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HURACAN, LE AGRADEZO QUE ME HAYA DADO SU RESPUESTA A MI PETICION.
ESTOY A SUS ORDENES
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Ok. y gracias por exponer su criterio.....
saludos
Estoy a sus ordenes,entre otras cosas en casa se me ha enseñado a servir,aunque esto a veces resulte UN INGRATO PRIVILEGIO,y creo que usted y muchos mas lo han sentido en carne propia.
LOBOZAC,es un buen elemento,y a veces me he dado cuenta que muchos han sido injustos con sus valiosas aportaciones,pero el sigue ahi sirviendo y sirviendo bien.
Ok.
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Que tal, les informo que hice la consulta al SAT sobre este tema, y a continucacion les dejo la respuesta; ademas de agradecerles todos sus comentarios
Contribuyente.
En relación con su consulta le informo a manera de orientación que consideramos que no deberá efectuarse retención de IVA, en virtud de que los servicios que se están prestando vía actividades empresariales, no así como servicios personales independientes. No obstante y para tener certeza jurídica es necesario que presente su consulta por escrito ante la administración local jurídica que le corresponde, de conformidad con el artículo 18 y 34 del Código Fiscal de la Federación. Artículo 1-A, fracción II, inciso a) y 14 de la Ley del IVA .
Cualquier aclaración al respecto, le agradezco la haga llegar a través del correo electrónico de Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Esta información no crea derechos, ni establece obligaciones distintas a las contenidas en las disposiciones fiscales vigentes.
Atentamente, Servicio de Administración Tributaria
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DECLARACIONES ANUALES
El Servicio de Administración Tributaria tiene en su Portal Internet, a disposición de usted, las ayudas electrónicas para elaborar y presentar su declaración anual.
Podrá descargarlas de la siguiente dirección electrónica:
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