Radio Aportaciones:  
--:--  | : 16hs-20hs -
Toggle Bar

    Criterio legal y de la autoridad respecto a CUFIN

    12 Feb 2007 19:06 #4854 por fvillareal
    No cabe duda de que existe la obligación de acumularlos; en lo que hay opción, es en la cantidad, ya que si se pretende acreditar el ISR pagado por la sociedad (ya sea que provengan de CUFÍN o no), se tendrá que acumular la cantidad piramidada; en caso contrario, es decir, cuando no deseo acreditarme el ISR pagado por la sociedad (ya sea que provenga de CUFÍN o no), se acumulará la cantidad sin piramidar.

    Saludos

    Pues puedes utilizar la \\"autofacturación\\"; busca su regulación en el capítulo 2.5 de la Resolución Miscelánea vigente.

    Saludos

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    12 Feb 2007 19:16 #4856 por Klaus
    Bruno, creo que le das muchas vueltas al asunto, te comento si tienes la constancia y la empresa pago el impuesto no le veo problema, pero si solo tienes la constancia de que recibiste dividendos y lo quieres acumular me parece una posicion muy arriegada en la cual la autoridad pudiera rechazarte la devolucion del saldo a favor de isr de personas fisicas.

    Saludos

    www.e-fiscal.com.mx
    Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    12 Feb 2007 19:27 #4857 por jamendoz
    como comentas claudio, cuando he solicitado devolucion de isr como resultado de acumular los dividendos, no he tenido problemas.

    pd alguna vez habiamos comentado esto, o es como deja vu :D

    saludos


    cp jose antonio mendoza p

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    12 Feb 2007 21:36 #4870 por BR1
    Perfecto!!!!

    Un saludo

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    12 Feb 2007 23:33 #4882 por CPHugoocejo
    solo complemento...

    la CUFIN representa el monto de las
    utilidades que ya pagaron en su totalidad, el ISR
    que les corresponde, posibilitando que los socios
    retiren las utilidades equivalentes a su monto sin
    que se generen nuevas cargas fiscales, y la
    CUFINRE representa el monto de las utilidades
    que ya casi pagaron en el impuesto que les
    corresponde, y que en lo futuro (al retirar las
    utilidades) deberán pagar el ISR que se les
    permitió diferir.


    es por eso que preguntaba si habia remanente en cufinre, dado que ahi seria diferente el planteamiento...


    saludos

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    12 Feb 2007 23:42 #4883 por mozart
    como dice mi amigo jose antonio y Klaus..........


    POR QUE TANTAS VUELTAS AL ASUNTO ??????????????? ...


    pdta.- siempre es lo mismo con los topicos de bruno, ni el sabe lo que quiere o simple...... miro en otro foro este tema y cmentarios y los copio aqui............. :roll: :evil:

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    Tiempo de carga de la página: 0.259 segundos

    ¿Quién está en línea?

    Hay 222 invitados y ningún miembro en línea