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18 años 11 meses antes #16237
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re:Compra Equipo de Transporte
Va... la liga para descargar el boletin o revista aludido es la siguiente;
CLICK AQUI
o en la liga de abajo...
ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servici...letin_may_jun_07.pdf
Por aquello de que no funcione la liga insertada -espero y si- inserto el texto literal que interesa al caso... ver pagina 14 del boletin citado...
CRITERIO NORMATIVO
Deducción de automóviles. Camionetas Pick Up El artículo 42, fracción II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en relación con el primer párrafo del artículo 3-A del Reglamento de la citada Ley señalan:
“Artículo 42.- La deducción de las inversiones se sujetará a las siguientes reglas:
[…]
Las inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto de $175,000.00.
Lo dispuesto en esta fracción no será aplicable tratándose de contribuyentes cuya actividad consista en el otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles, siempre y cuando los destinen exclusivamente a dicha actividad.”
“Artículo 3-A.- Para los efectos de la Ley y de este reglamento, se entenderá por automóvil aquel vehículo terrestre para el transporte de hasta diez pasajeros, incluido el conductor.”
En base a lo anterior, toda vez que el señalamiento del límite de deducción de hasta por $175,000.00 es para los automóviles, considerados éstos en términos del artículo 3-A antes trascrito, se considera que es automóvil el vehículo para el transporte de hasta 10 pasajeros, es decir vehículos destinados para el transporte de personas y no de carga. Así, dado que la naturaleza de las camionetas pick up, consiste en ser vehículos destinados al transporte de carga y no de personas, se concluye que dichos transportes, no les es aplicable el límite de la deducción prevista por el artículo 42, fracción II de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Lo destacado es mio...
Gracias EDHERAS.
Saludos.
ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servici...letin_may_jun_07.pdf
Por aquello de que no funcione la liga insertada -espero y si- inserto el texto literal que interesa al caso... ver pagina 14 del boletin citado...
CRITERIO NORMATIVO
Deducción de automóviles. Camionetas Pick Up El artículo 42, fracción II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en relación con el primer párrafo del artículo 3-A del Reglamento de la citada Ley señalan:
“Artículo 42.- La deducción de las inversiones se sujetará a las siguientes reglas:
[…]
Las inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto de $175,000.00.
Lo dispuesto en esta fracción no será aplicable tratándose de contribuyentes cuya actividad consista en el otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles, siempre y cuando los destinen exclusivamente a dicha actividad.”
“Artículo 3-A.- Para los efectos de la Ley y de este reglamento, se entenderá por automóvil aquel vehículo terrestre para el transporte de hasta diez pasajeros, incluido el conductor.”
En base a lo anterior, toda vez que el señalamiento del límite de deducción de hasta por $175,000.00 es para los automóviles, considerados éstos en términos del artículo 3-A antes trascrito, se considera que es automóvil el vehículo para el transporte de hasta 10 pasajeros, es decir vehículos destinados para el transporte de personas y no de carga. Así, dado que la naturaleza de las camionetas pick up, consiste en ser vehículos destinados al transporte de carga y no de personas, se concluye que dichos transportes, no les es aplicable el límite de la deducción prevista por el artículo 42, fracción II de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Lo destacado es mio...
Gracias EDHERAS.
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18 años 11 meses antes #16238
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re:Compra Equipo de Transporte
Segun yo verifique los link's insertados y funcionan... que cosas no... la dichosa revista estaba al alcance de mis manos y no mas no supe donde buscar... aprendi no solo de autos y camionetas, si no de busquedas...
Gracias.
Saludos.
Gracias.
Saludos.
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18 años 11 meses antes #16241
por Edheras
Respuesta de Edheras sobre el tema Re:Compra Equipo de Transporte
...jajajaaa, jajajaaaaaa, mas cerca de lo imaginable estaba.
...y por cierto,(aunque es harina de otro costal)pero tambien interesante, el tema que comenta BR1 en el mensaje inmediato de arriba creo que la respuesta viene precisamente en el boletin de Marzo-Abril...
...y por cierto,(aunque es harina de otro costal)pero tambien interesante, el tema que comenta BR1 en el mensaje inmediato de arriba creo que la respuesta viene precisamente en el boletin de Marzo-Abril...
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18 años 11 meses antes #16279
por BR1
Respuesta de BR1 sobre el tema Re:Compra Equipo de Transporte
Perfecto....gracias por las fuentes....
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18 años 6 meses antes #24283
por yADi
Respuesta de yADi sobre el tema Re: Compra Equipo de Transporte
fUtUrOS ColEgAS:
Creo que como c.p. para la correcta aplicación de las leyes les informo que hay un decreto que no consideras a las pick up como automovil
209.85.173.104/search?q=cache:JB3gWn5QcF...s&ct=clnk&cd=9&gl=mx anexo el link donde lo puede consultar
bye
Creo que como c.p. para la correcta aplicación de las leyes les informo que hay un decreto que no consideras a las pick up como automovil
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bye
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