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    SALDO FAVOR ISR APLICADO CONTRA IETU

    15 Abr 2012 19:47 #80264 por nci490213
    Estimados Foristas; buenas noches:

    Ruego su orientación en el presente caso: Se trata de una persona física del Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales (Honorarios) que al capturar los datos para la declaración del ejercicio 2012 manifiesta un saldo a favor en ISR por $ 4,829 y otra a cargo en IETU por $ 1,780 que se compensara contra el saldo a favor de ISR por lo que se aprecia un saldo definitivo a favor de ISR de $ 3,049
    Por otra parte si se considera la opción de devolución el SAT efectuara devolución Automática del saldo original por $ 4,829 quedando sin la aplicación la compensación de $ 1,780 por lo que posteriormente hará el requerimiento de este importe con las complicaciones que al efecto se presenten, ¿Cómo se procederá en la captura de la declaración para determinar el importe neto del saldo a favor de ISR por $ 3,049?
    ¿Es posible capturar en formato de Acreditamiento del IETU en el apartado de ISR en el concepto “Otras cantidades a cargo del contribuyente la cantidad de $ 1,780” y en el apartado del IETU otras cantidades a favor del contribuyente $ 1,780”?
    Con este procedimiento por un lado quedaría el saldo a favor de ISR de $ 3,049 que se pretenden solicitar en devolución y por lo que respecta al IETU quedaría liquidado el saldo a cargo en la propia declaración sin efectuar el trámite de compensación y a la vez se procedería a solicitar la devolución del saldo a favor de ISR neto.
    Por sus apreciables comentarios y orientación les anticipo las gracias

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    17 Abr 2012 10:53 - 17 Abr 2012 10:59 #80293 por LOBOZAC
    Hola, ........SI, "ES POSIBLE"...........PERO EL PROCEDIMIENTO NO ES EL QUE MARCAN LAS LEYES FISCALES

    NECESARIAMENTE EN EL SUPUESTO QUE PLANTEAS, DEBERAS CAER EN LA COMPENSACION, ........es ahi donde no nos gusta a muchisimos, TENER QUE COMPENSAR, POR TODO EL MONTON DE REQUISITOS ABSURDOS QUE SOLICITAN ESOS IMBECILES DEL SAT,

    Y EFECTIVAMENTE EL DECLARASAT, ESTA "TAN BIEN DISEÑADO", QUE ESTE AÑO, NOS ESTAN COARTANDO LA POSIBILIDAD DE MANIOBRARLO

    AHORA BIEN, SIN METERME A DINAMICAS DE INTERPRETACION Y APLICACION ESTRICTA DE LA LEY FISCAL, TE COMENTO LO SIGUIENTE:

    EN ESTE REGIMEN COMO EN OTROS, EL EFECTO RETENCIONES DE TERCEROS, PROPICIA QUE EN ESTRICTO, "ADELANTEMOS PAGO DE IMPUESTOS" MES A MES A CUENTA DE UN ANUAL, LLAMESE IETU O ISR......

    Y RESULTA QUE ESOS ARBITRARIOS DEL SAT, A TRAVES DE SUS CHES PROGRAMITAS, A HUIVIS, TE HACEN PAGAR IETU O ISR. UNO U OTRO, Y SI TE RESULTA SALDO A FAVOR EN LA ANUAL, .....PRIMERO PAGAME ......Y DESPUES "cajum, cajum", deja ver SI PROCEDE TU SOLICITUD DE DEVOLUCION, O TU AVISO DE COMPENSACION (que poca madr), Y TE DEVUELVO O TE ACEPTO COMPENSACION ( A FIN DE CUENTAS YA "MARCHASTE" DE INICIO").......Y SI, SE ME HINCHAN, TE BUSCO CUALQUIER PRETEXTO Y NO TE DEVUELVO NADA O NO TE ACEPTO COMPENSACION Y TE ATERRIZO MULTANDOTE APARTE

    CONCLUSION:

    EL ISR RETENIDO POR TERCEROS ( HABLANDO DE ESTO), YA QUE PUEDEN SURGIR DISTINTOS DERECHOS DE ACREDITAMIENTO, QUE A ESOS BO ...EYES DEL SAT NO LES GUSTA, ....LA FIGURA DE ACREDITAMIENTO DIRECTO, NO LES GUSTA A LOS HIJOS DE ....

    ESE ISR RETENIDO, ES UN IMPUESTO "PAGADO" POR EL CONTRIBUYENTE A TRAVES DE TERCEROS

    ES UN IMPUESTO REAL PAGADO, TAN REAL QUE "ME LO QUITA UN TERCERO PARA DARSELO AL SAT" ( Y AQUI EL PUNTO NO ES SI ESE 3RO LO DECLARA O NO)

    ENTONCES, BAJO ESA TESITURA, SI MI IETU ES MENOR O MAYOR AL ISR, .....PUES ES MUY SIMPLE, TOMO MI DERECHO DE ACREDITAMIENTO ( SALDOS A FAVOR, RETENCIONES, SUBSIDIOS , IDES, ETC ETC ETC).....Y SE LO APLICO A MI OBLIGACION , .....Y PAGO DE IETU ( O ISR) SEGUN CORRESPONDA

    Y ES QUE REPITO, QUE POCA MADR.......EN LOS PROVISIONALES, SI NOS DEJAN MANIOBRAR EL ACREDITAMIENTO, SALTAN PERDIDAS, SALDOS A FAVOR, PAGOS AL ESTADO, INDEBIDOS, EN EXCESO, ETC ETC ETC.......Y EN LA ANUAL POR MEDIO DE SUS CHES PROGRAMAS ARBITRARIOS, COARTAN ESOS DERECHOS NACIDOS EN CADA UNO DE LOS MESES........Y CAMPECHANAMENTE NOS DICEN .....COMPENSA.....PERO PARA QUE O HAGAS , ME TIENES QUUE TRAER COMO REQUISITO, ENTRE UN MONTON, ..... HASTA LA TALLA DE LOS CALZONES QUE USAS....

    Este panorama, como los muchos que surgen , LO PLATICO CON MIS CLIENTES, PROS Y CONTRAS, ACCIONES Y REACCIONES, CAUSAS Y EFECTOS.............Y ELLOS TOMAN LA MEJOR DECISION..........

    ESPERO REGRESES A VISITAR TU TOPICO, YA QUE AL PARECER, NADIE SE ATREVE A "PONERLE EL CASCABEL AL GATO"..............TU DUDA LLEVA 35 VISITAS, ..........SIN RESPUESTA, MAS QUE LA MIA

    SUERTE

    SALUDOS

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    17 Abr 2012 12:08 #80295 por G-Ornelas
    hola buenas tardes

    si suele pasar que nunca coincide tu papel de trabajo con el programita del sat, es aqui donde se debe de plasmar la experiencia profesional y sobre todo la vision de hacer las cosas bien y sin afectar a nadie, el chiste es que veas como esta estructurado el dichoso programa, y sepas acomodar las cantidades en su correspondiente reglon o concepto. y para ser sincero aun no he visto el programa para presentar la declaracion del 2011.



    saludos

    El guerrero más poderoso es aquel que logra vencerse a sí mismo...

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    17 Abr 2012 15:59 #80299 por acuña
    Y que les parece si hacen la declaracion sin calculo automatico y ponemos el isr causado mas las retenciones hasta lo que ocupemos para el ietu, como nos dejaba antes el declarasat y asi nos evitamos el aviso de compensacion...

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    17 Abr 2012 17:46 #80303 por LOBOZAC
    Si, pudiera funcionar, aquí la situación es que con base en la norma fiscal, la cual bajo el criterio de la autoridad, es "sugerir" el monto a considerar

    Lo demás es interpretación del particular, cuestión que al sat no le viene gustando mucho

    Pero si, pudiera ser otra opción, el calculo manual

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    17 Abr 2012 18:42 #80304 por Alexgdl
    Que tal colegas me pasa similar estoy terminando una declaracion anual de una persona fisica que arrenda locales auna persona moral, en mi hoja de trabajo trae saldo a favor de ietu pero en el declarasat no le toma en cuenta las retenciones y sale un saldo a pagar enorme, hable al SAT y me dijeron que la ley contempla que las retenciones no se tomen en cuenta para la anual ni los pagos prov de isr, mi cliente cree que va a darle saldo a favor pues metio deducciones personales y ahora estoy en tremendo lio, habra forma de defendernos?

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