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Deberíamos analizar la reforma al IDE también!
- frhernandez
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16 años 11 meses antes #53071
por frhernandez
Deberíamos analizar la reforma al IDE también! Publicado por frhernandez
Buenos días,
Gracias por el correo con la expectativas de reformas que me hicieron llegar, nada más un comentario que me gustaría que incluyeran en este correo para que la gente (los contribuyentes ya cautivos) lo tomen en cuenta y no sigan desviando su atención en el famoso 2% de CCP.
Mi comentario es respecto al IDE, nos enfocamos únicamente en la baja del límite exento de 25 a 15 mil pesos y del incremento de la tasa del 2 al 3%, sin embargo nadie o casi nadie a puesto atención a la otra parte de la propuesta de reforma donde señala que el artículo 2 fracción VI de la ley en cuestión no aplicará a las personas físicas con actividad profesional y empresarial.
Qué es lo grave de este asunto, personas físicas de este tipo que realizan todas sus ventas en efectivo, ejemplo abarroteros o carnicerías y que son contribuyentes honestos y que pagan todos sus impuestos como Dios manda y que tienen un margen de utilidad sobre ingresos del 3% máximo, al momento de depositar su venta el banco les va a retirar el 3% que implica el total de sus utilidades, no quedándoles nada libre a ellos, pues para recuperarlo tienen que acreditarlo contra un isr o ietu que no pasaría sobre una base de 30 mil pesos por ejemplo si vendió 1 millón por mes de los 8,400 y sin iva a cargo pues manejan prácticamente tasa 0%, es decir de los 30 que les quitaría el banco, tendría un saldo a favor de 21,600. Continúa hacienda diciendo, no te preocupes si no lo puedes acreditar contra el isr propio, acredítalo contra isr retenido a terceros, cuando este tipo de negocios tienen empleados con salarios realmente bajos cuya retención no pasa de los 2,000 mensuales es decir de los 21,600 todavía tendría 19,600 a favor. Pero sigue diciendo hacienda, no te preocupes si no lo puedes acreditar compénsalo contra otras contribuciones, pero me pregunto, contra qué más lo compenso si ya son todos los impuestos que tengo. Ah pero dice hacienda si no lo compensas, solocítalo en devolución, pero para ello debes estar dictaminado si lo solicitas mensualmente y yo me pregunto de dónde va a sacar este contribuyente para pagar un dictamen si su margen de utilidad sobre ventas de 1 millón es de 30 mil pesos, los cuales ya se los quitó hacienda?
A este respecto y no tratando de evadir si no de ver la parte económica y de sobrevivencia de las personas físicas con actividad empresarial sobre todo que tienen la obligación para deducir sus gastos de expedir cheques nominativos mayores a 2 mil pesos y que por tal motivo no pueden pagarle a los proveedores con el efectivo de las ventas, pues repito serían no deducibles y para ello deben depositar en su cuenta bancaria, lo que se hacía era mediante un préstamo revolvente del banco, se enviaba efectivo por la cantidad de las ventas que se iban a depositar a la cuenta de cheques y el efectivo obviamente de las ventas se depositaba para cubrir ese préstamo y con ello ya no se causaba el IDE por el artículo 2 fracción VI.
Con esta propuesta de reforma nos cortan esta medida para "sobrevivir" no para evadir porque al final de cuentas el ide no es una contribución como marca el artículo 31 fracc. IV de la constitución, que debe ser equitativa y proporcional a mi capacidad, pues mi capacidad no son los ingresos sino la utilidad.
Con la propuesta aún y cuando maneje el préstamo, al depositar el efectivo me cargarían el 3% correspondiente y con ello a este tipo de negocios los llevarían o a la quiebra o ahora sí a evadir y manejar compras y ventas por debajo del agua y sin facturas para poder mover el efectivo.
No creen que con esto en lugar de fomentar la obligación y responsabilidad tributaria están fomentando entre los que ya contribuyen la "evasión" pues van a manejar todas sus operaciones por debajo del agua, es decir sin comprobantes de las compras y sin comprobantes de las ventas?. No creen que los que evaden y usan el efectivo van a seguir haciéndolo y su posición va a ser si no me aceptas mi efectivo, pues gracias me doy la vuelta y compro en donde si me lo acepten?
No creen que esta medida en lugar de controlar y atrapar a los evasores, va a castigar a los que tienen la cultura y la responsabilidad de pagar sus impuestos con honestidad y de forma correcta?
Ustedes que tienen forma de difundir estas inquietudes y de llegar a un mayor número de personas Por Favor háganlo rápido antes de que se autoricen y nos traigan como consecuencia un incremento en el cierre de negocios, de economía informal y de desempleos.
Atte.
Un desesperado, con sentimiento de impotencia y preocupado por estas medidas que está tomando nuestro H. Srio. de Hacienda y nuestro H. Presidente que dijo en sus propuestas de campaña que su filosofía iba a ser reducir los impuestos para motivar la actividad econonómica del país. (tengo un video de Calderón en campaña donde mencionaba lo aquí señalado)
Gracias por el correo con la expectativas de reformas que me hicieron llegar, nada más un comentario que me gustaría que incluyeran en este correo para que la gente (los contribuyentes ya cautivos) lo tomen en cuenta y no sigan desviando su atención en el famoso 2% de CCP.
Mi comentario es respecto al IDE, nos enfocamos únicamente en la baja del límite exento de 25 a 15 mil pesos y del incremento de la tasa del 2 al 3%, sin embargo nadie o casi nadie a puesto atención a la otra parte de la propuesta de reforma donde señala que el artículo 2 fracción VI de la ley en cuestión no aplicará a las personas físicas con actividad profesional y empresarial.
Qué es lo grave de este asunto, personas físicas de este tipo que realizan todas sus ventas en efectivo, ejemplo abarroteros o carnicerías y que son contribuyentes honestos y que pagan todos sus impuestos como Dios manda y que tienen un margen de utilidad sobre ingresos del 3% máximo, al momento de depositar su venta el banco les va a retirar el 3% que implica el total de sus utilidades, no quedándoles nada libre a ellos, pues para recuperarlo tienen que acreditarlo contra un isr o ietu que no pasaría sobre una base de 30 mil pesos por ejemplo si vendió 1 millón por mes de los 8,400 y sin iva a cargo pues manejan prácticamente tasa 0%, es decir de los 30 que les quitaría el banco, tendría un saldo a favor de 21,600. Continúa hacienda diciendo, no te preocupes si no lo puedes acreditar contra el isr propio, acredítalo contra isr retenido a terceros, cuando este tipo de negocios tienen empleados con salarios realmente bajos cuya retención no pasa de los 2,000 mensuales es decir de los 21,600 todavía tendría 19,600 a favor. Pero sigue diciendo hacienda, no te preocupes si no lo puedes acreditar compénsalo contra otras contribuciones, pero me pregunto, contra qué más lo compenso si ya son todos los impuestos que tengo. Ah pero dice hacienda si no lo compensas, solocítalo en devolución, pero para ello debes estar dictaminado si lo solicitas mensualmente y yo me pregunto de dónde va a sacar este contribuyente para pagar un dictamen si su margen de utilidad sobre ventas de 1 millón es de 30 mil pesos, los cuales ya se los quitó hacienda?
A este respecto y no tratando de evadir si no de ver la parte económica y de sobrevivencia de las personas físicas con actividad empresarial sobre todo que tienen la obligación para deducir sus gastos de expedir cheques nominativos mayores a 2 mil pesos y que por tal motivo no pueden pagarle a los proveedores con el efectivo de las ventas, pues repito serían no deducibles y para ello deben depositar en su cuenta bancaria, lo que se hacía era mediante un préstamo revolvente del banco, se enviaba efectivo por la cantidad de las ventas que se iban a depositar a la cuenta de cheques y el efectivo obviamente de las ventas se depositaba para cubrir ese préstamo y con ello ya no se causaba el IDE por el artículo 2 fracción VI.
Con esta propuesta de reforma nos cortan esta medida para "sobrevivir" no para evadir porque al final de cuentas el ide no es una contribución como marca el artículo 31 fracc. IV de la constitución, que debe ser equitativa y proporcional a mi capacidad, pues mi capacidad no son los ingresos sino la utilidad.
Con la propuesta aún y cuando maneje el préstamo, al depositar el efectivo me cargarían el 3% correspondiente y con ello a este tipo de negocios los llevarían o a la quiebra o ahora sí a evadir y manejar compras y ventas por debajo del agua y sin facturas para poder mover el efectivo.
No creen que con esto en lugar de fomentar la obligación y responsabilidad tributaria están fomentando entre los que ya contribuyen la "evasión" pues van a manejar todas sus operaciones por debajo del agua, es decir sin comprobantes de las compras y sin comprobantes de las ventas?. No creen que los que evaden y usan el efectivo van a seguir haciéndolo y su posición va a ser si no me aceptas mi efectivo, pues gracias me doy la vuelta y compro en donde si me lo acepten?
No creen que esta medida en lugar de controlar y atrapar a los evasores, va a castigar a los que tienen la cultura y la responsabilidad de pagar sus impuestos con honestidad y de forma correcta?
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Atte.
Un desesperado, con sentimiento de impotencia y preocupado por estas medidas que está tomando nuestro H. Srio. de Hacienda y nuestro H. Presidente que dijo en sus propuestas de campaña que su filosofía iba a ser reducir los impuestos para motivar la actividad econonómica del país. (tengo un video de Calderón en campaña donde mencionaba lo aquí señalado)
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16 años 11 meses antes #53072
por Alberto FC
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Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: Deberíamos analizar la reforma al IDE también!
Como dice Cartsens; "hasta en China se incrementaron los impuestos", así se las gastan nuestros funcionarios para justificar su voracidad, pero en fin este no es el punto ahora.
Como dices; para aquellos "contribuyentes honestos y que pagan todos sus impuestos como Dios manda", para ellos el IDE no es otra cosa sino que un pago anticipado de ISR.
Si deposita una buena cantidad, es porque esta ganando, por ende, le resultará un ISR a cargo mismo contra el cual, podrá aplicar el IDE.
En terminos llanos, el IDE, no es sino un pago anticipado de ISR, claro para los contribuyentes honestos y que pagan todos sus impuestos como Dios manda, como el que expones.
Si no quieres hacer esos pagos anticipados de ISR, sino pagarlo íntegramente como ISR puro; entonces:
a) deposita hasta una cantidad que no exceda del mondo excento de IDE, es decir no deposites mas de $ 25,000.00 (2009) o 15,000.00 (de aprobarse la reforma p 2010). Es decir cuida el monto a depositar y si ves que vas a llegar al límite, pues no lo deposites, usalo para gastos (nomina x ejemplo).
b) Abre cuentas en diferentes instituciones, y alli deposita cuaidando el limite referido en cada una de dichas cuentas.
PD. El IDE, es un pago anticipado de ISR, si no te lo retiene el banco, al determinar tu ISR, este lo pagaras íntegro dado que no hiciste pago alguno a cuenta de él, vía IDE.
Para no hacer esos pagos a cuenta de ISR, vía IDE, mantente al pendiente de cuanto vas depositando a lo largo del mes a fin de no sobrepasar el monto excento.
Lo que no deposites, úsalo para tus pagos corriendes (ordinarios/de operacion).
Como dices; para aquellos "contribuyentes honestos y que pagan todos sus impuestos como Dios manda", para ellos el IDE no es otra cosa sino que un pago anticipado de ISR.
Si deposita una buena cantidad, es porque esta ganando, por ende, le resultará un ISR a cargo mismo contra el cual, podrá aplicar el IDE.
En terminos llanos, el IDE, no es sino un pago anticipado de ISR, claro para los contribuyentes honestos y que pagan todos sus impuestos como Dios manda, como el que expones.
Si no quieres hacer esos pagos anticipados de ISR, sino pagarlo íntegramente como ISR puro; entonces:
a) deposita hasta una cantidad que no exceda del mondo excento de IDE, es decir no deposites mas de $ 25,000.00 (2009) o 15,000.00 (de aprobarse la reforma p 2010). Es decir cuida el monto a depositar y si ves que vas a llegar al límite, pues no lo deposites, usalo para gastos (nomina x ejemplo).
b) Abre cuentas en diferentes instituciones, y alli deposita cuaidando el limite referido en cada una de dichas cuentas.
PD. El IDE, es un pago anticipado de ISR, si no te lo retiene el banco, al determinar tu ISR, este lo pagaras íntegro dado que no hiciste pago alguno a cuenta de él, vía IDE.
Para no hacer esos pagos a cuenta de ISR, vía IDE, mantente al pendiente de cuanto vas depositando a lo largo del mes a fin de no sobrepasar el monto excento.
Lo que no deposites, úsalo para tus pagos corriendes (ordinarios/de operacion).
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16 años 11 meses antes #53149
por frhernandez
Respuesta de frhernandez sobre el tema Re: Deberíamos analizar la reforma al IDE también!
Mi estimado Alberth,
Creo que no entiendiste lo que expliqué en mi nota.
Las personas que te estoy poniendo de ejemplo, efectivamente venden 1 millón de pesos por mes, pero te repito, ese millón no les queda libre, sino que tienen que pagar el importe de sus adquisiciones y gastos corrientes por un importe aproximado mensual de 970 mil pesos, quedándoles una utilidad contable base de pago de impuestos además de 30 mil mensuales.
Les expliqué que estas personas todas sus ventas las realizan en efectivo, puesto que vende o al público en general o a personas que no manejan cuentas de cheques.
Luego entonces sobre el millón de pesos mensual que reciben por sus ventas y sobre las cuales únicamente les quedó libre antes de pago de impuestos 30 mil pesos, el banco les retiene el 3%, o sea 30 mil pesos de IDE.
Como tú debes de saber, estas personas que únicamente tuvieron una "utilidad Fiscal" de 30 mil pesos, su isr a pagar es de aproximadamente y exagerando de 8,400 pesos y como también lo expliqué, sus ventas son a la tasa del 0% de iva, o sea que no tienen iva a pagar del mes y el ispt retenido a sus trabajadores es por la cantidad de 2,100 pesos, por todos ellos, o sea que de los 30 que le retuvo el banco solo pueden acreditar 10,500 y se les queda un saldo a favor de 19,500.
Como también puedes ver, el ide no es como tú lo señalas "un isr adelantado" porque al final de cuentas van a tener que pagarlo, puesto que la relación ide a isr es de 3 a uno.
Ahora si me explico cuál es el problema y aunque venden mucho, no por eso tienen base para pagar isr, no todo es utilidad, tú como contador lo debes de saber.
Por otro lado me indicas que no debemos preocuparnos, que no depósitemos en cada una de las "n" cuentas bancarias que abramos, depositemos menos de 25 mil mensuales para no generar ide.
Ahora te pregunto de acuerdo a tu estrategia que manejas, estas personas que venden en efectivo el millón de pesos mensuales, cuántas cuentas y en cuántos bancos tendrían que abrir para que no les retengan el ide considerando que son 8 bancos diferentes en promedio los que hay en todas las ciudades en el país, 1 millón entre 25 mil pesos igual a 40 bancos? Mi estimado, cómo le hago?
Quizá vas a contestar que fácil, abre cuentas a nombre de tu esposa, hijos, primos, tíos, abuelitos, suegros, cuñados y hasta el perro.
Te repito y recuerdo, estos negocios son negocios serios y que para poder obtener de las casas matrices por ejemplo gamesa que les vendan esos importes mensuales de mercancía, deben estar formalmente constituidos y con un solo nombre.
Perdón que te lo diga así, pero por personas como ustedes que hacen estas "chuecuras" porque no son estrategias fiscales permitidas, es lo que hacienda está cerrando todos los caminos a quienes obramos de forma correcta y ustedes van a seguir evadiendo, como tú bien lo señalaste, abriendo cuentas por doquier, a nombre de quien se les ocurra y en el último de los casos comprando y pagando en efectivo, pero sin facturas, no es cierto?
Por último, dices que no hay problema que mis pagos de nómina y gastos corrientes los haga en efectivo, pero te repito el artículo 31 frac. III de la ley del isr señala que todos los pagos superiores a 2 mil pesos deben ser con cheque nominativo y para ello necesito tener una cuenta, depositar dinero, que sería en efectivo y me causaría el ide, para poder expedir cheques.
La nómina y los gastos corrientes de un abarrotero/comerciante, que no es una tiendita de esquina, no representan más allá del 12% del total de sus erogaciones, el 88% restante son las compras de mercancía que realiza a quien te comenté, a las casas matrices.
Ahora si me explico mejor cuál es la problemática de estos contribuyentes?
Creo que no entiendiste lo que expliqué en mi nota.
Las personas que te estoy poniendo de ejemplo, efectivamente venden 1 millón de pesos por mes, pero te repito, ese millón no les queda libre, sino que tienen que pagar el importe de sus adquisiciones y gastos corrientes por un importe aproximado mensual de 970 mil pesos, quedándoles una utilidad contable base de pago de impuestos además de 30 mil mensuales.
Les expliqué que estas personas todas sus ventas las realizan en efectivo, puesto que vende o al público en general o a personas que no manejan cuentas de cheques.
Luego entonces sobre el millón de pesos mensual que reciben por sus ventas y sobre las cuales únicamente les quedó libre antes de pago de impuestos 30 mil pesos, el banco les retiene el 3%, o sea 30 mil pesos de IDE.
Como tú debes de saber, estas personas que únicamente tuvieron una "utilidad Fiscal" de 30 mil pesos, su isr a pagar es de aproximadamente y exagerando de 8,400 pesos y como también lo expliqué, sus ventas son a la tasa del 0% de iva, o sea que no tienen iva a pagar del mes y el ispt retenido a sus trabajadores es por la cantidad de 2,100 pesos, por todos ellos, o sea que de los 30 que le retuvo el banco solo pueden acreditar 10,500 y se les queda un saldo a favor de 19,500.
Como también puedes ver, el ide no es como tú lo señalas "un isr adelantado" porque al final de cuentas van a tener que pagarlo, puesto que la relación ide a isr es de 3 a uno.
Ahora si me explico cuál es el problema y aunque venden mucho, no por eso tienen base para pagar isr, no todo es utilidad, tú como contador lo debes de saber.
Por otro lado me indicas que no debemos preocuparnos, que no depósitemos en cada una de las "n" cuentas bancarias que abramos, depositemos menos de 25 mil mensuales para no generar ide.
Ahora te pregunto de acuerdo a tu estrategia que manejas, estas personas que venden en efectivo el millón de pesos mensuales, cuántas cuentas y en cuántos bancos tendrían que abrir para que no les retengan el ide considerando que son 8 bancos diferentes en promedio los que hay en todas las ciudades en el país, 1 millón entre 25 mil pesos igual a 40 bancos? Mi estimado, cómo le hago?
Quizá vas a contestar que fácil, abre cuentas a nombre de tu esposa, hijos, primos, tíos, abuelitos, suegros, cuñados y hasta el perro.
Te repito y recuerdo, estos negocios son negocios serios y que para poder obtener de las casas matrices por ejemplo gamesa que les vendan esos importes mensuales de mercancía, deben estar formalmente constituidos y con un solo nombre.
Perdón que te lo diga así, pero por personas como ustedes que hacen estas "chuecuras" porque no son estrategias fiscales permitidas, es lo que hacienda está cerrando todos los caminos a quienes obramos de forma correcta y ustedes van a seguir evadiendo, como tú bien lo señalaste, abriendo cuentas por doquier, a nombre de quien se les ocurra y en el último de los casos comprando y pagando en efectivo, pero sin facturas, no es cierto?
Por último, dices que no hay problema que mis pagos de nómina y gastos corrientes los haga en efectivo, pero te repito el artículo 31 frac. III de la ley del isr señala que todos los pagos superiores a 2 mil pesos deben ser con cheque nominativo y para ello necesito tener una cuenta, depositar dinero, que sería en efectivo y me causaría el ide, para poder expedir cheques.
La nómina y los gastos corrientes de un abarrotero/comerciante, que no es una tiendita de esquina, no representan más allá del 12% del total de sus erogaciones, el 88% restante son las compras de mercancía que realiza a quien te comenté, a las casas matrices.
Ahora si me explico mejor cuál es la problemática de estos contribuyentes?
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16 años 11 meses antes #53154
por Alberto FC
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Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: Deberíamos analizar la reforma al IDE también!
Vamonos por partes:
(Lo negro es tu texto, lo azul mi comentario).
...efectivamente venden 1 millón de pesos por mes. Recomiéndales a quienes les vendes que te paguen vía transferencia o con cheque nominativo para abono en cuenta; ya que a estos mecanismos de pago no les es aplicable el IDE, pues este solo aplica a depósitos en e f e c t i v o, conlución, si no hay efectivo no hay impuesto. Aunado a esto, comentales que si te pagan vía transferencia o cheque, sus compras serán deducibles pues asi como te las estan pagando en efectivo no lo serán, esto pues por lo que veo deben pagarte cantidades superiores a $ 2,000.00, motivo por el cual, no pueden pagarte en e f e c t i v o sino mediante cheque, transferencia, etc.
...estas personas que únicamente tuvieron una "utilidad Fiscal" de 30 mil pesos, su isr a pagar es de aproximadamente y exagerando de 8,400 pesos... Pues contra esa utilidad exagerada es contra la que puedes aplicar el IDE. Insisto; si tiene utilidades altas, el ISR será alto (recordemos que las contribuciones son proporcionales), luego entonces si tiene un ISR tendras cantidad contra la cual podrás aplicar el IDE retenido x los bancos.
...el ide no es como tú lo señalas "un isr adelantado"... Expresamente no lo es, pero matemáticamente sí. Un ejemplo sencillo: El banco te retiene $25 de IDE y al calcular tu ISR te resultan $ 88. Sucede que al hacer tu declaración matematicamente le dices al fisco te debía pagar $ 88 de ISR, pero ya te pague $ 25 vía IDE motivo por el cual solo te pago en este momento $ 63 (88-25). Como ves al final de cuentas estas pagando $ 88.00, 63 al momento de la declaración y $ 25 que ya le adelantaste, o no?
...aunque venden mucho... no todo es utilidad. Se me hace raro, pues entonces para que esta operando la empresa, no para ganar? ya que si la empresa en cuestión esta creada para perder pues es una auténitca perdida de tiempo, dinero y esfuerzo, a mi parecer.
Por otro lado me indicas no depósitemos en cada una de las "n" cuentas bancarias que abramos, depositemos menos de 25 mil mensuales para no generar ide. Si me dices que te resultan $ 30000 que esas "n" cuentas sean solo 2, y así asunto arreglado. Ahora que si solo quieres quedarte con 1 cuenta, deposita menos de $ 25,000.00 y el resto usalo para crear un fondo de resrva para cubrir los pasivos laborales de fin de año, esta seria una opcion, pues los pasivos laborales de fin de año son cuantiosos, asi matas 2 pájaros de 1 solo tiro: a) No te retienen IDE b) Vas creando tu colchon para pagos de fin de año.
Quizá vas a contestar que fácil, abre cuentas a nombre de tu esposa, hijos, primos, tíos, abuelitos, suegros, cuñados y hasta el perro. Esto es una aberración.
Te repito y recuerdo, estos negocios son negocios serios. Nunca lo he dudado ni cuestionado.
...deben estar formalmente constituidos y con un solo nombre. Con la misma formalidad que las caracteriza que asímismo determinen y paguen sus contribuciones.
...pero por personas como ustedes que hacen estas "chuecuras" es lo que hacienda está cerrando todos los caminos a quienes obramos de forma correcta y ustedes van a seguir evadiendo. Esta medida no va para los contribuyentes cumplidos como el caso que nos expones, sino para aquellos que depositan cantidades importantes de efectivo y que no estan inscritos en el RFC o que estándolo no declaran correctamente aún cuando tengan grandes ventas y por ende gran utilidades, pero no es tu caso.
...pero te repito el artículo 31 frac. III de la ley del isr señala que todos los pagos superiores a 2 mil pesos deben ser con cheque nominativo. Totalmente de acuerdo, pero dicha fracción tambien exceptúa de ello a los pagos que se hagan por la prestación de un servicio personal subordinado. En cuanto a los gastos corrientes, tambien es factible hacerlo por aquellos cuyos montos no excedan de 2000, para ello crea tu fondo respectivo y dictale las politicas pertinentes.
(Lo negro es tu texto, lo azul mi comentario).
...efectivamente venden 1 millón de pesos por mes. Recomiéndales a quienes les vendes que te paguen vía transferencia o con cheque nominativo para abono en cuenta; ya que a estos mecanismos de pago no les es aplicable el IDE, pues este solo aplica a depósitos en e f e c t i v o, conlución, si no hay efectivo no hay impuesto. Aunado a esto, comentales que si te pagan vía transferencia o cheque, sus compras serán deducibles pues asi como te las estan pagando en efectivo no lo serán, esto pues por lo que veo deben pagarte cantidades superiores a $ 2,000.00, motivo por el cual, no pueden pagarte en e f e c t i v o sino mediante cheque, transferencia, etc.
...estas personas que únicamente tuvieron una "utilidad Fiscal" de 30 mil pesos, su isr a pagar es de aproximadamente y exagerando de 8,400 pesos... Pues contra esa utilidad exagerada es contra la que puedes aplicar el IDE. Insisto; si tiene utilidades altas, el ISR será alto (recordemos que las contribuciones son proporcionales), luego entonces si tiene un ISR tendras cantidad contra la cual podrás aplicar el IDE retenido x los bancos.
...el ide no es como tú lo señalas "un isr adelantado"... Expresamente no lo es, pero matemáticamente sí. Un ejemplo sencillo: El banco te retiene $25 de IDE y al calcular tu ISR te resultan $ 88. Sucede que al hacer tu declaración matematicamente le dices al fisco te debía pagar $ 88 de ISR, pero ya te pague $ 25 vía IDE motivo por el cual solo te pago en este momento $ 63 (88-25). Como ves al final de cuentas estas pagando $ 88.00, 63 al momento de la declaración y $ 25 que ya le adelantaste, o no?
...aunque venden mucho... no todo es utilidad. Se me hace raro, pues entonces para que esta operando la empresa, no para ganar? ya que si la empresa en cuestión esta creada para perder pues es una auténitca perdida de tiempo, dinero y esfuerzo, a mi parecer.
Por otro lado me indicas no depósitemos en cada una de las "n" cuentas bancarias que abramos, depositemos menos de 25 mil mensuales para no generar ide. Si me dices que te resultan $ 30000 que esas "n" cuentas sean solo 2, y así asunto arreglado. Ahora que si solo quieres quedarte con 1 cuenta, deposita menos de $ 25,000.00 y el resto usalo para crear un fondo de resrva para cubrir los pasivos laborales de fin de año, esta seria una opcion, pues los pasivos laborales de fin de año son cuantiosos, asi matas 2 pájaros de 1 solo tiro: a) No te retienen IDE b) Vas creando tu colchon para pagos de fin de año.
Quizá vas a contestar que fácil, abre cuentas a nombre de tu esposa, hijos, primos, tíos, abuelitos, suegros, cuñados y hasta el perro. Esto es una aberración.
Te repito y recuerdo, estos negocios son negocios serios. Nunca lo he dudado ni cuestionado.
...deben estar formalmente constituidos y con un solo nombre. Con la misma formalidad que las caracteriza que asímismo determinen y paguen sus contribuciones.
...pero por personas como ustedes que hacen estas "chuecuras" es lo que hacienda está cerrando todos los caminos a quienes obramos de forma correcta y ustedes van a seguir evadiendo. Esta medida no va para los contribuyentes cumplidos como el caso que nos expones, sino para aquellos que depositan cantidades importantes de efectivo y que no estan inscritos en el RFC o que estándolo no declaran correctamente aún cuando tengan grandes ventas y por ende gran utilidades, pero no es tu caso.
...pero te repito el artículo 31 frac. III de la ley del isr señala que todos los pagos superiores a 2 mil pesos deben ser con cheque nominativo. Totalmente de acuerdo, pero dicha fracción tambien exceptúa de ello a los pagos que se hagan por la prestación de un servicio personal subordinado. En cuanto a los gastos corrientes, tambien es factible hacerlo por aquellos cuyos montos no excedan de 2000, para ello crea tu fondo respectivo y dictale las politicas pertinentes.
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por CPMARTIN
Respuesta de CPMARTIN sobre el tema Re: Deberíamos analizar la reforma al IDE también!
alberth
porque primero no lees el texto que te envio Frhernandez, donde dice que las ventas las realiza con el publico en general y con personas que no tiene cuenta de cheques, incluso te tuvo que explicar con "manzanas" lo que esta muy claro desde un principio,
eso mismo que dice frhernandez les paso a las gasolineras la retecion de IDE estaba por encima de su utilidad, para evitar un pago en exceso y por no tener contra que acreditar el ide retenido, la autoridad les autorizo que los pagos de las facturas de compra a pemex se las pagaran a efectivo. unica y exclusivamente a estos contribuyentes.
porque primero no lees el texto que te envio Frhernandez, donde dice que las ventas las realiza con el publico en general y con personas que no tiene cuenta de cheques, incluso te tuvo que explicar con "manzanas" lo que esta muy claro desde un principio,
eso mismo que dice frhernandez les paso a las gasolineras la retecion de IDE estaba por encima de su utilidad, para evitar un pago en exceso y por no tener contra que acreditar el ide retenido, la autoridad les autorizo que los pagos de las facturas de compra a pemex se las pagaran a efectivo. unica y exclusivamente a estos contribuyentes.
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16 años 11 meses antes #53161
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Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: Deberíamos analizar la reforma al IDE también!
Siendo así la cosa, hay 3 alternativas:
a) Que no abra cuenta bancaria, para así estar a la par de las personas a quienes les vende y no tienen cuenta bancaria. Digo o porque tu te pones a la par de ellos o ellos se ponen a la par de ti. Pero si como dices, ellos no tienen cuenta bancaria, equiparate a ellos, trabaja sin cuenta y así ten la plena seguridad que no te será retenido nada por cuenta de IDE.
b) Si quieres el dinero de vuelta cada mes; has el procedimiento de dictaminación a q se refiere el 8 LIDE. Esto pues considerando tu nivel de ingresos no creo que tengas problema para pagar esos servicios.
c) Solicita la devolucion hasta el cierre del ejercicio; pues aqui ya no es necesaria la dictaminación
a) Que no abra cuenta bancaria, para así estar a la par de las personas a quienes les vende y no tienen cuenta bancaria. Digo o porque tu te pones a la par de ellos o ellos se ponen a la par de ti. Pero si como dices, ellos no tienen cuenta bancaria, equiparate a ellos, trabaja sin cuenta y así ten la plena seguridad que no te será retenido nada por cuenta de IDE.
b) Si quieres el dinero de vuelta cada mes; has el procedimiento de dictaminación a q se refiere el 8 LIDE. Esto pues considerando tu nivel de ingresos no creo que tengas problema para pagar esos servicios.
c) Solicita la devolucion hasta el cierre del ejercicio; pues aqui ya no es necesaria la dictaminación
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