Que tal Gabo, excelente analisis del Decreto,
b) El beneficio del pago extemporáneo del mes de Abril y no ser sujeto de multa, es para todas las empresas no solo para aquellas que opten por el descuento del 20%. aunque si bien no tiene fecha de vigencia, puedo considerar que tengo toda la vida (cinco años) para pagar ese mes de Abril, ya que según mi opinión, se le otorga la facultad al Consejo Técnico solo para expedir lineamientos operativos y disposiciones para su correcta y debida "aplicación", más no sobre su vigencia la cual podría ser cuando se derogue el Decreto. (perdón creo que ya estoy pensando mal)
c) Si bien no señala la garantía, esta se encuentra contemplada en la LSS, al momento de autorizar el pago en parcialidades, por lo que habrá que esperar los lineamientos.
Saludos
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Estoy de acuerdo en lo que es el credito fiscal firme, pero en el articulo tercero del decreto del dia de hoy, no hacer referencia a que tenga que que estar libre de dichos creditos fiscales, por lo que me pregunto si aplica o no.
Bueno amigos ya esta publicado como comente anteriormente y ahora tenemos que ver que el C presidente nos dijo que este decreto tiene lo siguiente:
1.- Los patrones que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo tercero del "Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican, con motivo de la situación de contingencia sanitaria provocada por el virus de influenza.
Esto quiere decir que:
1.-Estar registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social;
II. No ser una entidad pública cuyas relaciones laborales se rijan por el apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ni formar parte de las administraciones públicas de la Federación, de las entidades federativas o de los municipios;
III. Tener inscritos a todos sus trabajadores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, en los términos de la Ley del Seguro Social, y
IV. No tener a su cargo créditos fiscales firmes a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social. No se consideran como créditos fiscales firmes, los derivados del Sistema de Verificación de Pagos.
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HOLA A LO DISPUESTO EN EL DECRETO QUE SE DA EN FAVOR DEL LOS PAGOS DEL IMSS, DEJEMEN VER SI ENTENDI
SI MIS C.O.P. DE ABRIL SON DEL $5,960
YO PAGARIA $4,768 (YA QUE ME EXIMEN UN 20%)
Y SI ESTE PAGO LO HAGO, POR PONER UN EJEMPLO HASTA EL 5 DE JUNIO,
YO TENDRIA QUE PAGAR MIS $4,768 + LOS RECARGOS + LAS ACTUALIZACIONES.
O ¿ SOLO TENDRIA QUE PAGAR MIS $4,768, ENTENDIENDO QUE NO ME MULTARAN. PERO SI PAGO EXTEMPORANEMENTE SI TENGO QUE PAGAR RECARGOS Y ACTUALIZACIONES.
ESPERO SUS COMENTARIOS Y PUNTOS DE VISTA, MUCHAS GRACIAS DE ANTEMANO.
Solo precisando que en tu ejercicio anotaste los meses de Abr y May, en lugar de May y Jun, solo por aclarar.
b) El beneficio del pago extemporáneo del mes de Abril y no ser sujeto de multa, es para todas las empresas no solo para aquellas que opten por el descuento del 20%. aunque si bien no tiene fecha de vigencia, puedo considerar que tengo toda la vida (cinco años) para pagar ese mes de Abril, ya que según mi opinión, se le otorga la facultad al Consejo Técnico solo para expedir lineamientos operativos y disposiciones para su correcta y debida "aplicación", más no sobre su vigencia la cual podría ser cuando se derogue el Decreto. (perdón creo que ya estoy pensando mal)
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Tratando de ejemplificar:
Por COP de Abril no habra multa si no se paga el 17 de mayo. No dice hasta cuando debera pagarse, pero por salud pienso que tendria que pagarse a mas tardar en diciembre 2009, habra que esperar la aclaracion oficial.
ARTÍCULO TERCERO. El pago extemporáneo de las cuotas obrero patronales previstas en la Ley del Seguro Social a cargo de los patrones, que se causen durante el mes de abril de 2009, correspondientes a los seguros de riesgos de trabajo, de enfermedades y maternidad, de invalidez y vida, y de guarderías y prestaciones sociales, no dará lugar a la imposición de multas.
COP de Mayo $100-20%=20
Resultado 80-50%
Resultado 40 en 5 pagos
Resultado Pagar $8 c/mes de jul a nov
Pagar el 17 jun 40
Más el interes!!!! de 6.5 Anual!!!
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