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MISTICO escribió: PATADAS VOLADORAS……..Muy bien Don Lobo, no se puede ser mas papista que el papa, NO PUEDEN PAGAR GASOLINA EN EFECTIVO LAS MORALES CIERTAS NO TODAS LAS PERSONAS FISICAS PARA LA RAMA DEL AUTOTRANSPORTE SE PUEDE HASTA EL 15%.Es decir a estos particulares LE ESTA PROHIBIDO EN EL MARCO LEGAL HACER DEDUCIBLES ESTOS PAGOS EN EFECTIVO punto no hay más.
La pregunta concreta es El pago de gasolina en efectivo ¿es deducible en RIF o no?
Por supuesto QUE SI como lo señalo Don lobo, PORQUE NO ESTA PROHIBIDO TODO LO QUE NO ESTA PROHIBIDO ESTA PERMITIDO y para los del RIF no existe esta prohibición, por supuesto que en la practica la autoridad no esta de acuerdo con esta criterio, BUENO PERO ESE ES SU PEDO no problema del particular.
FUNDAMENTO.
Principio de legalidad:
LOS PARTICULARES PODRAN HACER TODO LO QUE NO ESTA PROHIBIDO EN LA LEY.
LAS AUTORIDADES PUEDEN HACER LO QUE EXPRESAMENTE FACULTA LA LEY.
Saludos para todo
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