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Daniel:
Si, le estamos pagando 7 días eso no esta en duda.
Como reiteradamente he dicho, de esos 7 días.
5, son trabajados, y
2, se le pagan sin trabajar, más bien, estos últimos son un derecho derivado precisamente de la prestación de 5 días de trabajo.
Es decir, el vinculo laboral se consuma el viernes (día 5), los otros dos, son un derecho al pago, derivado de los 5 ya laborados.
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Todos los calculos, INSISTO, a mi parecer deben de ser con fecha de la baja, que debe de ser el dia 23...Mi estimado una pregunta:
Entonces, como se le calcularían las partes proporcionales (vacaciones, aguinaldo).... hasta el día viernes o hasta el día domingo....
Son ejemplos diferentes, los que comentas contadorg, por lo que no hare comentario.Ese mismo día (domingo) se debe dar por terminada esa relación si el trabajador labora hasta el lunes o martes o miércoles, sólo por el hecho de que le estamos pagando la parte proporcional de los días de descanso al momento en que renuncia?
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Ahora resulta que las cuotas por los dias de descanso, como son de indole laboral, no de seguridad social no se deben de pagar al IMSS.Cuantos días trabajo?
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