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    SALDO FAVOR ISR APLICADO CONTRA IETU

    29 Abr 2012 13:46 #80654 por puma1
    Respuesta de puma1 sobre el tema Re: SALDO FAVOR ISR APLICADO CONTRA IETU
    Continuo con este tema que por lo menos a mí me ha generado un gran expectativa por las posibles repercusiones que seguramente habrán, por aquello de que “la forma también es fondo”.... En la anterior declaración de PF que envié les comentaba que el chafadeclarasat enviaba el siguiente mensaje cuando reflejaba el saldo a favor en ISR al usar el cálculo automático: "Bajo responsabilidad del contribuyente "La declaración anual se presentará sin señalar el destino que elige para su saldo a favor de ISR (Compensación o Devolución) ¿Continuar?

    Bueno, pues ahora en esta otra declaración que estoy preparando, ya no estoy reflejando el saldo a favor del ISR, sino que capturo “cero” en el renglón correspondiente, y, oh, sorpresa, ya no aparece el mensajito que comentaba. Ahora queda así:

    PF Rég. Arrendamiento:

    ISR causado $39,973.

    PP-ISR $15,700.

    Retenc. ISR $29,974.

    ISR pagado en exceso $5,701.

    Saldo a favor ISR $0. (Cuando en realidad sería $5,701 el saldo a favor en cálculo automático)


    IETU causado $65,930.

    ISR propio ACREDITADO A LA "LOBOZAC" (o sea, a la brava) $45,674. (Ya no es $39,973 como "sugiere" el DeclaraSAT en cálculo autom)

    PP_IETU $20,256.

    Saldo a/cgo $0. (el declarasat señalaba a cargo $5,701 en cálculo autom)


    Saludos.

    Familia y Conocimiento.

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    29 Abr 2013 19:30 - 29 Abr 2013 19:43 #88336 por Cpedgarivan
    agobiado = que todos ustedes, y sorprendido,
    1. pues pinche programa lo que metes de deducciones personales no sirve de nada, por que baja tu ISR causado, y por ende el IEtu incremente como bien comentaron la meta es cobrar algo HDTSPM,
    2. Resulta que no nos deja disminuir las retenciones cuando el maestro lobo ya cito el art 10 segundo parrafo, y nos permite hacerlo, y lasi que sin bronca en complementarios puse cantidades a favor y son mis retenciones de ISR que es efectivamente pagado,


    Ahora ese saldo que acreditamos contra el IETU no procede a devolución, ojo

    Saludos excelente post

    encontre esto chequenlo
    Las personas físicas que obtengan ingresos por honorarios en el ISR y que prestan sus servicios a personas morales les es retenido parte de ese impuesto. ¿Esa retención es acreditable contra el IETU?

    Por disposición del artículo 10, quinto párrafo de la LIETU, el pago provisional del ISR propio por acreditar será el efectivamente pagado, en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como el que le hubieren efectivamente retenido como pago provisional en los términos de las disposiciones fiscales, con ello se convalida que la retención que las personas morales efectúen en términos del artículo 127 de la LISR será acreditable en su totalidad contra los pagos provisionales del IETU a cargo de las físicas. Respecto a su acreditamiento contra el IETU del ejercicio, las mencionadas retenciones tienen la naturaleza de pago provisional en el ISR, por lo que únicamente se harían contra pagos provisionales del IETU, pero no existiría perjuicio alguno ya que el ISR del ejercicio que se acredita reconoce la disminución de sus pagos provisionales y en el evento de resultar un exceso de éstos, constituiría un saldo a favor susceptible de devolución o compensación contra cualquier impuesto incluyendo el propio IETU.

    \"Si el hombre no ha descubierto algo por lo k cree k vale la pena morir no esta hecho para vivir\"

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    30 Abr 2013 21:31 #88359 por Lla.com
    Respuesta de Lla.com sobre el tema SALDO FAVOR ISR APLICADO CONTRA IETU
    =( Sin Afan de ser "rijoso".

    Dicen, "la forma es el fondo". Pero en este caso en particular. LA AUTORIDAD, esta abusando, con toda la intención.

    Lobozac, tiene razón. Pero creo que mas que razón, tiene la actitud. Yo soy de las que busca siempre ir "por la derecha". De hecho a mi me gusta el concepto de contribuir. Considero un motivo con sentido de progreso.

    Alguna vez pregunte a un profesor "¿quien redacta y elabora las leyes fiscales?" No creo que un legislador (la mayoría, no todos), no tiene la formación como para elaborarlas. Solo votarlas... "asegun" de sus intereses. Me contesto que son las comisiones (ahí si creo que estén los que saben).

    Leí todo el tópico, y de los muchos que leo en el foro, jejeje me sorprendí leer a Lobozac tan encanijado. Y bueno, yo mas de una vez he ocupado el presente para "desahogarme".

    La verdad, agradezco los comentarios, aun no siendo yo la iniciadora del tema, ya que SI me estoy topando con este problema. Los fundamentos lo comentare con los contribuyentes para que sepan las posibles consecuencias. ( si las hay).

    Por ultimo, considero que alguna organización, asociación o como le llamen que reúne a los contadores, que tiene una representación nacional, debería hacer una observación a la autoridad. No solo agacharnos. Esta la prodecon (hasta hace poco). ¿por que este claro abuso? ¿porque este clara "forma (declarasat)", proporcionada por la autoridad para "disque" cumplir; donde se contrapone a la legislación?

    Este es uno, de muchos ejemplos en que "la forma", tiene una evidente intensión de no permitir el correcto (lo justo) cumplimiento de la obligación de contribuir.

    Bueno ya! me gusto el tema... solo "pase" a rayar el muro como dicen.. Gracias. :blush:
    El siguiente usuario dijo gracias: ramiro9

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    01 May 2013 07:42 - 01 May 2013 07:44 #88361 por LOBOZAC
    Hola, buen día Foro, quiero hacer unas precisiones, ESTE TÓPICO, FUE CREADO EL AÑO PASADO Y FUE "REVIVIDO" POR Cpedgarivan

    Aquí su mención:




    agobiado = que todos ustedes, y sorprendido,
    1. pues pin...e programa lo que metes de deducciones personales no sirve de nada, por que baja tu ISR causado, y por ende el IEtu incremente como bien comentaron la meta es cobrar algo HDTSPM, ...
    ACLARANDO ESTE PUNTO, ... ASÍ ES, Y ES QUE SIEMPRE, SOLO QUE QUIZÁ NO LO HAN NOTADO, SIEMPRE, DESDE QUE SE CREO ESE ENGENDRO DEL IETU, CUANDO APLICAS MONTOS DE ISR CONTRA IETU, ÉSTE SI DISMINUYE ... PEEEEEEEEEEERO, CUANDO TU ISR LO CONVIERTES EN "CERO" PORQUE UTILIZAS OTRAS DISMINUCIONES CONTRA EL MISMO Y, REPITO, ... LO CONVIERTES EN CERO, EL IETU, ZAS !!!!!!, QUEDA TAL CUAL... POR ELLO, NO ES QUE SE INCREMENTE, OJO, NO INCREMENTA, SIGUE IGUAL COMO SU RESULTADO LO MARCA ... REPITO, ESTO SIEMPRE HA SIDO ASI, ..POR ELLO, JAMAS "ACREDITO" NI COLEGIATURAS, NI HONORARIOS MEDICOS, NI OTRAS "DISMINUICIONES" QUE SOLO ME DAN ATOLE CON EL DEDO... PREFIERO BUSCAR --SI ASI SE DA EL SUPUESTO-- RETENCIONES DE TERCEROS, IDES, PROVISIONALES, ETC.


    2. Resulta que no nos deja disminuir las retenciones cuando el maestro lobo ya cito el art 10 segundo parrafo, y nos permite hacerlo, y lasi que sin bronca en complementarios puse cantidades a favor y son mis retenciones de ISR que es efectivamente pagado,, ... INICIE UN TOPICO HACE DÍAS, PRECISAMENTE DEL DECLARASAT, DONDE LO "ALABO" ESTE AÑO, Y ES QUE SI, SEÑORES, EL PROGRAMITA, AHORA SI PERMITE MANIOBRARLO CONFORME A LA NORMA FISCAL, CON SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES, ... SI SE PUEDE UTILIZAR MONTOS, RESULTADOS, CANTIDADES QUE DETERMINAMOS EN PAPELES DE TRABAJO, ...SOLO HAY QUE BUSCARLE UN POQUITO, Y ES QUE INSISTO, EL PROGRAMA LITERALMENTE , ESTE AÑO, TODO LO HACE SOLO, Hay dos o tres detallitos, PERO NADA QUE NO SE PUEDA MANIOBRAR..Edgar, si estarás observando adecuadamente la conformación del programa ?

    Saludos

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