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Buzón Tributario, notificaciones de obligaciones por vencer.
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- Escrito por: Administracion de www.aportacionesfiscales.com
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¿En serio lo van a estar haciendo todos los meses?, de siempre el contribuyente se inquieta al recibir una notificación de la autoridad, el no saber lo que pueda ser lo lleva a pensar que el contador de seguro se olvidó de presentar algo, sin que eso sea necesariamente cierto.
Van ya dos meses al menos con este, que la autoridad ha enviado a una buena cantidad de contribuyentes “atentos y amables recordatorios” de obligaciones por vencer, no dice cuáles son, ni cuando vencen, solo les recuerda que “algo está por vencer”, ¿Es un acto de molestia?, no estrictamente hablando, pero ah como fastidian, sobre manera cuando si por equis razón el contribuyente tuvo que presentar las obligaciones mensuales a que es sujeto las presento antes de la fecha de vencimiento. En serio, en serio, ¿Lo van a estar haciendo mes a mes?
Es de suponer que ver en el buzón tributario algo parecido a las siguientes imágenes puede inquietar, por no saber o incluso por saber.
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Pago en parcialidades de ISR Anual de Personas Físicas
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- Escrito por: Gilberto Solorio Sanchez
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Toda vez que la autoridad concedió una ampliación al vencimiento de la declaración anual de las personas físicas del ejercicio 2020, mismo que vence el 31/05/2021, no debemos olvidar que dichos contribuyentes cuentan con la facilidad de realizar el pago del ISR que les pudiera resultar a cargo hasta en 6 parcialidades. Lo que no es cosa menor, ya que esa misma facilidad no se concede a las personas morales.
Así las cosas, si en la declaración anual del ejercicio 2020 se tiene un ISR a cargo y el contribuyente desea pagarlo en parcialidades (máximo 6 pagos), dependiendo del número de parcialidades elegidas, para obtener el monto a pagar por cada parcialidad deberá dividir el importe a pagar sin incluir la primera parcialidad (saldo) entre el factor que le pueda corresponder conforme a la R.M. 3.17.3, a continuación un ejemplo con cifras para ejemplificar lo escrito.
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Cómo saber si tengo algún adeudo en el SAT
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- Escrito por: Administracion de www.aportacionesfiscales.com
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Algo que todo contador que se desempeña en el área de impuestos sabe o debe saber es si sus clientes tienen o no adeudos con el SAT. Para ello puede valerse de diversas herramientas, desde su archivo personal pasando por 32D y concluir con una consulta de créditos fiscales por internet. Es sano y recomendable para todo contador que está siendo contratado por un cliente, realizar esa investigación para reducir el margen de sorpresas desagradables, pero es igualmente sano y recomendable para el contador que sus clientes sean capaces de realizar esa verificación o consulta y que dicha consulta se convierta en una especie de validación de sus servicios.
¿Cómo puede un contribuyente saber si tiene o no adeudos con el SAT?
Sin e.firma vigente, sin citas disponibles para su renovación, ¿Puedo solicitar una devolución de impuestos?
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- Escrito por: CP JORGE AYAX CABELLO HERNÁNDEZ
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Hoy día, afortunadamente, una gran cantidad de trámites y gestiones ante el SAT deben ser realizados en forma virtual, vía remota utilizando su portal, sin embargo para hacer uso de esa facilidad y servicio el contribuyente debe contar con e.firma o contraseña, siendo ideal contar con la primera de ellas, ya que existen módulos del portal a los que el ingreso o tramite solo puede realizarse mediante dicha herramienta (e.firma), el módulo de Devoluciones es uno de ellos.
Pero y si la e.firma ha caducado, en el escenario de la pandemia y lo restringido del servicio presencial por parte de la autoridad, se dio una escases de citas para poder revocar, renovar u obtener citas para tramitar la e.firma, ¿Puedo solicitar una devolución sin contar con e.firma?
Declaración Anual de personas físicas 2020, vencimiento prorrogado.
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- Escrito por: Administracion de www.aportacionesfiscales.com
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Hoy 5 de abril de 2021 el SAT da a conocer en su portal el Quinto Anteproyecto de la Primera de la Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021. En dicha versión anticipada se incluye la Regla Miscelánea 13.4. Plazo para la presentación de la declaración anual, por medio de la que se otorga una prórroga para la presentación de la declaración anual de las personas físicas, por lo que en lugar de tener como vencimiento el 30/04/2021 queda para el día 31 de mayo de 2021.

Sustitución de un CFDI emitido con errores. ¿Cuándo deducir o acreditar?
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- Escrito por: CP JORGE AYAX CABELLO HERNÁNDEZ
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Es época de cierres anuales de las empresas, con vistas a presentar su declaración anual que se vence el día último del mes de marzo, por lo tanto, es conveniente revisar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. Uno de los casos que se presenta con mayor frecuencia de la que se pueda desear, es el encontrar errores en los CFDI que nos fueron expedidos por nuestros proveedores, errores como pudieran ser: la clave de método de pago y forma de pago, etc.. De quedarse así, podría conllevar un futuro rechazo de la deducción o el acreditamiento de impuestos por parte de la autoridad fiscal. Por esa razón, la sugerencia de hacer esta revisión sugerida en líneas anteriores.
Al respecto, las dudas serían: ¿Puedo corregir estos errores? ¿En su caso, cómo y cuándo puedo corregir esos errores?
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La importancia del precio de venta
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- Escrito por: Administracion de www.aportacionesfiscales.com
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¿Qué debo tomar en cuenta para fijar el precio de venta? Conviene decir que conocer el Estado de Resultados ayuda a saber de dónde proviene la ganancia/utilidad.
Iniciar un negocio implica ilusionarse, soñar, confiar en que en un tiempo prudente será rentable, que lo invertido se va a recuperar y que pronto empezará a dejar utilidades. Eso es lo deseable, pero no ir engañado es lo mejor. Si el emprendedor no sabe de dónde van a provenir sus ganancias, la cosa no pinta bien.
¿Es complicado saber de dónde deben provenir las utilidades?, uno supondría o mejor dicho da por descontado que no, que todo empresario sabe de dónde obtendrá sus utilidades, que incluso conoce los rubros de un estado de resultados básico. Por muy pequeño que pueda ser el negocio a emprender, es recomendable vigilar en forma periódica (plasmar las cifras del negocio) la integración de un estado de resultados, donde se podrá apreciar su comportamiento e ir definiendo, por drástico que parezca lo que son sus ingresos, costos y gastos, para tener claro lo que son.
Partiendo de una actividad de compra-venta, podemos proyectar un estado de resultados básico o elemental con los siguientes rubros:
Contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal y su Buzón Tributario.
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- Escrito por: Administracion de www.aportacionesfiscales.com
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Habilitar el buzón tributario, así como registrar y mantener actualizados los medios de contacto es una obligación que en 2020 tuvo vencimientos paulatinos, siempre en función del tipo de contribuyente. 2021 toca el turno para los conocidos coloquialmente como RIF, ¿Lo tienes previsto?
El fundamento lo encontramos en los artículos transitorios de la Resolución Miscelánea Fiscal 2021.
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Estímulos Fiscales 2021, Frontera Sur.
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- Escrito por: CP Enrique Corona Mendoza
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Con fecha 30 de diciembre de 2020 fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación diversas disposiciones, que establecen beneficios fiscales para los contribuyentes con domicilio fiscal en la zona denominada “Frontera Sur”, los cuales implican una reducción en el ISR a cargo determinado y una tasa reducida de IVA para las operaciones que realicen. Dichos beneficios entran en vigor a partir del 1 de enero de 2021. Veamos a detalle las disposiciones.
Contribuyentes beneficiados (y excluidos).
Habemus UMA 2021, UMI al rato.
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Al iniciar el año debemos tener claro que existen diversos indicadores que es necesario actualizar o estar al pendiente de su publicación para actualizar nuestros software o papeles de trabajo, entre ellos podemos citar:
Días feriados obligatorios 2021
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- Escrito por: Administracion de www.aportacionesfiscales.com
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Conocer los días de descanso obligatorio (artículo 74 de LFT) es no solo de utilidad si no una exigencia en nuestra ocupación como contadores o involucrados con la vida y dinámica de empresas y negocios. Ya que no solo inciden en la posibilidad de programar un descanso, aprovechar un "fin de semana largo", sino que puede repercutir en el correcto pago de la nomina, la determinación del ISR de los trabajadores y mas. Por si te resulta de utilidad te dejamos a la mano un listado con los días feriados para 2021, oficiales y no obligados.
Saldos a favor, solicitados en devolución y negados, una declaración complementaria lo corrige.
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- Escrito por: CP JORGE AYAX CABELLO HERNÁNDEZ
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En reciente comunicación de Prodecon de fecha del 7 de diciembre de 2020, señaló que la autoridad fiscal debe permitir la presentación de la solicitud de devolución del saldo a favor, cuando dicha solicitud fuera negada, si posterior a ella se presentó una declaración complementaria.
En efecto, conforme a este criterio los artículos 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 2, fracción II, de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente reconocen el derecho general de los pagadores de impuestos a obtener, en su beneficio, las devoluciones de impuestos que procedan en términos del Código Fiscal de la Federación (CFF) y de las leyes fiscales aplicables.
Aguinaldo 2020, salario base, ¿Salario normal o salario reducido?
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- Escrito por: CP JORGE AYAX CABELLO HERNÁNDEZ
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Está cerca la fecha para la entrega del aguinaldo, que es una prestación laboral que se encuentra plasmada en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, además de ser una de las prestaciones más esperadas por los trabajadores mexicanos.
Todos los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual, sin excepción, el cual debe ser por lo menos el equivalente a 15 días de salario. Esta prestación debe estar cubierta antes del 20 de diciembre.
Para calcular el pago del aguinaldo se debe tomar en cuenta el salario base por día que éste percibe al momento en que se cumple la fecha del aguinaldo. En caso de que la retribución sea variable, según la Profedet, “se tomará en cuenta el salario promedio de las percepciones obtenidas en los treinta días laborados antes del nacimiento del derecho al aguinaldo”.
No obstante lo anterior, este año 2020, es un año atípico por el tema de la pandemia, por lo que muchos patrones optaron por negociar y convenir reducciones de salario con sus trabajadores, para proteger su planta laboral.
Entonces, ante la inminencia del pago del aguinaldo, se presenta una duda para los patrones: ¿Con qué salario se debe de pagar el aguinaldo? ¿El salario que tenían antes de la reducción o el salario reducido a la fecha del pago del aguinaldo?
Muchos trabajadores han percibido dos sueldos diferentes a lo largo del 2020, un salario antes de la pandemia (su remuneración normal) y uno derivado de las negociaciones y convenios para reducirlo (salario reducido).
A falta de una norma expresa, se presentan las siguientes opciones:
1.- Una aplicación estricta de la Ley Federal de Trabajo, en donde se pagaría el aguinaldo con el sueldo reducido.
2.- Una aplicación más justa de la Ley, en donde se pudiera considerar un promedio de los meses con sueldo normal y los meses con sueldo reducido.
En todos los casos, se sugiere tener un diálogo abierto con los trabajadores, a fin de llegar a una postura justa para ambas partes, pues es fecha de que la situación económica es todavía muy frágil para las empresas, pero también es una prestación que ayudará de manera importante a la economía familiar de los trabajadores.
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