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    cheque a nombre de un socio retiros en efectivo

    20 Nov 2012 13:09 #85589 por dimy
    Respuesta de dimy sobre el tema Re: Sugiero la lectura del 165 de LISR
    contado cano

    en el caso de que el socio durante el ejercici o haya sacado ese dinero en cheques varios como seria esa acta para decretar gracias

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    20 Nov 2012 16:13 #85592 por fiscalista 1
    Hola dimy:

    Si de complicar la situación del contribuyente se trata, hay otra alternativa.
    Porqué mejor no buscas la opción de DISMINUCION DE CAPITAL?

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    20 Nov 2012 17:02 #85595 por CPHugoocejo
    Dimy

    De acuerdo a tu planteamiento inicial opinare lo sig.

    - Puedes hacer una relación de cheques para identificar a que nombre salieron, estos los podrás ver o solicitar con la gente del banco, aclaro , esto representa un buen de trabajo.

    - Hasta no ver las copias de los cheques, con estados de cuenta, pólizas, archivos etc, sera No deducible.

    suerte y saludos

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    20 Nov 2012 17:46 #85597 por dimy
    contador hugo ya me dieron copia de los cheques ahora y efectivamente los cheques estan a nombre del socio cobrados en efectivo

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    20 Nov 2012 18:26 #85600 por dimy
    muchas gracias por su ayuda esto es todo un reto , bueno comentare con mi cliente el asunto pero llego a la conclusion que cualquier movimiento como hacer nominas, meter gastos no deducibles como las cpas en el extranjero, tratar de retenerles a los empleados como asimilados seran no confiables, al final los cheques cobrados fueron por el socio a su nombre entonces si en una revision me lo consideraran dividendos fictos o corremos es peligro y de cualquier forma el contribuyente pagara impuestos pues lo tendra que hacer de la manera mas verdadera. ademas el importe de nominas es muy poco respecto al retiro de efectivo, la mayor parte del dinero se fue segun el socio a compra de pintura en Estados unidos y gatos personales

    asi que por lo que veo la realidad es que gran porcentaje fueron en beneficio del accionista ya que no me arriesgaria a poner las cpas sin importar en la contabilidad. despues de leer sus opiniones.

    le voy a sugerir todo pero veo mas viable que son dividendos fictos y creo que es la realidad y va a tener que pagar el costo

    haber si entendi los dividendos

    utilidad fiscal 228,0000 por 30%
    isr 68,400
    saldo deudores accionista 100,000 dividendos
    isr segun piramidacion isr 42,858


    segun yo si lo considero dividendo ficto
    isr anual 68400
    menos isr retenido 42858
    25542 isr a pagar


    entonces isr pagado 25542
    mas isr retenido 42858
    68400 total pagado

    entonces procederia a hacer declaracion anual del socio

    ingresos 142858
    isr tarifa 113 17205
    isr retenido 42858

    a favor del accionista 25652.82 a favor

    no si puedan calificar mi examen mis dudas

    1.-es correcto este calculo?
    2.- si es correcto que pasa con el saldo a favor?
    3.- como cancelaria el saldo deudores contra que cuentas?
    4.- como seria un acta para decretar estas utilidades y quedara todo correcto?
    5.- para el 2012 quedaria utilidad como procederia el reparto ya que el otro socio no ha retirado nada
    6.- me imagino que los 142,858 se tendrian que descontar a la ufin para actualizar la cufin a repartir :dry:

    fui clara con el contribuyente cuando acepte este reto, no esperara no pagar impuestos.
    y lo peor es que todavia falta el 2012 solo que como en el 2011 habra utilidad no se si eso facilitara los retiros en efectivo del siguiente periodo.

    espero que como alumna no los decepcione........ de verdad que en estos 4 dias he aprendido mucho es increible como tienen interes en ayudar sin tener ustedes ningun beneficio propio espero yo tambien poder aportar en este foro.

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    22 Nov 2012 09:05 #85629 por Atshuru
    Señores:

    Hagamos orden de ideas en este caso:

    1.- Los dividendos solo se pueden repartir CUANDO HAYAN SIDO DECRETADOS EN ASAMBLEA (ORDINARIA); por eso no existen los anticipos de dividendos y mercantilmente cuando algun socio reciba un "anticipo de dividendos", los demas socios tiene el derecho a reclamar la restitucion del dinero (o como lo haya recibido).

    2.- En materia fiscal, si no puedes comprobar con documentación probatoria esos gastos, primero No son Deducibles, y como estan a nombre del accionista y no puede comprobar el destino, debera pagar el impuesto que corresponda COMO SI SE TRATARA DE DIVIDENDOS, es decir que hay que darle ese tratamiento para efectos de retener el ISR, pero SOLO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO, REALMENTE NO ES DIVIDENDO; por eso lo llamamos convencionalmente "dividendos fictos".

    3.- POr tratarse de un ingreso para el accionista, que no proviene efectivamente de las utilidades, NO SE DISMINUYE DE CUFIN, HAY QUE PAGAR EL IMPUESTO.

    4.- Si no son utilidades lo que percibió el socio, NO HAY QUE HACER NINGUN ACTA DE ASAMBLEA PARA DECRETAR DIVIDENDOS, salvo que por desicion corporativa hagan el reparto.

    Los fundamenos ustedes ya los dieron; solo apliquen la experiencia y su logica.

    saludos

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