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Estoy elucubrando:
Creo mi provision de imss correspondiente a abril 2009, pero no la pagare hasta que me la requieran o salga por ahi la fecha en que se deba pagar. Pasan los 5 años y no me lo requieren, tendria yo que acumular ese pasivo? Si la respuesta es SI; seria mas conveniente no provisionar abril? Es que pienso que quiza la intencion de la autoridad es ya no cobrar el imss de abril (jejeje), pues es tan facil poner una fecha para el pagos sin multa de la COP de abril o que; quiza se les paso?.
Nos condonan la multa, asi que debo entender que cuando se decida pagar o nos requieran el pago aplicaremos actualizaciones y recargos?
Estoy pensando, para medirle el agua a los frijoles.
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gealram
Recuerde que faltan los lineamientos por parte del IMSSeguro... quiza ahi si nos indiquen que se tiene que pagar a mas tardar en X fecha.
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pd-. no te vayas a curar en salud diciendome..jeje...no dije que no se pagarian..jejejee
saludos
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Entonces cual piensas que seria la intencion de la autoridad al no indicar una fecha limite de pago hasta la cual no aplicaria multa?
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Recuerde que faltan los lineamientos por parte del IMSSeguro... quiza ahi si nos indiquen que se tiene que pagar a mas tardar en X fecha.
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