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    Contador de RIF'S en RIF?

    10 Dic 2015 19:17 #104324 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Contador de RIF'S en RIF?

    Edheras escribió: ...Me tardé como una hora en escribir mi comentario, y usté en 2 minutos reaccionó con unas letrotas muy coloradas, ¡que bárbaro! ni Usain es tan veloz.
    Bueno, no sean así, yo ya me iba bien contento a ver la goliza mis amarillos tigres, bueno, ya me voy a relajarme en el relajo :P .


    Vamonos a ver a Tigres golear a los pumas......

    pd-. y eso que ando relajado..jejeje
    El tema ha sido cerrado.
    10 Dic 2015 19:21 #104325 por KIKE_CORONA
    Respuesta de KIKE_CORONA sobre el tema Contador de RIF'S en RIF?
    Artículo 111. Los contribuyentes personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, que enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional.

    El análisis y la interpretación de las leyes fiscales corresponde a los contribuyentes realizarla. Uno de los métodos es el gramatical donde se analiza "literalmente" la frase, desentrañando dentro de la misma su sentido. La coma como signo de puntuación tiene el carácter de una breve pausa en la oración entre dos palabras que son de la misma clase (que realicen únicamente actividades empresariales, que enajenen bienes o presten servicios) La letra 0 tiene un significado de opcion dando al lector la posibilidad de elegir alguna de las opciones establecidas.

    Del análisis anterior se encuentra que se puede ser contribuyente del RIF realizando actos empresariales (16 CFF 75 CC), si se enajenan bienes (algo común en los actos comerciales) o se prestan servicios que no requiera para su realización titulo.

    Ahora la duda seria quien debe requerir este titulo ¿el cliente? ¿el gobierno?
    El tema ha sido cerrado.
    10 Dic 2015 19:27 #104326 por KIKE_CORONA
    Respuesta de KIKE_CORONA sobre el tema Contador de RIF'S en RIF?
    Para ser RIF es requisito prestar un servicio por el que no se requiera TITULO PROFESIONAL.

    Yo puedo prestar mis servicios como mesero por evento ¿requiero titulo? Puedo prestar mis servicios como preparador de alimentos ¿requiero titulo de Chef? Ahora bien y en el ejemplo en comento yo puedo prestar mis servicios como capturista dado que es una actividad no considerada dentro de la Ley General de Profesionales, al menos no en el estado de Michoacan
    El tema ha sido cerrado.
    11 Dic 2015 08:56 #104327 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Contador de RIF'S en RIF?
    En mi percepción aplica de la siguiente forma.......


    Artículo 111. Los contribuyentes personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales,


    1-.que enajenen bienes
    2-.o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional,

    podrán optar por pagar el impuesto sobre la renta en los términos establecidos en esta Sección,

    siempre que los ingresos propios de su actividad empresarial obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no hubieran excedido de la cantidad de dos millones de pesos.

    Por ello, se debe ver la fuente principal, no tergiversar la ley.
    El tema ha sido cerrado.
    11 Dic 2015 10:58 #104328 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Contador de RIF'S en RIF?
    ¿ Capturista de Datos ?

    Veamos un ejemplo sencillo...

    El citado capturista efectúa el servicio y vienen las preguntas inocentes...

    ¿ Existe contrato?
    ¿ Cuanto cobrara y como lo hará?
    ¿ En que medio efectuara el cobro?
    ¿ Que tipo de comprobante emitirá?
    ¿ Firmara el capturista?
    ¿ Como justificas el servicio?
    ¿ todo sera captura y los papeles de trabajo?

    Dudo que mi estilista de Torres pueda hacer todo eso.........

    Por lo anterior mantengo mi postura en que es IMPROCEDENTE que un contador con actividad profesional, capturista este como RIF.
    El tema ha sido cerrado.
    11 Dic 2015 11:13 #104329 por G-Ornelas
    Respuesta de G-Ornelas sobre el tema Contador de RIF'S en RIF?
    Buenos dias, vaya que este tema es controversial, jejeje, que si y que no.. pero derivado del SI se puede, me nacen unas cuestiones que bien pudieran responder todos ellos que dicen que si se puede un CP ser un RIF.

    Ya el CP es RIF con actividad de "capturista de informacion".. ahora, ya procesa, analiza y captura la informacion proporcionada por su cliente RIF, que son Ingresos ( comprobante global, amparadas con sus notas de venta, y bien pudiese comprobantes clientes específicos) y deducciones que reúnan requisitos conforme a ley, ahora bien dígame usted señor capturista de datos:

    Elabora papel de trabajo de Ingresos y deducciones del periodo?

    Elabora el papel de trabajo de nomina para su timbrado?

    Al momento de entregar la información enviada al cliente, firma y entrega usted señor capturista escrito de entrega de documentos al cliente RIF con la leyenda de "bajo protesta de decir verdad" de que la información generada y enviada de dicho periodo es total y verdadera y que cumple los requisitos fiscales? y aunado a ello, en el mismo documento de entrega de información generada plasma sus "honorarios" por dichos servicios?


    quedo atento a las respuestas.


    Saludos

    El guerrero más poderoso es aquel que logra vencerse a sí mismo...
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