contradicción, conforme a las siguientes reglas:
Problemas en la oficina
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- Escrito por: C.P. Lizbeth Guerrero Morales
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¿Cómo transformar un problema o diferencia en la oficina en una oportunidad de aprendizaje?

Tratar con empleados que se pelean en la oficina no es sencillo. Sería ideal si cada uno se mantuviera en su esquina como si fuera una pelea de box, pero como eso no es posible, se tiene que optar por medidas más directas y efectivas.
Cuando se trabaja con grupos de personas es probable que en algún momento haya algún conflicto entre ellas. Las diferencias no son necesariamente malas. Asi como los desacuerdos tampoco son negativos, ambas actitudes pueden generar cambios positivos. Las opiniones contrarias generan creatividad.
Sin embargo, las divergencias laborales, muchas veces llevan a situaciones disfuncionales. Este problema puede ser tan serio, que los jefes suelen verse en la necesidad de poner ultimátum o terminar con la relación laboral de alguno de los empleados.
Para evitar situaciones extremas, se tienen que tomar las medidas necesarias a tiempo, estar atentos por si hay conflictos internos y no dejar que las disputas lleguen a parecer insuperables. Cuando se ignoran los conflictos muchas veces llegan a un nivel en que es difícil resolverlos.
EL NUEVO COMPLEMENTO DE CFDI PARA RECEPCION DE PAGOS
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- Escrito por: Mario
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El 25 de Mayo de 2017 fue publicado en el Portal del SAT la versión anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea, y en dicha Resolución encontramos en el Artículo Quinto Transitorio en el cual se menciona que el nuevo complemento de recepción de pagos establecido en la regla 2.7.1.35 entrara en vigor a partir del 1º. de Julio de 2017. Dicho comprobante de recepción ya viene establecido desde la publicación de la Resolución Miscelánea 2017, veamos de qué se trata.
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INTELIGENCIA EMOCIONAL
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- Escrito por: C.P. Jose Antonio Mendoza Pesquera
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INTELIGENCIA EMOCIONAL
Del latín intelligentia, la noción de inteligencia esta vinculado a: la capacidad para escoger las mejores opciones en la búsqueda de una solución.
Es la capacidad de entender y elaborar información para usarla de manera adecuada.
Emocional es aquello perteneciente o relativo a la emoción, lo emocional es también lo emotivo.
La emoción es un fenómeno psicofisiológico que supone una adaptación a los cambios registrados de las demandas ambientales.
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