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    Retencion de Iva????

    27 Mar 2007 16:13 #7111 por lozarubio2
    Respuesta de lozarubio2 sobre el tema Re: Retencion de Iva????

    "jamendoz" escribió: ya estoy como mi estimado lobo, no eres autotransporte, pero.... si arrendas la grua, aun cuanto les pongas el operador les estas arrendando el uso de tu pluma, grua.

    o el concepto que manejas es que prestas el servicio de mover bienes (desplazar, levantar).

    Eso seria me lo principal, poder fndamentarle a la persona que no estoy arrendando mis gruas si no que le presto un servicio; aclaro que es la unica empresa de tantas que les trabajamos que nos quiere aplicar la retencion.

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    27 Mar 2007 16:15 #7112 por jamendoz
    Respuesta de jamendoz sobre el tema Re: Retencion de Iva????
    ahora tambien, creo que se cobra en esos trabajos, como renta por dia, no por un costo por mover x o y articulo

    saludos


    cp jose antonio mendoza p

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    27 Mar 2007 16:23 #7113 por lozarubio2
    Respuesta de lozarubio2 sobre el tema Re: Retencion de Iva????

    ahora tambien, creo que se cobra en esos trabajos, como renta por dia, no por un costo por mover x o y articulo



    Generalmente el concepto que se le pone a la factura es:
    Ejemplo:


    Servicio de grua Titan 50 Tns 5 horas

    "Mover y subir tanques"


    Ademas quisiera entender que si fuera arrendamiento de mis gruas quiza deberia haber un contrato de por medio; tipo arrendamiento de inmuebles; sigo con mi punto de vista de que se trata una prestacion de servicio y no arrendamiento

    Muchas Gracias contador por sus comentarios
    [/b]

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    27 Mar 2007 16:36 #7117 por mozart
    Respuesta de mozart sobre el tema Re: Retencion de Iva????
    te saludo y te comento :


    Retenciones de Iva

    existen 4 tipos de personas que s enecuentran obligadas a retener Iva a sus proveedores de Bienes :

    1.- Las instituciones de credito que adquieran bienes mediante dacion en pago....

    2.- Las personas Morales que :

    Reciban servicios personales Independientes, o USO O GCE TEMPORAL DE BIENES, prestados u otorgados por PF......



    USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES

    En el capitulo IV de la LIVA, en el que regula el tratamiento fiscal, para efectos de dicho impuesto......

    lo cual el art 19 de LIVA el que nos establece para efectos de impuestos se entiende por uso o goce temporal de bienes, el arrendamiento,, el uso fructo y cualquier otro acto,, independiente d ela forma juridica que al efecto se utilice, por el que una persona permita aotra usau o gozar temporalmente bienes tangibles e intangibles, a cambio de una contraprestacion.......

    de lo anterior se puede deducir que aplica dicha retencion.........

    tambien cabe señalar que la retencion de Iva NO procedera respecto de personas que realicen actividades empresariales. que como sabemos tributan conjuntamente en un solo regimen con personas que perciben ingresos con actividades profesionales....

    Saludos :lol:

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    27 Mar 2007 16:59 #7124 por lozarubio2
    Respuesta de lozarubio2 sobre el tema Re: Retencion de Iva????

    te saludo y te comento :


    Retenciones de Iva

    existen 4 tipos de personas que s enecuentran obligadas a retener Iva a sus proveedores de Bienes :

    1.- Las instituciones de credito que adquieran bienes mediante dacion en pago....

    2.- Las personas Morales que :

    Reciban servicios personales Independientes, o USO O GCE TEMPORAL DE BIENES, prestados u otorgados por PF......



    USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES

    En el capitulo IV de la LIVA, en el que regula el tratamiento fiscal, para efectos de dicho impuesto......

    lo cual el art 19 de LIVA el que nos establece para efectos de impuestos se entiende por uso o goce temporal de bienes, el arrendamiento,, el uso fructo y cualquier otro acto,, independiente d ela forma juridica que al efecto se utilice, por el que una persona permita aotra usau o gozar temporalmente bienes tangibles e intangibles, a cambio de una contraprestacion.......

    de lo anterior se puede deducir que aplica dicha retencion.........


    Saludos :lol:


    Si me queda claro y estoy de acuerdo en lo que especifica dicho articulo; lo que en no estoy de acuerdo y que es la raiz de esta discusion es que mi actividad se considere como arrendamiento;

    Sigo con mi idea de que si fuera arrendamiento tendria que haber un contrato forzoso de por medio, estipulando la duracion, quien se haria responsable de alguna descompostura, los gastos de mantenimiento, la duracion etc, etc; para mi es la prestacion de un servicio.

    Esperemos mas opiniones y Gracias

    [/b]

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    27 Mar 2007 17:25 #7127 por mozart
    Respuesta de mozart sobre el tema Re: Retencion de Iva????
    con todo respecto, pero NO se necesita dicho contrato para establecer que prestas un servicio como arrendamiento ...

    Tratamineto fiscal del uso o goce tempotral o tambine llamado timpo compartido.

    se dara el tratmiento establecido en materia d3 iva, PARA EL USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES Y TAMBIEN A LA ORESTACION DEL SERVICIO COMPARTIDO. difiendolo esto como :

    Se considera el uso o goce temporal de bienes y la prestacion del servivio de tiempo compartido, INDEPENDIENTEMENTE DLE NOMBRE O DE LA FORMA QUE SE DE, a el ACTO JURIDICO CORRESPONDIENTE, consistente en poner a disposicion de una persona o grupo de personas, directamnete o a traves de un tercero, EL USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES o demas derechos sobre un bien o parte dle mismo, por periodos convenidos mediante EL PAGO DE UNA CANTIDAD, sin que este ( la grua en este caso ) se transmita como activo para el adquiriente....

    saludos :lol:


    pdta.- dentro del ramo constructor, en especifico el sanamiento, o aplicacion de naves o estructurales metalicas.......se dan este uso de servicios para poner o fijar o mover piezas de bastante tonelaje, del cual se hace uso de tal criterio antes comentado........

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