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    CFDI,

    • Cancelación de CFDI previa autorización, ¡Hasta 01/09/2018!

      El día de hoy, 04/07/18, el SAT por medio de su portal nos regala el siguiente comunicado:

    • Cancelación de CFDI previa autorización, próxima entrada en vigor.

      CFDI Cancelado 2

      Como sabemos el 01/07/2018, a reserva de que la autoridad diga lo contrario en los próximos días, la cancelación de CFDI podrá realizarse solo mediante el cumplimiento de ciertas reglas. Las reglas que regulan dicha situación son las siguientes;

    • Cancelación y sustitución de CFDI

      Claves de cancelación 2022

      Es época de cierres anuales de las empresas, con vistas a presentar su declaración anual que se vence el día último del mes de marzo, por lo tanto es conveniente revisar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.

      Uno de los casos que se presenta (lamentablemente) con relativa frecuencia es que los CFDI (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet) que nos fueron expedidos por nuestros proveedores contengan errores, como pudieran ser: la clave de método de pago y forma de pago. De quedarse así, esto podría conllevar un futuro rechazo de la deducción o el acreditamiento de impuestos por parte de la autoridad fiscal en una hipotética revisión. Por esa razón se sugiere hacer esta revisión.

    • CFDI 3.3 utilizando herramienta gratuita del SAT

      cfdi gratis

      Como es sabido ya por economía, gustos o motivos diversos existen contribuyentes que deciden no invertir en software o plataformas para la emisión de CFDI, lo que les orilla a utilizar en no pocas ocasiones la herramienta gratuita que facilita el SAT, pues bien quien desee utilizarla por estos día va a toparse con algunas novedades por el cambio de la versión 3.2 a 3.3. Nuestro distinguido compañero el CP Enrique Corona Mendoza pone a nuestra disposición un manual para saber COMO FACTURAR CFDI VERSION 3.3 EN LA PAGINA DEL SAT para acceder a dicho material basta con dar click al texto destacado en color azul, para que lleve directo a la Sección de Descargas y puedas descargarlo. Te recordamos que la descarga del material de referencia no tiene costo, pero si resulta necesario ingresar tu "nick name" y contraseña.

    • CFDI 3.3, tipos, procesos de cancelación.

      3 3 2

      La autoridad, como sabemos, esta fincando sus procesos de fiscalización a partir del comprobante fiscal que debe soportar toda operación, por tanto lo que en su tiempo muchos referían como facturas, ha evolucionado, se ha modificado y hasta rectificado para conocerle hoy día como Comprobante Fiscal Digital por Internet, la versión que tenemos actualmente es la 3.3, ¿Vendrán nuevas?, si la autoridad  lo considera necesario así será. Veamos el siguiente repaso que nuestro compañero y amigo el CP Enrique Corona Mendoza nos propone:

      Tipos de CFDI durante 2018

    • CFDI de Nómina ¿3.3 o 1.2?

      numeros 6

      En la práctica algunas veces dejamos de lado las formalidades del lenguaje y realizamos "apócopes, abreviaciones o modismos" contables y/o fiscales como lo sonCFDI 3.3, Nómina 1.2 e inclusive EDOS o EFOS (Elfos no, esos son del Señor de los anillos o Harry Potter). Incluso en algunas partes nos hemos mofado o hecho burla de algunos colegas que no comparten el mismo "modismo" utilizado por nosotros.

       

       

      En relación a lo que de común se conoce como “comprobantes fiscales” consideramos prudente realizar varias precisiones. Actualmente se tiene la obligación de emitirCFDI (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet), estosson el equivalente a lo que antes llamábamos facturas, recibos de honorarios, recibos de arrendamiento, etc.

       

      Destacando que anteriormentelas facturas impresas en forma tradicional no tenían “versiones”, simplemente cumplía o no cumplía con los requisitos dispuestos por la autoridad. Con la publicación del Anexo 20 de la Resolución Miscelánea por parte de la autoridad, se tiene la modalidad de contemplar versiones y la versión vigente es la 3.3, pero temporalmente se sigue usando la versión anterior, es decir la 3.2., pero, ¿Qué tiene que ver esto con la nómina?

       

      Intentemos un silogismo:

    • CFDI de Nómina 3.3

      CFDI de Nómina 3.3

      C.P.M.I JORGE AYAX CABELLO HERNÁNDEZ

      Criterio Fiscal

      Como sabemos, la autoridad fiscal se ha esmerado en publicitar las bondades del nuevo esquema de facturación fiscal digital, denominada CFDI en su versión 3.3., mismo que será de uso obligatorio a partir del 1 de diciembre de 2017, lo cierto es que existe poca o nula publicidad sobre los cambios que deberán de realizar los patrones precisamente a partir de la primera "raya” que tengan que pagar en el mes de diciembre 2017, ya que les resulta obligado emitir los recibos de  nómina en forma  digital. Si tomamos en cuenta que el 1 de diciembre es viernes, es de suponerse que algunas empresas tengan ya que pagar la semana bajo la nueva modalidad del CFDI 3.3.

       

      El problema estriba que desde principios del año 2017, se estableció como única versión del llamado"complemento de nómina”, la 1.2., dejando la versión anterior, la 1.1. en desuso. El detalle es que ese complemento de nómina, en versión 1.2., viene incorporado en la versión 3.2. del CFDI, es decir, en la versión anterior.

       

      Con la implementación del CFDI 3.3., obligatorio a partir del primer minuto del día 1 de diciembre de 2017, las empresas y los contribuyentes en general, han estado realizando, en el mejor de los casos, pruebas del funcionamiento de este mecanismo de facturación electrónica, sin embargo se está dejando fuera o un poco en el olvido, quetambién tendrán que migrar su nómina digital a la versión 3.3., ahora denominada CFDI de nómina 3.3. Esto es,el complemento de nómina 1.2., deberá estar incorporado a un CFDI 3.3., parece trabalenguas, pero así es en la realidad.

       

      Considerando quesi comparamos, los parámetros del CFDI 3.2 contra los de la versión 3.3., podemos observar diferencias básicas, entre otras las siguientes:

    • De como el CFDI 3.3 arruino mi convivio navideño.

      Caos 1

      Lo que se va a relatar, es una especie de "historia urbana", le paso al amigo de un amigo...

      Como es costumbre en la oficina (despacho de contadores) en estas fechas nos reunimos socios y colaboradores para tener un convivio, tradicionalmente acudimos a comer a un restaurant, a compartir el pan y la sal como luego se suele decir. Por lo apretado de la agenda de este año nos vimos en la necesidad de programar dicha convivencia entre semana, para ser mas precisos el lunes 18 de diciembre, hicimos malabares para encontrar espacio en un restaurant de la 13:30 a las 15:30, dos horas, tiempo suficiente para comer, intercambiar regalos, abrazos, buenos deseos, beber un digestivo y regresar corriendo a la oficina a enviar uno que otro spei.

      Todo iba conforme a lo programado, pero… por razones de seguridad personal, y toda vez que tengo programado viajar por  carretera lleve mi unidad a que le cambiaran los neumáticos el mismo lunes 18 muy temprano por la mañana, ofreciendo el taller de servicio entregarme la unidad a las 13:30. Pensé, sin problemas, recojo el auto, me traslado al lugar del convivio (no más de 15 minutos en auto) y todo esta bien. Llegar diez minutos antes de la hora convenida con el gerente de servicio lo considere buena medida de precaución, al llegar las llantas nuevas ya habían sido montadas, auto alineado, balanceado y como plus inflado de llantas con nitrógeno. Estaba feliz, todo iba conforme a lo planeado.

    • Del CFDI con complemento INE.

      INE 2

      Actualmente se vive en México un período de campañas electorales, por lo que resulta importante recordar las disposiciones fiscales aplicables a la comprobación de los gastos de campaña. Al respecto existe un "Complemento INE” que deberá estar inserto en todo comprobante fiscal (CFDI) que se relacione con este concepto.

      Contenido de la página.- Este complemento será utilizado por todos los contribuyentes que vendan, enajenen, arrenden o proporcionen bienes o servicios de manera onerosa a los Partidos Políticos y Asociaciones Civiles (tratándose de aspirantes y candidatos independientes), el mismo deberá incorporarse en todos los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que emitan a favor de dichos partidos y asociaciones, derivados de gastos realizados de la operación ordinaria, precampañas y campañas,la obligatoriedad del uso de este complemento se estableció desde el 1 de mayo de 2016.

    • El CFDI 3.3 y las operaciones con público en general.

      ¿Recuerdas esta imagen? 

      cfdi pblico en general

       

      En el entendido que por las operaciones que se realizan con público en general se entrega lo que coloquialmente conocemos como “comprobante simplificado”, en este punto es conveniente repasar lo dispuesto en la RMF 2018:

    • Facilidades para implementación de nueva factura electrónica.

      sat Pendientes de publicación "oficial" (en DOF) pero ya difundidas en su portal, la autoridad ha decidido dar algunas facilidades para la implementación de la versión 3.3 del CFDI. 

      Destacamos de su comunicado lo siguiente;

    • Manuales para nuevo Esquema de Cancelación, REP y/o REC.

      R P 4

      Septiembre se aproxima en forma inevitable, algunos siguen apostando por un nuevo diferimiento de la entrada en vigor del cumplimiento de ciertas disposiciones, sin importar que la autoridad se haya manifestado en forma clara y precisa de sus deseos e intenciones; “no más prorrogas”. Por si o por no, conviene ir conociendo cuando, como, para que y quienes, tendrán que cumplir ciertas obligaciones, muy en particular lo relativo a los Recibos Electrónicos de Pago y el Nuevo Esquema de Cancelación de CFDI. Han quedado a su disposición en la sección de descargas material alusivo a dichos temas elaborados por personal del SAT, esperando sea de utilidad, click en lo destacado para acceder a su descarga.

    • Novedades de la factura electrónica.

      CFDI 1Tal y como nos lo anticipo el compañero CP Enrique Corona Mendoza en el artículo LA NUEVA VERSION 3.3 DEL CFDI parte uno, y parte dos la autoridad tiene en puerta la implementación de diversos cambios, modificaciones y adecuaciones al CFDI y nos los da a conocer en el material denominado Innovacion SAT 2017", Novedades de la factura electrónica”. Mismo que sugerimos descargar para su estudio (click en lo destacado para acceder a la descarga), la autoridad en sus propias palabras afirma que han realizado y están por implementar “La modernización de la factura electrónica”, modernización que tendrá como efecto el permitirle a la autoridad contar con información de calidad que les permita;

    • SAT, previniendo “prácticas indebidas” en la emisión de CFDI, confunde.

      factura simple 2

      SAT, previniendo “prácticas indebidas” en la emisión de CFDI, confunde.

      JORGE AYAX CABELLO HERNÁNDEZ

      En fechas recientes, el SAT dio a conocer un "decálogo” referido a diversas prácticas que la Autoridad Fiscalconsidera indebidas. En este documento se señala que estas prácticas deben ser tomadas en cuenta por emisores y personas que solicitan facturas, con la finalidad de proteger el derecho que tienen los contribuyentes de deducir y acreditar impuestos. Lo anterior a fin de que tanto emisores como receptores las conozcan y puedan, de manera efectiva, ejercer sus derechos de forma fácil, rápida y sin comprometer datos personales. Pues bien, en el punto 5 de estas prácticas indebidas se establece lo siguiente:

    Encuestas

    Al navegar en sitios "especializados" que esperas o prefieres encontrar en portada;

    Artículos de temas fiscales. - 13.8%
    Artículos de temas laborales y seguridad social - 17.2%
    Artículos de temas contables y financieros - 6.9%
    Todas las anteriores - 58.6%
    Otros - 0%

    Votos totales: 29
    La votacion ya ha finalizado en: %11 %b %2019 - %00:%Jul

    Registro

    Uso Frecuente

    Dólar 14-Ene-2022 (Vie)    
    FIX $20.3118
    Publicación DOF $20.3607
    Para pagos $20.3660
    Euro 14-Ene-2022 (Vie)    
    Tipo de Cambio $23.2641
    TIIE 17-Ene-2022 (Lun)    
    TIIE 28 Días 5.7215%
    TIIE 91 Días 5.8675%
    TIIE 182 Días - - -
    TIIP - - -
    UDIs 25-Ene-2022 (Mar)    
    Valor $7.113456
    INPC May-2023    
    Tasa 128.084000000000
    CCP Dic-2017    
    M. Nal. 6.16%
    UDIs 4.53%
    Dólares - - -
    CPP 4.62%
    Recargos 2019    
    Mora 1.47%
    Plazos 0.98%
    Salario Mínimo 2023    
    General $207.44
    Frontera Norte $312.41
    UMA    
    Diario
    01-Feb-2023
    $103.74
    Diario
    01-Feb-2022
    $96.22

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