raym
En ese caso me permitire darte mi opinión..
En primer lugar, las leyes no son diccionarios, de ahí que muchos puedan decir, que no es de aplicación estricta tipificada en el art 5 del CFF.
En segúndo lugar lo que menciona el art 29A del CFF nos obliga a tener todos los requisitos fiscales y en forma breve dire lo siguiente..
a) en lo que se refiere a nombre es de quien expide, en este caso por decir, una s.a te facturo a ti proveedor.
b) domicilio fiscal se refiere al del contribuyente, en este caso el domicilio de la s.a, es decir, de quien lo expide.
c) Clave del RFC, se refiere y reafirma para su deduccion en el art 172 LISR, que son los requisitos de las deducciones, claro, si provienen de dicha fracciones a que se refiere el citado articulo, en su parrafo primero..
Pongamos el ejemplo en una factura electronica y te comento lo siguiente..
Y a su vez nos remitimos a la regla miscelanea 2.22.8, ahí te especifica el domicilio del proveedor, esta a su vez te remite a la regla 2.22.6 y 2.22.14 los cuales en su fraccion XI de la ultima regla ya citada te menciona todos los requisitos que deberas cumplir, no solo como causante, sino a quien le vendes.
Ahora bien si vemos las caracteristicas de la autofacturacion estrictamente en la regla 2.5.2 tambien te pide los datos del vendedor, del bien del cheque etc.
En otro orden de ideas esta el de los servicios personales, por decir, derechos de autor y los esporadicos, y dime, si les hacen un cheque, a que nombre deberan de ir, al RFC o a quien nos presto el servicio? Lo otorgaríamos un cheque..abono en cuenta a “ proveedor x “o tal vez a una persona que no existe?, le recuerdo que debe haber simetría fiscal, no se puede omitir ni el nombre ni el domicilio de quien nosotros, en su caso una S.A facturemos….salvo vendamos a publico en general donde por razones obvias no conocemos el nombre, ni el domicilio..
Y por ultimo ejemplo, esta el de donativos, que a su vez lo remite al art 40 RCFF los requisitos del donatario y contribuyente al igual que su domicilio, su clave en el RFC etc.
Y le recomiendo tambien ver el art 38 RCFF.
pd..esto es de acuerdo a la ley, no a titulo personal, espero no me lo tome a mal.
saludos