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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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DIOT, ........PARTE DEL COSTO.......

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17 años 11 meses antes #34963 por atperez

fega escribió: y referente al imss e infonavit?


El IMSS y el Infonavit son organismos descentralizados. Presentan la DIOT al asi disponerlo el Articulo 32-G fr II de CFF y RMF I.2.1.17.

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17 años 11 meses antes #34970 por CPHugoocejo
LOBOZAC escribió:

DE ACUERDO A LO ANALIZADO, ESA SERIA MI CONCLUSION..........NO PRESENTAR

PERO, en parte pudieras tener razon mi estimado hugo.......y precisamente en cuanto a tu comentario , SIENDO CONSERVADORES......mi cliente pudiera presentar DIOT ? considero que si...

SIN INCLUIR EL IVA COMO PARTE DEL COSTO...asi es

DECLARAR EN EL RENGLON DE EXENTOS..asi es

TENIENDO EN CUENTA QUE "LO QUE ABUNDA , NO PERJUDICA"

Y EVITAR POTENCIALMENTE UN ACTO DE MOLESTIA POR NO HABER PRESENTADO DIOT MENSUALMENTE

COMO VES ?...en lo personal por lo antes expuesto...presentaria la DIOT.
COMO VEN LOS DEMAS ?

GRACIAS POR SUS VALIOSAS APORTACIONESFISCALES



SALUDOS

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17 años 11 meses antes #34971 por CPHugoocejo
atperez escribió:

Saludos, tocayo.

CPHugoocejo escribió: 1-. independientemente que el IVA forme parte del costo es una cosa, otra muy distinta a enterarle al fisco por medio de la DIOT [cuando se este obligado a ello] las operaciones que a mi empresa, negocio " me trasladen "...

2-. un ejemplo clasico...si yo vendo libros aludiendo al caso que nos plantea Lobozac, y resulta que pago a telmex una cuenta de 15,000, otro tanto pago de compra de equipo hidrualico por 100,000 etc...la pregunta es....dichos proveedores no me trasladarian el IVA siendo que estoy y tributo a tasa exento y me dirian...oye si, tu eres exento no te cobraremos el IVA.....sera asi? Los proveedores (Telmex, el vendedor del equipo hidraulico, etc) se ven obligados a trasladar el IVA en los actos o actividades por cuya realizacion se este obligado al pago [LIVA 1, tercer parrafo], sin excepcion alguna; por su parte, el cliente (que vende libros) esta obligado a aceptar la traslacion [LIVA 3, primer parrafo].

3-. que fin persigue la DIOT? simple...el fisco quiere que le reportemos lo que nos trasladan o no? derivado de lo que nos cobren a nosotros, y no me refiero a lo que el negocio traslade, son dos entes muy distintos.... Cierto. Su fin es fiscalizar.


4-. No se trata desde cuando o que fecha inicio la DIOT, eso es irrelevante, sino lo mas importante es ver lo referente a su aplicacion... Cierto.


5-. ahora bien...en el articulo 32 LIVA se plasma que quien no tenga dada de alta la clave del IVA no entera sus operaciones en la DIOT? No. Lo que si hace es señalar quienes tienen que cumplir con determinadas obligaciones por asi señalarlo la Ley del IVA, en este caso las fracciones V y VIII.

Puedes consultar la guia de obligaciones de algun contribuyente que unicamente realice actos o actividades por los que no se este obligado al pago de IVA y revisar si dentro de sus obligaciones esta la de presentar la declaracion mensual donde se informe sobre las operaciones con terceros para efectos de Impuesto al Valor Agregado (IVA). Del ejemplo que comente anteriormente (medico que por error tenia activa la clave del IVA), se presento el aviso de disminucion de la obligacion de IVA. En el documento que recibio se puede observar que ademas de ya no tener la clave de obligacion de IVA, en esa misma fecha tiene dada de baja la obligacion de la DIOT.


Si tanto los sujetos obligados como los no obligados al pago de IVA tienen que presentar la DIOT, ¿no es acaso redundante la fraccion II del Articulo 32-G del CFF? Si fuera el caso, ¿no habria sido mejor expresar tambien en el CFF la obligacion para los demas contribuyentes, y no solo a los que ahi se enuncia?

NO....el articulo que citas trata especificamente a los siguiente entidades....." La Federación, las Entidades Federativas, el Distrito Federal, y sus Organismos Descentralizados, así como los Municipios"...vaya dicho de otra manera el multicitado esta muy explicito....y te pregunto...que tasa tributan los citados? ademas...tiene alguna injerencia el art 32 LIVA fraccion VIII con el 32 G del CFF?..tal vez diras...es que se relaciona...no, el unico articulo que cita es el 32 LIVA fraccion VIII...pero como dice la cancion..jeje..libre albedrio..jejeje, cada quien decide...pero al menos mi postura es...presentar la DIOT....aun y cuando alguien haya puesto la liga de preguntas que relacionen la diot...no porque lo diga el sat siempre tendra la razon..jejejee


saludos tocayo

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17 años 11 meses antes #34979 por atperez
Saludos, tocayo.

CFF 32-G fr II no cita de LIVA 32 fr VIII, pero es la regla I.2.1.17. de RMF la que señala que se cumpla por medio de la DIOT. ¿A que voy? Que la disposicion del Codigo no esta relacionada con LIVA 32, pero si lo esta con la DIOT.

Ramiro, Lobozac y tu servidor sostenemos que por LIVA los obligados son los que expresamente señala el primer parrafo del Articulo 32. Lobozac piensa en presentar la DIOT de un contribuyente que si bien no esta obligado a hacerlo, tampoco se le prohibe.

Pero si estoy interesado en saber como interpretas tu el Articulo 32 de LIVA de manera que de dicha interpretacion se desprenda que los contribuyentes que pese a no estar obligados al pago de IVA ni realicen actos/actividades de los señalados en LIVA 2-A, se encuentren expresamente obligados a presentar la DIOT.

No me cierro a pensar que mi criterio es la unica manera posible de interpretar la norma en cuestion, solo quisiera leer tus argumentos fundados en ley que te llevan a la interpretacion que define tu postura.

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17 años 11 meses antes #35015 por CPHugoocejo
atperez escribió:

Saludos, tocayo.

CFF 32-G fr II no cita de LIVA 32 fr VIII, pero es la regla I.2.1.17. de RMF la que señala que se cumpla por medio de la DIOT. ¿A que voy? Que la disposicion del Codigo no esta relacionada con LIVA 32, pero si lo esta con la DIOT…..Mi estimado..entonces porque citar algo que no se relaciona con la DIOT?...en fin….si puedes apreciar en mi respuesta anterior cite en forma clara a que se refiere el articulo 32 G del CFF….es decir, no tiene injerencia que si los municipios, la federación presenten la DIOT, estamos hablando de un negocio o persona fisica que se dedica enajenar libros, siendo sujeto exento de conformidad con el articulo 9 LIVA fraccion III…no mezclemos un ente con otro…

Ramiro, Lobozac y tu servidor sostenemos que por LIVA los obligados son los que expresamente señala el primer parrafo del Articulo 32. Lobozac piensa en presentar la DIOT de un contribuyente que si bien no esta obligado a hacerlo, tampoco se le prohibe……Pues que te puedo decir mi estimado, respeto las posturas de cada uno de los foristas y administradores, pero eso no quiere decir que siempre comparta un punto de vista, insisto son loables y respetables todas las opiniones, y de todos aprendo, en fin, una cosa si te quiero decir, y espero no lo tomes a mal, dime…porque dices “ sostenemos”..acaso requieres respaldo para saber que tu opinión tendra validez en el caso que nos ocupa? Insisto, te lo digo en buen plan y con respeto, no es mala intencion de mi parte, pero un defecto de tu servidor es la franqueza…ahora bien, si mi estimado Lobozac decide presentar las DIOT….dime tu…acaso lo multarian por presentarlas? o dicho de otra manera, ….acaso seria multado y el fisco tendria el fundamento para fincarle una multa? Te recuerdo que una cosa es LIVA y otra muy distinta es presentar la DIOT….


Pero si estoy interesado en saber como interpretas tu el Articulo 32 de LIVA de manera que de dicha interpretacion se desprenda que los contribuyentes que pese a no estar obligados al pago de IVA ni realicen actos/actividades de los señalados en LIVA 2-A, se encuentren expresamente obligados a presentar la DIOT.

Pues bien…ahí te van mis “ fundamentos”…

Punto uno-.
ARTÍCULO SEXTO. Los contribuyentes proporcionarán la información mensual a que se refiere el artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del Impuesto al Valor Agregado a partir del día 17 de octubre de 2006.
( disposiciones transitorias 2006 )


Punto dos-.

Articulo 3 LIVA….
Artículo 3o.- La Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios, los organismos descentralizados, las instituciones y asociaciones de beneficencia privada, las sociedades cooperativas o cualquiera otra persona, aunque conforme a otras leyes o decretos no causen impuestos federales o estén exentos de ellos, deberán aceptar la traslación a que se refiere el artículo primero y, en su caso, pagar el impuesto al valor agregado y trasladarlo, de acuerdo con los preceptos de esta Ley.


Punto 3-.
Articulo 2ª LIVA…tercer parrafo de abajo hacia arriba….

Tratándose de los contribuyentes a que se refiere el presente artículo, que realicen únicamente actividades afectas a la tasa de 0%, podrán optar por tributar conforme a lo dispuesto en este artículo, en cuyo caso quedarán liberados de las obligaciones de presentar declaraciones y de llevar los registros de sus ingresos diarios.

Esto es…se entiende que en este caso no es tasa 0%, sino exentos verdad? Ok….bueno, entonces los contribuyentes de la tasa 0% que unicamente actos afectos a la citada tasa… podrán tributar conforme a las disposiciones del presente articulo…..y siendo asi….quedara liberado de presentar declaraciones………….cuales?....se entiende las que se deban presentar por medios electronicos no?....bueno….entonces bajo esa premisa…TODOS, deberan cumplir en forma cabal de presentar todas las declaraciones que de a lugar……..


Punto 4-.

La leyenda que aparece y cite con anterioridad….podras tu…darme el fundamento del porque esta esa leyenda en la DIOT?...”actos o actividades por lo que no se esta obligado al pago ( exentos )…….te dire sinceramente, dicho renglón no esta ahí como dato informativo…


Punto 5-.

Art 32 LIVA fraccion VIII……



No me cierro a pensar que mi criterio es la unica manera posible de interpretar la norma en cuestion, solo quisiera leer tus argumentos fundados en ley que te llevan a la interpretacion que define tu postura.

….te equivocas mi estimado, tu criterio ni el mio no seran siempre los correctos, porque el ser humano es imperfecto, pero eso si, siempre debemos ver….” Mas alla que los demas “………….para ser siempre mejores cada dia…..por otro lado, si observas desde un inicio mencione el citado art 32 fraccion VIII LIVA, digo..si eso no es fundamento mi estimado, pues de que estamos hablando…


Saludos tocayo

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17 años 11 meses antes #35020 por Viri
Respuesta de Viri sobre el tema Re: DIOT, ........PARTE DEL COSTO.......
hola colegas:

está muy interesante su debate, espero ser prudente conmis comentarios, estuve navegando por la pagina del SAT, la verdad no recuerdo en que apartado lo encontré, y además si esté actualizsado el artículo pero hubo algo que me llamó la atención, ya que tengo clientes que tienen escuelas y por lógica están exento de iva pero tienen dada de alta la Diot, esto fue cuando imprimí de nuevo la CIF sin actualizar nada, y ya apareció totalmente renovada y con un montón de obligaciones fiscales entre ellas la DIOT, la he querido dar de baja y no melo acepta y por esta situación debo de presentarla, aunque no se como ya que el iva compras y gastos se consideran como un gasto mas y no como tal, en fin..... pero meencontré con otra situación en el SAT y fue lo siguiente:

Cuándo se debe presentar y mediante qué formato
La información se presentará mediante el formato electrónico A-29 Declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT) 2008 Completa.

Las personas morales la presentan mensualmente NO HACEN DISTINCION SI TIENE EXENTO O TASA 0% DE IVA, ES DECIR, A MI MUY PARTICULAR PUNTO DE VISTA YA DE ENTRADA TE ESTAN DICIENDO --SI NO HAY ESPECIFICACION ES QUE SI ERES P.M. PRESENTALA-- (ESTO ES CRITERIO SAT) a más tardar el último día del mes siguiente al que corresponda la información.

Las personas físicas la presentarán en la fecha que se indican:

Por el periodo de enero a junio de 2008, las personas físicas tendrán por cumplida esta obligación, siempre que estén obligadas a presentar la declaración de clientes y proveedoresAQUI YA ESTAN SIENDO MAS ESPECIFICOS, SI TIENES ESTA OBLIGACION TAMBIEN DE CAJON ES LA DIOT, PERO ME NACE UNA DUDA, MEESTAN DEJANDO ENTREVER QUE COMO P.M. TAMBIEN TENGO ESTA OBLIGACION, ENTONCES PARA DONDE ME HAGO? y a cumplir con lo dispuesto en el artículo 133, fracción VII de la Ley del ISR, siempre que cumplan con estas obligaciones.Artículo 133. Los contribuyentes personas físicas sujetos al régimen establecido en esta Sección,
además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley y en las demás disposiciones
fiscales, tendrán las siguientes:

VII. Presentar y mantener a disposición de las autoridades fiscales la información a que se
refieren las fracciones VII, VIII, IX y XIX del Artículo 86 de esta Ley.AL CITAR ESTE ART. CON LA FRACCION YA ESTAN HACIENDO COHERENCIA CON LA OBLIGACION DE LA DIOT TANTO PARA P.M. COMO P.F. SIN HACER DISTINCION ALGUNA, AQUI YO INTERPRETO QUE NO PODEMOS HACERNOS DE LA VISTA GORDA Y HAY QUE PRESENTARLA.
Fracción reformada DOF 23-12-2005

DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS MORALES
Artículo 86. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Título, además de
las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes:

VII. Presentar, a más tardar el día 15 de febrero de cada año, ante las autoridades fiscales y
mediante la forma oficial que al efecto aprueben dichas autoridades, la información siguiente:
a) El saldo insoluto al 31 de diciembre del año anterior, de los préstamos que le hayan sido
otorgados o garantizados por residentes en el extranjero; y
b) El tipo de financiamiento, nombre del beneficiario efectivo de los intereses, tipo de
moneda, la tasa de interés aplicable y las fechas de exigibilidad del principal y de los
accesorios, de cada una de las operaciones de financiamiento a que se refiere el inciso
anterior.
VIII. Presentarán a más tardar el día 15 de febrero de cada año la información de las operaciones
efectuadas en el año de calendario inmediato anterior con clientes y proveedores mediante la
forma oficial que para tal efecto expidan las autoridades fiscales. Para estos efectos, los
contribuyentes no se encuentran obligados a proporcionar la información de clientes y
proveedores QUIEN NO TENDRÁ ESTA OBLIGACION? (HASTA LAS P.M. AUTORIZADAS PARA RECIBIR DONATIVOS TIENEN ESTA OBLIGACION)(CREO QUE TAMBIEN LAS P.M. --QUE VENDEN LIBROS-- TIENEN ESTA OBLIGACION) con los que en el ejercicio de que se trate, hubiesen realizado operaciones por
montos inferiores a $50,000.00.
Cuando los contribuyentes lleven su contabilidad mediante el sistema de registro electrónico,
la información a que se refiere esta fracción deberá proporcionarse a las autoridades fiscales
en dispositivos magnéticos procesados en los términos que señale el Servicio de
Administración Tributaria, mediante disposiciones de carácter general.

Independientemente de la obligación prevista en los dos párrafos anteriores, la información a
que se refiere esta fracción podrá ser solicitada por las autoridades fiscales en cualquier
tiempo, después del mes de febrero del año siguiente al ejercicio al que corresponda la
información solicitada, sin que dicha solicitud constituya el inicio de las facultades de
comprobación a que se refiere el Código Fiscal de la Federación. Para estos efectos, los
contribuyentes contarán con un plazo de 30 días hábiles para entregar la información
solicitada, contados a partir de la fecha en la que surta efectos el requerimiento respectivo.
Fracción reformada DOF 01-12-2004
IX. Presentar a más tardar el día 15 de febrero de cada año la información siguiente:
a) De las personas a las que en el año de calendario inmediato anterior les hubieren
efectuado retenciones de impuesto sobre la renta, así como de los residentes en el
extranjero a los que les hayan efectuado pagos de acuerdo con lo previsto en el Título V
de esta Ley.
b) De las personas a las que les hubieran otorgado donativos en el año de calendario
inmediato anterior.
XIX. Informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos, que señale
el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, a más tardar el
día 17 del mes inmediato posterior a aquel en el que se realice la operación, de las
contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas
de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos. Las referidas reglas de carácter
general podrán establecer supuestos en los que no sea necesario presentar la información a
que se refiere esta fracción.
La información a que se refiere esta fracción estará a disposición de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público en los términos del segundo párrafo del artículo 69 del Código
Fiscal de la Federación.
Fracción adicionada DOF 23-12-2005


Información correspondiente al mes de: Se presentará en el mes de:

Julio de 2008 Agosto de 2008
Agosto de 2008 Septiembre de 2008
Septiembre de 2008 Octubre de 2008
Octubre de 2008 Noviembre de 2008
Noviembre de 2008 Diciembre de 2008
Diciembre de 2008 Enero de 2009

EN CONCLUSION, A TITULO PERSONAL Y SOBREENTENDIENDO AL SAT, SI DEBEMOS PRESENTARLA TODOS. PERO LESCOMENTO QUE HE HECHO UN EXPERIMENTO (CLARO CON LA AUTORIZACION DEL CLIENTE) DE UNA ESCUELA P.M. CON LA CLAVE DADA DE ALTA DESDE EL 01-09-2006 NO HE PRESENTADO DIOT Y NO ME HAN ENVIADO AVISO POR INTERNET Y EN CAMBIO, DE UNA P.F. SI YA ME INVITARON POR MAIL QUE PRESENTE LA DIOT.
A RESERVA DE MI CRITERIO NO DESCARTO TODOS LOS COMENTARIOS DE LOS QUE SI SABEN Y SIGO APRENDIENDO DE CADA UNO DE USTEDES. GRACIAS. Y DISCULPEN SI FUI MUY EXTENSA, PERO ES IMPORTANTE PARA MI SABER SI ALGUIEN TIENE ALGO QUE PUNTUALIZAR.
ATTE. VIRGINIA RIOS.

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