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Buenos dias Colegas
A ver como ven este caso... A un establecimiento permanente por cuestiones administrativas la matriz en USA le pide que registre inventarios en trransito. La pregunta es ¿creen que cause IMPAC?
Saludos.
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Buenos dias Colegas
A ver como ven este caso... A un establecimiento permanente por cuestiones administrativas la matriz en USA le pide que registre inventarios en trransito. La pregunta es ¿creen que cause IMPAC?
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Es un activo, por lo tanto grava IMPAC, según la segunda oración del primer párrafo del Art. 1 L.I.A.C.
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A ver como ven este caso... A un establecimiento permanente por cuestiones administrativas la matriz en USA le pide que registre inventarios en trransito. La pregunta es ¿creen que cause IMPAC?
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Buenos dias Colegas
A ver como ven este caso... A un establecimiento permanente por cuestiones administrativas la matriz en USA le pide que registre inventarios en trransito. La pregunta es ¿creen que cause IMPAC?
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complementando lo acertado de mi buen amigo Saul , comentare lo siguiente....
Como dijera mi buen amigo JJFARIAS ( saludos ), bajo esa tesitura se supone que ya tienes registradas esa mercancia en transito, como una operacion real, luego entonces se hizo el papeleo respectivo de los activos, y se supone que ya no esta en la matriz de USA, sino que ya viene en transito hacia tus almacenes, lo cual tecnicamente te " convierte " en el posesionario de dicha mercancia, lo cual le es aplicable el art 1 segundo parrafo de la ley del IAC, asi como el art 25 RIAC.
saludos
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El 25 de RIA no me aplica porque habla de residentes en el extranjero SIN establecimiento permanente y en este caso si lo hay.
Por otro lado, la matriz lleva el material hasta la aduana y a partir de ahi nosotros nos hacemos cargo de ella. El otro punto es, ¿que valor le asigno a esa mercancia si no ha pasado por aduana? ¿como le cargamos los gastos aduanales si no ha pasado?
Ademas, la posesion denota tenencia de la cosa en cuestion y yo no la poseo hasta que entra a Mexico.
Espero sus comentarios.
Saludos y Gracias.
Buenos dias Colegas
A ver como ven este caso... A un establecimiento permanente por cuestiones administrativas la matriz en USA le pide que registre inventarios en trransito. La pregunta es ¿creen que cause IMPAC?
Saludos.
complementando lo acertado de mi buen amigo Saul , comentare lo siguiente....
Como dijera mi buen amigo JJFARIAS ( saludos ), bajo esa tesitura se supone que ya tienes registradas esa mercancia en transito, como una operacion real, luego entonces se hizo el papeleo respectivo de los activos, y se supone que ya no esta en la matriz de USA, sino que ya viene en transito hacia tus almacenes, lo cual tecnicamente te " convierte " en el posesionario de dicha mercancia, lo cual le es aplicable el art 1 segundo parrafo de la ley del IAC, asi como el art 25 RIAC.
saludos
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